Departamento de Cultura y Política Lingüística

XXV Juegos deportivos escolares - Pelota Vasca 2006


Normativa Pelota Vasca 2006

La Dirección de Deportes del Gobierno Vasco, en colaboración con la Federación Vasca de Pelota, organizará los XXV JUEGOS DEPORTIVOS ESCOLARES DE EUSKADI los días 27 y 28 de mayo y 3 de junio en el frontón Beotibar de Tolosa (Gipuzkoa), de acuerdo con la siguiente normativa:

1. Participación

Infantiles nacidos y nacidas  en el  año 92-93

Los equipos estarán compuestos por dos pelotaris, suplente y entrenador o entrenadora.

El tercer o la tercera pelotari, denominado o denominada suplente, podrá tomar parte en el encuentro cambiándose por un titular o una titular posibilitando así la participación de todos los componentes y todas las componentes del equipo. No obstante, este cambio se realizará una sola vez y pidiendo debidamente al juez o a la juez del partido.

Tomarán parte los campeones o campeonas de cada competición escolar disputada en cada provincia. Tan sólo en el caso de no haberse disputado una primera fase (competición escolar  territorial) se podrá competir con un equipo creado para este último evento. No obstante, es obligatorio tener en vigor la licencia escolar de la temporada. Los pelotaris participantes deberán acreditarse mediante la citada licencia escolar o en su defecto por cualquier documento de carácter oficial (DNI, libro de familia, licencia federativa,…)

2. Modalidades

  • Mano Parejas Masculino
  • Mano Parejas Femenino
  • Paleta Cuero Masculino
  • Paleta Goma Femenino
  • Cesta-Punta Masculino

3. Sistema De Juego

Liga a una vuelta

Se concederá dos puntos por partido ganado, 1 por partido perdido y 0 por incomparecencia.

El primer clasificado o la primera clasificada, es decir, quien sume más puntos,  tras la liga logrará ser campeón o campeona. Los siguientes puestos se determinarán de igual manera.

Si se diera un empate a puntos entre una o varias parejas, el mejor 'tanteo average' entre los implicados determinará la clasificación.

Si este empate es tan sólo entre dos dúos, quien haya resultado vencedor o vencedora en el enfrentamiento mutuo será quien anteceda al otro o a la otra.

Si tan sólo participan dos equipos, se disputará un único partido en el que se definirá el campeón o la campeona.

En el caso de una única inscripción, dicha modalidad quedará descartada.


4. Distancias, Tanteos, Materiales Y Normas De Juego

Distancias y tanteos:
Mano Parejas Masculino Mano Parejas Femenino Paleta Goma Fememino Paleta Cuero Masculino Cesta-Punta Masculino
SAQUE 10.50 m. 7.00 m. 14.00 m. 24.50 m. 28.00 m.
FALTA 10.50 m. 7.00 m. 10.50 m. 14.00 m. 14.00 m.
PASA 21.00 m. 17,50 m. 21.00 m. 24.50 m. 24.50 m.
TANTOS 18 18 30 30 25

Materiales (Pelotas):

La Federación de Euskadi de Pelota Vasca pondrá el material de juego. Este será de las siguientes características.

  • MANO PAREJAS MASCULINO: Pelota mixta o de medio-toque
  • MANO PAREJAS FEMENINO: Pelota goxua
  • PALETA GOMA FEMENINO: Pelota de punto o cuadrado amarillo.
  • PALETA CUERO MASCULINO: Pelota de 'Cervino' nº 1.
  • CESTA PUNTA MASCULINO: Pelota habitual, entre 100 y 110 gr.

Para las modalidades con complemento, cada jugador o jugadora deberá disponer de su 'paleta', 'cesta', 'casco'…. En las modalidades de Paleta de Goma Femenino y Paleta de Cuero Masculino el uso de gafas protectoras será obligatorio (aunque se recomienda el uso particular en caso de que el o la pelotari no disponga de ellas la organización aportará  gafas para la disputa del partido)

5. Premios

Se entregarán medallas a los tres primeros clasificados en cada modalidad.
A cada participante se le obsequiará con un regalo.

6. Nota Final

Para todas las cuestiones que no estén incluidas en el presente reglamento se tendrán en cuenta :

a) Ley 14/1998, de 11 de junio, del deporte del País Vasco.

b) La orden de 2 de Julio de 1985 del Departamento de Cultura del Gobierno Vasco, por la que se regulan los Juegos Escolares de Euskadi.

c) La orden de 29 de Julio de 1985 del Departamento de Cultura y Turismo del Gobierno Vasco, sobre régimen disciplinario de las competiciones de Deporte Escolar.

d) La Orden de 20 de mayo de 1.986 del Departamento de Cultura, por la que se modifica parcialmente la Orden de 02.07.85, reguladora de los Juegos Escolares de Euskadi.

e) Decreto 160/1990, de 5 de junio, sobre Deporte Escolar.

f) Decreto 337/1990, de 24 de agosto, de modificación del Decreto 160/1990.

g) Lo dispuesto por el Reglamento de la Federación Vasca de Pelota.

Fecha de la última modificación: 27/06/2006