Apoyar la realización de proyectos integrados de investigación industrial en sectores estratégicos y fomentar una colaboración público-privada en Investigación y Desarrollo Tecnológico e Innovación, de forma que ejerzan un efecto tractor sobre la economía del País Vasco, favoreciendo la intervención de las Pymes y el acceso al VII Programa Marco Europeo de I+D.
Estas ayudas están cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER).

Las ayudas están cofinanciados por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (la contribución del FEDER supondrá el 50% del importe subvencionado). Por ello, las ayudas están sometidas a lo dispuesto en el Reglamento (UE) 1303/2013 del Parlamento Europeo y Consejo de 17 de diciembre de 2013, y las obligaciones derivadas de la cofinanciación del FEDER son, al menos, las siguientes:
Las ayudas a conceder tendrán la naturaleza de subvenciones no reintegrables y tendrán la consideración de subvenciones en concurrencia competitiva.
Año 2014: 7.000.000 €
Año 2015: 12.000.000 €
Año 2016: 10.000.000 €
TOTAL = 29.000.000 €
SPRI
Edificio Plaza Bizkaia
Alameda de Urkijo 36, 4º
48011 Bilbao
etorgai@spri.es
Tf: 94 403 70 30.
Persona de contacto: Maite Hernández
Gobierno Vasco
Departamento de Desarrollo Económico y Competitividad
Dirección de Tecnología y Estrategia
Donostia-San Sebastián 1
01010-VITORIA-GASTEIZ
ja-martinez@ej-gv.es
Tel.: 945 01 65 70
Persona de contacto: Jesús Angel Martínez
SPRI
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Persona de contacto: Jesús Angel Martínez
Apoyar la realización de proyectos integrados de investigación industrial en sectores estratégicos y fomentar una colaboración público-privada en Investigación y Desarrollo Tecnológico e Innovación, de forma que ejerzan un efecto tractor sobre la economía del País Vasco, favoreciendo la intervención de las Pymes y el acceso al VII Programa Marco Europeo de I+D.
Estas ayudas están cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER).

Miembros de los Consorcios que sean:
a) Empresas: grandes empresas o Pymes de la CAPV
b) Fundaciones y asociaciones de empresas de la CAPV, con independencia de cuál sea su forma legal.
Las ayudas a conceder tendrán la naturaleza de subvenciones no reintegrables y tendrán la consideración de subvenciones en concurrencia competitiva.
Año 2014: 7.000.000 €
Año 2015: 12.000.000 €
Año 2016: 10.000.000 €
TOTAL = 29.000.000 €
Descripción de los trámites
Corresponderá al Director de Tecnología dictar y notificar la resolución administrativa concediendo o denegando la ayuda solicitada.
El abono de las ayudas se realizará directamente a las entidades beneficiarias de las mismas fraccionadamente, del siguiente modo:
Dicha justificación documental habrá de presentarse en el primer trimestre natural siguiente al del año concluido y el abono de la subvención se efectuará dentro de los dos meses siguientes desde la fecha de la presentación completa de dicha documentación.
Una vez realizada la justificación en los términos descritos se procederá a efectuar libramiento simultáneo correspondiente a la parte de la anualidad justificada y a un anticipo correspondiente al 50% de la anualidad siguiente.
El abono del último 50% correspondiente a la última anualidad se efectuará previa presentación de una liquidación final de la realización de la actividad de dicho ejercicio y de una justificación del cumplimiento global del proyecto en base a una Memoria Técnica y Económica donde se reflejen principalmente:
Actuaciones realizadas; Resultados obtenidos cuantificados y/o valorados; Modificaciones y en su caso justificaciones; Presupuesto final de la actividad con los gastos por anualidades y conceptos; Informe de cumplimiento final de los contratos, convenios, acuerdos, etc. suscritos con los subcontratados especialmente de la RVCTI; Actualización del Plan de Internacionalización del consorcio con la relación de proyectos presentados por las entidades participantes del mismo en el Programa Marco de I+D de la Unión Europea; Conclusiones, etc.
Los solicitantes deberán cumplimentar la solicitud y adjuntar los documentos requeridos, de acuerdo con el procedimiento telemático establecido. Para ello, se ha habilitado la web https://www.spri.es/idi/idi/.
A entregar por el líder del proyecto
- Impreso de solicitud, suscrito por la empresa líder. Se presentará un único impreso para cada proyecto (TC-1).
- Memoria Técnica del proyecto en soporte electrónico
- Memoria Económica Global del proyecto en soporte electrónico
- Acuerdo de la constitución del consorcio, en el que se contemplarán, al menos los siguientes aspectos: la distribución de actividades y el presupuesto, acuerdos de confidencialidad, propiedad de los resultados, protección legal de la propiedad industrial e intelectual (patentes), explotación comercial futura de los resultados y difusión pública de los resultados. Se entregará en soporte papel firmado por cada uno de los beneficiarios incluido el líder.
A entregar por todos los participantes (incluido el líder)
- Impreso de participación en el proyecto (TC-2)
- Impreso de datos básicos de actividad (TC-4)
- Impreso de Declaración responsable según obra en el Anexo I, de la Orden, relativo a las ayudas fiscales consideradas ilegales o incompatibles (TC-3)
- Fotocopia de la Tarjeta de Identificación Fiscal
- Copia del poder de representación de la persona solicitante.
- Impreso Declaración Jurada (TC-3) respecto a la veracidad de los siguientes aspectos:
Que se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias.
Que, tratándose de una Pyme, sus características se correspondan, con la calificación de Pyme según las normas comunitarias.
Que no tienen vinculación ni dependencia de las Administraciones Públicas, ni pertenecen a la Administración Institucional.
Que la entidad solicitante no se encuentra sancionada penal ni administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas, ni se halla incursa en prohibición legal alguna que la inhabilite para ello, con inclusión de las que se han producido por discriminación por razón de sexo de conformidad con lo dispuesto en la Disposición Final sexta de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres..
Que, en caso de ser empresa grande o mediana, no se encuentra en período de reestructuración. Y en el supuesto de que lo esté, si la Comisión Europea ha sido informada de la correspondiente ayuda de reestructuración.
Ayudas que para el mismo proyecto hayan sido concedidas y/o solicitadas de otras instituciones públicas o privadas.
6 meses a contar desde el día siguiente a la publicación de la correspondiente convocatoria de ayudas.