Fecha de publicación: 25/04/2013
Los solicitantes de vivienda inscritos en el registro de Etxebide recibirán una comunicación de las adaptaciones a la nueva normativa Etxebide que se han realizado en su expediente y tendrán de plazo hasta el 10 de junio de 2013 para su modificación.
El pasado 2 de enero entró en vigor la nueva normativa que regula el registro de Etxebide, ORDEN de 15 de octubre de 2012, del Consejero de Vivienda, Obras Públicas y Transportes, del registro de solicitantes de vivienda y de los procedimientos para la adjudicación de Viviendas de Protección Oficial y Alojamientos Dotacionales de Régimen Autonómico, publicada en el BOPV del 31 de octubre de 2012. Esta normativa conlleva cambios fundamentales en todas las solicitudes de vivienda centralizadas en el registro de Etxebide en lo que respecta a los regímenes y los municipios de demanda. Las principales características de esta normativa están recogidas en noticia publicada en el portal Web de Etxebide en octubre de 2012.
La entrada en vigor de la nueva normativa implica, concretamente, a nivel de las solicitudes de vivienda:
| Régimen de demanda | Municipios de demanda | Área de demanda | |
|---|---|---|---|
| Previo a 2013 |
Compra Alquiler Compra y alquiler |
Hasta 4 municipios |
Municipio |
| A partir de 2013 |
Compra Alquiler |
1 municipio por solicitud Municipio(s) de empadronamiento de titular(es) Municipio(s) de trabajo de titular(es) |
Área funcional |
Dado el carácter normativo de estos cambios, el registro de Etxebide ha adaptado todas las solicitudes de alta existentes a fecha del 02 de enero de 2013 realizando las modificaciones necesarias en cuanto al régimen y a los municipios de demanda.
Con motivo de los cambios realizados, se va a proceder a enviar cartas informativas donde se recoge el estado actual de las solicitudes en lo que respecta al régimen y a los municipios de demanda. Los titulares de las solicitudes de vivienda podrán, de este modo, conocer el estado actual de su expediente en el registro de Etxebide.
A la izquierda de este texto se puede observar un ejemplo de esta carta de comunicación donde se señala el espacio (1) que presenta la información que recoge actualmente el expediente /solicitud de vivienda en lo que respecta a:
Teniendo en cuenta que las solicitudes de vivienda se deben adaptar a la normativa vigente y, en igual manera, a los deseos de sus titulares, se ha aprovechado el reverso de esta carta para que se puedan realizar las modificaciones que estos consideren necesarias. Para ello se ha elaborado una tabla con espacios para que en un único documento:
Además, teniendo presente que el portal Web de Etxebide permite solicitar de forma telemática todas estas modificaciones, así como otras actuaciones adicionales y consulta del expediente, se facilita que en esta carta se comunique una dirección de correo electrónico que se asociará al expediente de solicitud de vivienda. Con esta dirección de e-mail informada en el registro de Etxebide, los titulares de las solicitudes podrán obtener desde nuestra página Web una contraseña de tramitación on-line que les servirá para desde nuestro portal Web, por ejemplo:
En el gráfico siguiente se puede comprobar un ejemplo de la tabla de solicitud de modificación con los espacios para:
En lo que respecta al área funcional, es importante destacar que una vez se demanda vivienda en un municipio, esta demanda se amplía al área funcional al que pertenece dicho municipio para todas aquellas promociones de vivienda para las que no exista un convenio o normativa que lo impida. Para conocer las áreas funcionales existentes y los municipios que integran, puedes visitar nuestro Portal Web en el apartado correspondiente.
En caso de que surjan dudas sobre el procedimiento a seguir o sobre el contenido de esta comunicación se han dispuesto los siguientes canales de contacto:
Si se quiere modificar el expediente de Etxebide, se debe rellenar la tabla que está en la parte de atrás de la carta recibida y entregarlo antes del 10 de junio de 2013. Para ello, dispone de las siguientes opciones: