Departamento de Cultura y Política Lingüística

XXVII Juegos deportivos escolares - Gimnasia rítmica 2008


NORMATIVA GIMNASIA RITMICA 2008

La dirección de Deportes del Gobierno Vasco en colaboración con la Federación Vasca de Gimnasia organizará los XXVII JUEGOS DEPORTIVOS ESCOLARES DE EUSKADI el día 31 de mayo de 2008 en el polideportivo de Altza de Donostia- San Sebastián, de acuerdo con la siguiente normativa:

1. EDADES Y CATEGORIAS

 Infantil, nacidas y nacidos en 1994 – 1995 y alevines nacidas y nacidos en 1996-1997.

2. SISTEMA DE COMPETICION

Competición modalidad individual:
a. Individual Alevín: Un ejercicio de manos libres y un ejercicio de cuerda.
b. Individual Infantil: Un ejercicio de aro y un ejercicio de pelota.

Competición modalidad conjuntos
 Alevín: Un ejercicio de 3 manos libres y 3 pelotas o 3 manos libres y 2 pelotas
 Infantil: Un ejercicio de 5 ó 6 aros.

Composición de los equipos:
Cada territorio podrá presentar un máximo de 3 conjuntos de 5 o 6 gimnastas titulares, 1 reserva y 1 delegado o delegada, o entrenador o entrenadora en ambas categorías, alevín e infantil.
En la modalidad individual cada territorio podrá presentar un máximo de 5 gimnastas por categoría, así como 1 delegado o delegada o 1 entrenador o entrenadora por categoría.
En la modalidad de conjuntos quedará expresamente prohibida la participación de una misma persona en dos conjuntos diferentes.
El valor técnico de los diferentes ejercicios vendrá determinado en función de la normativa escolar publicada por la federación vasca de Gimnasia Rítmica.

3. PREMIOS DEPORTIVOS

Se establecen los siguientes premios deportivos:

 Competición modalidad conjuntos:
Trofeo al 1º, 2º y 3er equipo clasificado por categoría.

 Competición modalidad individual:
Medalla a la/el 1ª, 2ª y 3ª clasificada/clasificado por categoría.

4. ANTE CUALQUIER IMPREVISTO.

Ante una lesión o cualquier imprevisto se tendrá que comunicar de forma inmediata a la persona responsable designada por la organización que se encuentre en la instalación. Esta persona dirigirá los pasos a desarrollar.

5. NOTA FINAL

Para todas las cuestiones que no estén incluidas en el presente reglamento se tendrán en cuenta:

a) Ley 14/1998, de 11 de junio, del deporte del País Vasco.
b) La orden de 2 de Julio de 1985 del Departamento de Cultura del Gobierno Vasco, por la que se regulan los Juegos Escolares de Euskadi.
c) La orden de 29 de Julio de 1985 del Departamento de Cultura y Turismo del Gobierno Vasco, sobre régimen disciplinario de las competiciones de Deporte Escolar.
d) La Orden de 20 de mayo de 1.986 del Departamento de Cultura, por la que se modifica parcialmente la Orden de 02.07.85, reguladora de los Juegos Escolares de Euskadi.
e) Decreto 160/1990, de 5 de junio, sobre Deporte Escolar.
f) Decreto 337/1990, de 24 de agosto, de modificación del Decreto 160/1990.
g) Lo dispuesto por el Reglamento de la Federación Vasca de Gimnasia.

 

 


 

Fecha de la última modificación: 03/06/2008