ASOCIACIÓN "GREEN TOKI" CLUB CANNÁBICO
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Elkartearen datuak

Erregistro zk.: AS/G/19455/2015
Eraketa-data: 2015/04/20
Inskripzio-data: 2015/07/17
Eremua: Euskal Autonomia Erkidegoa
Onura publikoa: Ez
43.25983590000001 -2.9182691
Helbidea: Virgen de Begoña, 10
Udalerria: Bilbao
PK: 48006
Lurraldea: Bizkaia
Helbide liburura gehitu

HelburuaEstatutuetatik ateratako datuak

  • Sailkapena: Kultura Berezikoak
  • Xedea: Ikasketetakoak
  • 1- Informar a sus socios de las cuestiones relativas al cáñamo estudio e investigación en relación a dicha cuestión, representación y defensa de sus asociados ante cualesquiera actuación de la administración pública. No constituye objetivo de la Asoaciación el fomento ni la difusión de sustancia alguna, es más GREEN TOKI aboga por un mundo sin drogas. Pero los/as que estamos en esta realidad necesitamos normalizar nuestras vidas. 2- Desarrollar y concretar el proyecto "GREEN TOKI" de uso compartido teniendo como máxima culplir siempre los consejos establecidos por el Tribunal Supremo Español, que en su actual línea jurisprudencial que acoge la impunidad del consumo compartido por personas ya usuarias, se precisa acreditar en tales casos que no existe riesgo del consumo indiscriminado por terceras personas para lo cual se viene insistiendo por la jursiprudencia en que la entrega, además de sin contraprestación económica, determine el consumo inmediato en presencia de quien la hace (sentencias 12 y 27 enero, 14 febreo, 3 y 28 de marzo y 23 de mayo 1995). No obstante conviene perfilar de manera precisa los requisitos que deben concurrir para el consumo compartido sea impune son los siguientes: - En primer lugar, se requiere que los consumidores potenciales se hayan citado previamente para adquirir derivados del cáñamo, adquiriéndola bien conjuntamente o encomendando a algunos de ellos la tarea meterial de proveerse de la sustancia estupefaciente. Ello supone una aportación conjunta de la cantidad de dinero necesaria para la compra sin que sea necesario que la contribución de cada uno de ellos se idéntica o proporcional a la cantidad efectimente se pensaba consumir. - En segundo lugar, es necesario que el número de potenciales consumidores no desborde el círculo de los concertados y no se extienda a terceras personas que pudieran participar en la ingesta tanto a título oneroso como lucrativo. - Asimismo el consumo se constriñe, por lo general al ámbito espacial en que los consumidores desenvuelven sus relaciones y sus hábitos de consumo. - Por último es necesario que todos ellos sean consumidores y que, por lo tanto el sector de los consumidores no se vea incrementando por la invitación a participar realizada a personas que no sean dentro del acuerdo inicial. Para mantenernos al margen de los peligros derivados del mercado negro, tanto para nuestra salud psíquica, como física, que abocan a la marginalidad y son nocivos para nuestra calidad de vida, vulnerando nuestros derechos individuales contemplados por el Tribunal Supremo Español. Todo esto debería llevar a crear un marco de mejora el ambiente social orientado a la reducción del daño asociado al uso de cannabis, facilitando a los consumidores habituales un lugar seguro y disminuyendo los riesgos que acompañan al uso callejero, en un lugar cerrado al público, de entrada restringida a los concertados. 3- También es objetivo desarrollar un programa de información demandado por algunos socios en su mayoría con cáncer, también con esclerosis múltiple, artritis, glaucoma, insomnio y diversos tipos de dolor, donde tengan una plataforma en la que se comuniquen y sean debidamente asesorados/as por personas cualificadas informándoles científicamente, atendiendo y comprendiendo estas necesidades.
Erregistroan egun jasota dauden datuak 2024/01/05 Erregistroko datuen argitalpen hau informazioa emateko baino ez da