Departamento de Cultura y Política Lingüística

XXVII Juegos deportivos escolares - Judo 2008


Normativa Judo 2008

La  Dirección de Deportes del Gobierno Vasco en colaboración con la  Federación Vasca de Judo organizará dentro de los XXVII  JUEGOS DEPORTIVOS ESCOLARES DE EUSKADI,  el día 7 de junio de 2008 en el polideportivo de Altza de Donostia-San Sebastián, de acuerdo con la siguiente normativa:

A. SISTEMA DE JUEGO:
Categorías:
 Infantiles: nacidos/as en 1994-95, femenino y masculino.  Habrá participantes de Álava, Vizcaya, Guipúzcoa, Navarra.

C. COMPOSICIÓN DE LAS SELECCIONES:

Las selecciones estarán compuestas por 2 judoka por peso y 1 entrenador/a para tanto para la categoría femenina como para la categoría masculina.

Pueden participar dos selecciones por territorio y sexo, es decir, cada territorio histórico podrá participar con 14 deportistas masculinos y 14 femeninos.

Las selecciones estarán formadas por los/las campeones/as y subcampeones/as de cada territorio, salvo que por causa de fuerza mayor no puedan acudir. Estas posibles ausencias deberán ser justificadas.

En el caso que un territorio no pudiera completar las 14 plazas masculinas y las 14 femeninas, por falta de deportistas en alguno de los 7 pesos, podrá presentar más escolares en el resto de pesos, hasta completar el número de 14 escolares de cada sexo por territorio.
Para establecer en qué pesos se producirá una participación mayor de escolares con la que cubrir las vacantes producidas, se tendrá en consideración el número de vacantes y el total de pesos en el que el territorio implicado pueda inscribir a más de dos participantes, dividiendo equitativamente el número de vacantes entre el número total de pesos en que se vayan a presentar.

Acudirán como invitados al campeonato aquellos/as judokas que en el año anterior hayan obtenido el primer puesto, siempre y cuando pertenezcan a la categoría infantil escolar.

Estos/as deportistas invitados/as no ocuparán plaza del cupo establecido, podrán participar en el peso que se encuentren y serán inscritos/as necesariamente en la relación correspondiente con el resto de judokas que representan a su territorio. Esta invitación será nominal.

Pesos y categorías:
 Infantil femenino: -40 -44 -48 -52 -57 -63 y +63 Kg
 Infantil masculino: -42 -46 -50 -55 -60 -66 y +66 Kg.

D. NORMAS GENERALES:


Los combates se llevarán a cabo a 3 minutos.

El grado mínimo para participar será cinturón verde. Únicamente se competirá con judogui blanco.

La federación vasca nominará cuatro árbitros. Todos/as los/as árbitros estarán coordinados/as por el Director de Arbitraje.

La competición individual se realizará mediante eliminatoria con repesca o ligas dependiendo del número de judokas.

Habrá 3 áreas de competición.


F. PESAJE:

El pesaje se efectuará en el transcurso de una hora, antes de la competición, siendo la primera media hora el pesaje extraoficial, y en la segunda el oficial.

El/la deportista que de el peso en el pesaje extraoficial se le computará como válido.

Una vez iniciado el pesaje oficial el/la deportista podrá subir a la báscula una sola vez, siendo válido el registro efectuado.

El/la deportista que, en el pesaje oficial, no diese el peso estipulado según la categoría en la cual está inscrito/a, quedará excluido/a de la competición

Para poder mantener el horario de competición los/as jueces deberán estar a las 9:00 horas en la sala.

G. PREMIOS DEPORTIVOS:

Se establecen los siguientes premios deportivos:

Clasificación campeonato individual:
 Medalla  1º/ª, 2º/ª y dos 3º/ª clasificados/as.

H. ANTE CUALQUIER IMPREVISTO:

Ante una lesión o cualquier imprevisto se tendrá que comunicar de forma inmediata a la persona responsable designada por la organización que se encuentre en la instalación. Esta persona dirigirá los pasos a desarrollar.

I. NOTA FINAL:


Para todas las cuestiones que no estén incluidas en el presente reglamento se tendrán en cuenta:
a. Ley 14/1998, de 11 de junio, del deporte del País Vasco.
b. La orden de 2 de julio de 1985 del Departamento de Cultura del Gobierno Vasco, por la que se regulan los Juegos Escolares de Euskadi.
c. La orden de 29 de julio de 1985 del Departamento de Cultura y Turismo del Gobierno Vasco, sobre régimen disciplinario de las competiciones de Deporte Escolar.
d. La Orden de 20 de mayo de 1986 del Departamento de Cultura, por la que se modifica parcialmente la Orden de 02.07.85, reguladora de los Juegos Escolares de Euskadi.
e. Decreto 160/1990, de 5 de junio, sobre Deporte Escolar.
f. Decreto 337/1990, de 24 de agosto, de modificación del Decreto 160/1990.
g.    Lo dispuesto por el Reglamento de la Federación Vasca de Judo y DD.AA.

 

 


 

 

Fecha de la última modificación: 09/06/2008