Promocionar proyectos de I+D+i orientados al uso o la generación de conocimiento comercializable a fin de crear nuevas empresas de base tecnológica en el ejercicio 2014.
Estas ayudas están cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER).

Las ayudas están cofinanciados por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (la contribución del FEDER supondrá el 50% del importe subvencionado). Por ello, las ayudas están sometidas a lo dispuesto en el Reglamento (UE) 1303/2013 del Parlamento Europeo y Consejo de 17 de diciembre de 2013, y las obligaciones derivadas de la cofinanciación del FEDER son, al menos, las siguientes:
3.785.714,00 euros
por la que se regula el programa de apoyo a la realización de proyectos de lanzamiento de empresas de base científica y tecnológica, programa Nets.
del Consejero de Industria, Innovación, Comercio y Turismo, de modificación de la Orden por la que se regula el Programa de apoyo a la realización de Proyectos de lanzamiento de empresas de base Científica y Tecnológica. Programa Nets.
GOBIERNO VASCO
DIRECCION DE TECNOLOGIA
C/Donostia-San Sebastian, 1
01010. Gasteiz
Tfno: 945 018208 E-mail: l-segurola@ej-gv.es
Persona de contacto: Larraitz Segurola
SOCIEDAD PARA LA RECONVERSION INDUSTRIAL, S.A (SPRI).
Edificio Plaza Bizkaia
Alameda de Urkijo 36, 4º
48011 Bilbao
Tfno: 94 403 70 43
E-mail: mgarcia@spri.es
Persona de contacto: Miguel García
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Persona de contacto: Larraitz Segurola
SOCIEDAD PARA LA RECONVERSIÓN INDUSTRIAL, S.A. (SPRI)
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E-mail: mgarcia@spri.es
Persona de contacto: Miguel García
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Tfno: 945 018208 E-mail: l-segurola@ej-gv.es
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Promocionar proyectos de I+D+i orientados al uso o la generación de conocimiento comercializable a fin de crear nuevas empresas de base tecnológica en el ejercicio 2014.
Estas ayudas están cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER).

Si se trata de un proyecto en cooperación:
Las entidades interesadas habrán de presentar una única solicitud integrada por proyecto.
Además, uno de los participantes, bien sea por interés tecnológico, bien por tener un mayor protagonismo en el desarrollo del mismo o bien por otros motivos habrá de asumir, a efectos de responsabilizarse del desarrollo y de la gestión del proyecto y de asumir todas las funciones de interlocución y relación necesarias para la buena marcha del proyecto, con la Administración, la condición de líder del proyecto.
La declaración jurada se exigirá tanto para el líder como para las demás empresas y tanto uno como otras deberán presentar copia de la escritura de apoderamiento.
3.785.714,00 euros
Descripción de los trámites
La Resolución de concesión será emitida por el Viceconsejero de Innovación y Tecnología.
El pago de la subvención se realizará en dos partes: un 70% de forma inmediata a la comunicación de la resolución y el restante 30% se abonará una vez concluido el programa anual y previa presentación durante el primer trimestre del año siguiente de la documentación justificativa que permita comprobar tanto la realización de las actividades subvencionadas, como el grado de consecución de los objetivos por ellas perseguidos.
Además de la información disponible sobre el Programa NETs en la dirección de Internet www.euskadi.net/industria, los solicitantes deberán cumplimentar la solicitud y adjuntar los documentos requeridos, de acuerdo con el procedimiento establecido. Para ello, se ha habilitado la Web https://www.spri.es/idi/idi/
Los documentos a aportar con la solicitud son al menos los siguientes:
a) Una solicitud, que deberá contener información general de la empresa.
b) Memoria descriptiva de los datos básicos de actividad de la empresa.
c) Memoria descriptiva del Proyecto de Investigación.
d) Copia del poder de representación de la persona solicitante.
e) Declaración jurada, que quedará sometida al régimen sancionador, tanto administrativo como penal vigente, en caso de falseamiento de datos, respecto a la veracidad de los siguientes aspectos:
Que se encuentra al corriente de sus obligaciones con Hacienda
Que tratándose de una Pyme, sus características se correspondan con la calificación de PYME según las normas comunitarias.
Que no tienen vinculación ni dependencia de las Administraciones Públicas, ni pertenecen a la Administración Institucional.
Que, en caso de ser empresa grande o mediana, no se encuentra en período de reestructuración. Y en el supuesto de que lo esté, si la Comisión Europea ha sido informada de la correspondiente ayuda de reestructuración.
Ayudas que para el mismo proyecto hayan sido solicitadas y/o concedidas de otras instituciones públicas o privadas.
Que la entidad solicitante no se encuentra sancionada penal ni administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas, ni se halla incursa en prohibición legal alguna que la inhabilite para ello, con inclusión de las que se hayan producido por discriminación por razón de sexo de conformidad con lo dispuesto en la Disposición Final sexta de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la igualdad de Mujeres y Hombres.
Declaración Responsable relativo a las ayudas fiscales consideradas ilegales o incompatibles.