Estar en posesión de la titulación requerida: Título de Graduado en Enseñanza Secundaria, Educación General Básica, Formación Profesional de Técnico o Técnico Auxiliar o equivalente, expedidos por el órgano oficial competente.
Excepcionalmente, se podrá tomar parte para ingreso en el Grupo IV estando en posesión del Certificado de Escolaridad y teniendo acreditados diez años de antigüedad en la prestación de servicios en la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea.
Concretamente para el caso de optar a las plazas correspondientes a Técnico/a Auxiliar Sanitaria/Animalario, es requisito para una de ellas, estar en posesión de la capacitación especial prevista en el RD 1201/2005, de 10 de octubre, sobre protección de animales utilizados para la experimentación y otros fines científicos. Asimismo, para la otra de las plazas ofertadas de
esta categoría profesional y especialidad es requisito estar en posesión de la titulación de Técnico en cualquiera de los ciclos formativos de grado medio de la familiar profesional de sanidad.
Perfil lingüístico 2 de carácter no preceptivo
a)Ser ciudadano/a de la Unión Europea, o su cónyuge, siempre que no estén separados de derecho, así como sus descendientes y los de su cónyuge, siempre que no estén separados de derecho, sean estos menores de 21 años o mayores de dicha edad dependientes.
b)Tener cumplidos dieciséis (16) años de edad y no haber alcanzado la edad de jubilación forzosa.
c)Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas, sin perjuicio de la aplicación del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, regulador de la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y de su Inclusión Social. La capacidad funcional se acreditará, una vez superado el proceso selectivo, mediante certificado y/o reconocimiento médico quedando supeditada la formalización del contrato al cumplimiento de este requisito.
d)No encontrarse inhabilitado/a para el ejercicio de funciones públicas ni haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse sometido/a a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
e)Estar en posesión o haber abonado los derechos para su expedición, del título oficial u homologado exigido en la correspondiente convocatoria, dentro del plazo de presentación de solicitudes. En el caso de las titulaciones extranjeras deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación.
f) No estar incurso/a en causa legal de incapacidad o incompatibilidad según la normativa vigente, dejando a salvo el derecho de opción que esta le otorgue.
g)Haber satisfecho la preceptiva tasa por la inscripción en el proceso selectivo correspondiente, de conformidad con la normativa vigente y sus actualizaciones; los importes de dicha tasa se detallan en la Base 5.4.
h) Estar en posesión de cualesquiera otros requisitos que vengan determinados por la RPT para las plazas o puestos de que se trate, conforme expresen las bases específicas de cada convocatoria.
Personas con discapacidad.
Quienes concurran a las plazas reservadas a personas con discapacidad deberán tener reconocida la condición de tales, con discapacidad de grado igual o superior al 33%, por el órgano competente de la Administración (Departamento competente de las Diputaciones Forales, Imserso o equivalente), con efectos al último día del plazo de presentación de solicitudes. La citada condición se acreditará mediante fotocopia compulsada de la resolución de reconocimiento de discapacidad.
a)Mediante vía electrónica/Internet ejerciendo la opción de remitir la solicitud, una vez cumplimentado el impreso de acuerdo a lo expresado en el apartado 5.2 de las bases generales. Las solicitudes que se presenten por este medio obtendrán un acuse de recibo con el número de referencia asignado y los datos precisos para el pago de tasas.
b) Cumplimentando el impreso que será facilitado en las dependencias que se señalan en el apartado 5.3 de las bases generales.
c)Cumplimentando el modelo que se encontrará disponible en la siguiente dirección de Internet: www.ehu.eus Para ser admitidas y, en su caso, tomar parte en las pruebas selectivas correspondientes, las personas aspirantes deberán 1) cumplimentar la solicitud en todos sus apartados; 2) presentarla en plazo y 3) haber abonado las tasas. Asimismo, deberán manifestar que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos, referidos siempre a la fecha de finalización del plazo señalado para la presentación de instancias. Para ello, en los apartados correspondientes de la solicitud, deberán señalar:
c)Proceso específico de plazas al que se concurre.
d)Idioma oficial, euskera o castellano, en que se desea realizar los ejercicios de la fase de oposición. En caso de que no cumplimenten este apartado, se entenderá que optan por realizar las pruebas en castellano.
e) Las personas que participen por el turno de discapacidad deberán hacer constar en su solicitud las adaptaciones técnicas y los ajustes razonables de tiempo y medios de las pruebas del proceso selectivo que, en su caso, consideren necesarias para la realización de los ejercicios, a fin de asegurar su participación en condiciones de igualdad.La adaptación de tiempos consistirá en la concesión de un tiempo adicional para la realización de los ejercicios y se llevará a cabo de conformidad con lo dispuesto en la Orden PRE-1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen los criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo público de personas con discapacidad.Una vez analizadas las necesidades específicas de cada una de las personas aspirantes, el Tribunal Calificador adoptará las medidas precisas, en aquellos casos en que resulte necesario.
f)Titulación alegada. El título o los derechos abonados para obtenerlo o copia en su caso, que venga exigido en las bases de cada convocatoria.
g)Abono de tasas.
h) Declaración jurada de reunir todos y cada uno de los requisitos exigidos, referidos siempre a la fecha de finalización del plazo señalado para su presentación.
