Promover la internacionalización de las pequeñas y medianas empresas mediante la realización de acciones de cooperación interempresarial desarrolladas por agentes especializados en actividades de cooperación e internacionalización.
DIRIGIDO A
Colectivo beneficiario:
Podrán acceder a las subvenciones contempladas en el presente Decreto Foral las entidades sin ánimo de lucro con personalidad jurídica propia. Quedan expresamente excluidas como entidades beneficiarias los centros de formación.
Estas entidades deberán cumplir los siguientes requisitos:
a) Que tengan su domicilio fiscal y social en Bizkaia.
b) Que no hayan sido sancionadas por incurrir en discriminación por razón de sexo.
c) Que no se encuentre incursa en ninguna de las circunstancias que establece el artículo 12 de la Norma Foral de Subvenciones.
d) Que se encuentren al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social y respecto al pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
2. Las condiciones a) b) c) y d) deberán cumplirse en el momento de la presentación de la solicitud y mantenerse hasta el momento del reconocimiento de la obligación y pago últimos.
3. Quedan excluidas de la condición de entidad beneficiaria las Sociedades Públicas y las Entidades de Derecho Público.
PRESTACIÓN
Límite:
Las ayudas a conceder son subvenciones no reintegrables, cuya cuantía máxima será de:
75.000 euros por entidad beneficiaria para proyectos no acogidos en el año 2012 al Decreto Foral 29/2012.
50.000 euros por entidad beneficiaria para proyectos acogidos en el año 2012 al Decreto Foral 29/2012.
Asimismo, no se concederán ayudas para proyectos cuyo gasto subvencionable sea inferior a 40.000 euros.
La subvención podrá ser de hasta un 80% de la base subvencionable que se determine, de acuerdo a la puntuación obtenida en base a los criterios de valoración, atendiendo a los siguientes intervalos:
De 61 a 100 puntos: 80%.
De 31 a 60 puntos: 60%.
De 0 a 30 puntos: 0%.
TRAMITES
De Solicitud y Aportación de Documentación
El trámite de "Solicitud y aportación de documentación", es el que inicia el procedimiento, para ello la persona interesada debe de presentar el formulario de solicitud correctamente cumplimentado dentro del plazo indicado de presentación de solicitudes
Trámite Solicitud
Trámite Solicitud:
Trámite Solicitud
Presencial
1. Documentación a aportar en el momento de la solicitud: — Estatutos de la entidad. — Listado de empresas asociadas. — Solicitud debidamente cumplimentada y suscrita por el/la representante legal de la entidad solicitante con poder suficiente, acorde con lo que se especifica en el artículo 17. — Memoria del proyecto, según modelo disponible en la web y en las oficinas del Departamento de Promoción Económica, debidamente cumplimentada. — Estudios o planes estratégicos que justifiquen el proyecto, en su caso. — Acuerdo de colaboración (si procede) entre las entidades que desarrollan el proyecto, estableciendo distribución de responsabilidades y actividades. No tendrán la consideración de acuerdos de colaboración aquellos que se realicen con entidades no domiciliadas en Bizkaia, así como aquellos que se efectúen entre entidades vinculadas; entendiendo que existe vinculación en los casos establecidos en el Reglamento (CE) 1126/2008 de la Comisión Europea, de 3 de noviembre, por el que se adoptan determinadas Normas Internacionales de Contabilidad. A efectos de demostrar la no vinculación entre las partes colaboradoras deberá presentarse, asimismo, una declaración jurada firmada por persona de la entidad solicitante con poder suficiente sobre la no existencia de vinculación, entendida esta según lo establecido en el Reglamento (CE) 1126/2008 de la Comisión Europea, de 3 de noviembre, por el que se adoptan determinadas Normas Internacionales de Contabilidad. — Certificado de aportaciones no reintegrables al proyecto emitido por empresas y entidades sin ánimo de lucro no vinculadas a la entidad solicitante indicando importe y estado (comprometida o abonada). — Aportaciones ó cuotas que van a abonar las empresas que participen en el proyecto — Ficha de acreedor debidamente cumplimentada, en su caso, para el supuesto en que deseen modificar la domiciliación bancaria, respecto de la información que obre en poder de la Diputación Foral de Bizkaia. — Certificaciones o reconocimientos emitidos por terceras partes de reconocido prestigio que sean probatorias del compromiso de la entidad solicitante con el medio ambiente, la responsabilidad social y la promoción de la igualdad entre mujeres y hombres, en su caso. 2. Documentación a presentar tras la finalización de la actividad y, en todo caso, antes del 31 de julio de 2014 para la justificación de la subvención y cierre del expediente. Las subvenciones se justificarán mediante el sistema de cuenta justificativa con aportación de informe de auditoría, contemplada en el artículo 59 del Decreto Foral 34/2010 de 23 de marzo de desarrollo de la Norma Foral 5/2005, para lo cual deberá presentar: — Memoria de justificación, según modelos disponibles en la web,debidamente cumplimentada y suscrita por la persona de la entidad solicitante con poder suficiente. Dicha memoria estará compuesta por dos modelos (memoria técnica y memoria económica) y deberá entregarse en formato digital. En la memoria técnica se justificará el cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos. En la memoria económica se detallará la relación clasificada de los gastos, un detalle de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad, así como las desviaciones acaecidas, en ambos casos, respecto a los importes presupuestados. La justificación de los gastos de viaje se realizará mediante la correspondiente factura a nombre de la entidad beneficiaria de la subvención junto con la relación de las personas que han viajado y copias de las cartas de embarque. En la justificación de los gastos incurridos no será admisible, salvo autorización expresa del Departamento de Promoción Económica, una desviación al alza superior al 20% del total del gasto originalmente presupuestado para cada uno de los conceptos de gasto referidos en el artículo 7 del presente Decreto. En consecuencia, en los casos en los que corresponda, se procederá al recálculo de la subvención prevista en la resolución de concesión. En los casos en los que proceda de acuerdo a las condiciones establecidas en el artículo 31 del presente Decreto, se aportarán los contratos suscritos y, si el momento de la contratación así lo exige de acuerdo al mencionado artículo, información sobre las ofertas solicitadas y justificación de la oferta seleccionada de acuerdo a criterios de economía y eficiencia — Breve resumen explicativo de los resultados del proyecto, no superior a 5 páginas, debiendo entregar el mismo en formato digital. — Informe de auditoría de acuerdo a lo establecido en la Orden Foral 945/2011, de 15 de abril del Diputado Foral de Hacienda y Finanzas, por la que se aprueba la norma de actuación del personal auditor de cuentas, con contenido y alcance establecidos en los artículos 3 y 7 de la citada orden foral. — Declaración jurada de la persona que ostente la representación legal de la entidad beneficiaria, de que esta última no se encuentre sancionada por incurrir en discriminación por razón de sexo. — En los casos de estudios, una copia completa de los mismos en formato digital.
Lugares de Presentación
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