Departamento de Gobernanza Pública y Autogobierno

Lo que debes saber sobre el Bono Social Eléctrico

Bono social electrico

Han pasado dos años desde la entrada en vigor del nuevo Bono Social Eléctrico, y según la normativa ese es el periodo de renovación: 2 años.

El bono social es un descuento del que pueden beneficiarse las personas consumidoras en la factura eléctrica de su vivienda habitual, siempre que tengan contratada una potencia igual o inferior a 10 kW, se acojan a la tarifa de Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor (PVPC) y cumplan los requisitos establecidos por la normativa.

La reforma de hace dos años amplió los supuestos para poder solicitar el bono social eléctrico y tomo como referencia principal los ingresos, utilizando para ello el indicador IPREM (Indicador público de renta de efectos múltiples).

El bono social eléctrico puede solicitarse todo el año pero debe renovarse (si las circunstancias que determinan la vulnerabilidad social se mantienen, cada dos años. La documentación que hay que presentar para la renovación es la misma que hay que presentar para una primera solicitud.

Desde octubre de 2017 se configuran tres perfiles:

  • Persona consumidora vulnerable: puede beneficiarse de un 25% de descuento en el PVPC, tal y como ocurría con la normativa anterior.
  • Persona vulnerable severa: puede obtener un 40% de descuento en el PVPC.
  • Persona vulnerable severa en riesgo de exclusión: la normativa refuerza los mecanismos de protección a este colectivo, cuya factura es abonada en al menos un 50% por los servicios sociales, para evitar que la compañía les corte la electricidad por impago.

 Cómo solicitarlo

Si cumples los requisitos la documentación para solicitar el bono social, o para renovarlo es la siguiente:

  •  Solicitud firmada por todos los miembros de la unidad familiar mayores de 14 años. Puede ser obtenida en la comercializadora de último recurso.
  • Fotocopia del DNI de todas las personas integrantes de la unidad familiar mayores de 14 años.
  • Fotocopia del libro de familia.
  • Certificado de empadronamiento que se obtiene en el Ayuntamiento.
  • Certificado de familia numerosa si procede.
  • Certificado de que concurre en la persona solicitante alguna circunstancia especial de las recogidas en la ley (no es necesario especificar cuál)

Recuerda, la renovación debe realizarse con 15 días de antelación y las comercializadoras deben avisar al cliente en la última factura y con una antelación mínima de 15 días antes de la caducidad del bono.

Requisitos

Para solicitar el Bono Social Eléctrico debes tener contratado el Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor (para lo cual no puedes tener contratada una potencia superior a los 10KW) con tu comercializadora de último recurso y cumplir con los requisitos de renta

Ingresos máximos

Los ingresos máximos para poder beneficiarse del bono social se fijan a través del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), un índice de referencia fijado por el Gobierno en los Presupuestos Generales del Estado. El IPREM mensual de 14 pagas se multiplica por un coeficiente, en función de las circunstancias. En 2019, y a falta de reformas posteriores,  as cuantías se sitúan en:

  • Familias sin menores: 11.279,39 euros.
  • Con un/a menor: 15.039,18 euros.
  • Con dos menores: 18.798,98 euros.

El límite aumenta si alguien en la familia tiene una discapacidad igual o superior al 33% o si es víctima del terrorismo o de violencia de género. Las cuantías, en estos casos, se sitúan en 15.039,18 euros cuando no hay menores; 18.798,98 euros, si hay un/a menor; y 22.558,77 euros, si hay dos.

En el caso de personas pensionistas con pensión mínima no se requiere ningún requisito para entrar en el rango de persona vulnerable, en el caso de tener unos ingresos inferiores a 7.520€ anuales (IPREM) serán consideradas personas en situación de vulnerabilidad severa con derecho a un descuento del 40%.