Las solicitudes podrán presentarse en los Registros habilitados al efecto en las siguientes dependencias:
Álava: Vicerrectorado de Campus (Comandante Izarduy 2, 01005 Vitoria-Gasteiz).
Gipuzkoa: Vicerrectorado de Campus (Edificio Ignacio María Barriola, Plaza de Elhuyar 1, 20018 Donostia-San Sebastián).
Leioa-Bizkaia: Edificio Rectorado, (Barrio Sarriena s/n, 48940 Leioa).
Bilbao-Bizkaia: Larrako/Zubiria Etxea (Avenida Lehendakari Agirre n.º 83, 48015 Bilbao).
Podrán también presentarse en cualquiera de los lugares que determina el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con la salvedad establecida en la Disposición Final Séptima de la Ley 39/2015, en lo referido al plazo de dos años de entrada en vigor en la aplicación de las previsiones legales relativas al registro electrónico.
Las solicitudes que se presenten a través de las Oficinas de Correos deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas por el personal funcionario de Correos para su certificación
Parte general
1 Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca.
2.– Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
3.– Decreto 17/2011, de 15 de febrero por el que se aprueban los estatutos de la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea y Ley 3/2004, de 25 de febrero, del Sistema Universitario Vasco.
4.– Resolución de 3 de diciembre de 2010, de la Directora de Trabajo, por la que se dispone el registro, publicación y depósito del III Convenio Colectivo de del personal laboral de administración y servicios de la Universidad del País Vasco (código de convenio número 86000272011993).
5.– Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres; la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres en el País Vasco y el II Plan de Igualdad en la UPV/EHU (2014-2017).
Parte específica
6.– Organización, gestión del área de trabajo de laboratorio. Recogida, preparación, conservación, extracción y manejo de muestras biológicas humanas. Aspectos básicos.
7.– Limpieza de material sanitario. Principios básicos. 2.– Material desechable y material no desechable. Procedimientos de limpieza de material sanitario: procedimientos básicos, material quirúrgico, material de plástico, metálico y de vidrio, aparatos y carros de cura.
8.– Criterios de verificación del proceso de limpieza y acondicionamiento del material limpio.
9.– Desinfección de material.
10.– Profilaxis.
11.– Manipulación, transporte y almacenamiento del material esterilizado.
12.– Materiales dentales: concepto y características, tipos más frecuentes, técnicas de preparación
13.– Equipos de uso en consultas dentales: elementos constituyentes y su indicación, principios de funcionamiento, mantenimiento preventivo, limpieza y desinfección de los equipos dentales.
14.– Instrumental de uso en consultas dentales. Instrumental de mano y rotatorio. Clasificación de elementos y su indicación, principios de utilización, limpieza y desinfección del instrumental dental, técnicas de esterilización del equipo y del material dental.
15.– Salud laboral. Factores de riesgo: físicos, químicos, biológicos, organizativos. Medidas de prevención y protección. Medidas de seguridad en el manejo de muestras biológicas.
16.– Ley 32/2007, de 7 de noviembre, para el cuidado de los animales, en su explotación, transporte, experimentación y sacrificio.
17.– Ley 6/2013, de 11 de junio, de modificación de la Ley 32/2007, de 7 de noviembre, para el cuidado de los animales, en su explotación, transporte, experimentación y sacrificio.
18.– Real Decreto 53/2013, de 1 de febrero, por el que se establecen las normas básicas aplicables para la protección de los animlaes utilizados en experimentación y otros fines cientríficos, incluyendo la docencia.
19.– Medidas profilácticas en un animalario.
20.– Seguridad en animalarios, habitáculos y equipamiento general, atendiendo a las distintas especies alojadas (roedores, lagomorfos y anfibios).
21.– Seguridad en el trabajo. Barreras primarias y secundarias en los animalarios.
22.– Reproducción y cría de los animales de experimentación.
23.– Nutrición, alimentación y bebida del animal de experimentación. Dietas básicas y experimentales.
24.– Estado sanitario del animal de experimentación.
25.– Eutanasia: definición, razones para su aplicación y métodos adecuados.