Ayudas para la adquisición de vehículos de energías alternativas. Plan MOVALT Vehículos 2017

RESUMEN
Título:
Ayudas para la adquisición de vehículos de energías alternativas. Plan MOVALT Vehículos 2017
Objeto:
Promover la adquisición de vehículos de energías alternativas: eléctricos, de gas licuado del petróleo (GLP/Autogás), de gas natural comprimido (GNC) y licuado (GNL), propulsados por pila de combustible y las motocicletas eléctricas, fomentando con ello la sostenibilidad en el sector del transporte, la disminución de las emisiones de CO2 y contaminantes y la mejora de calidad del aire, así como el ahorro y la diversificación de la energía en el sector del transporte y la consiguiente reducción de la dependencia del petróleo
Dotación presupuestaria:
20.000.000,00 euros
Normativa de la convocatoria:
  • Extracto de la Resolución de 21 de noviembre de 2017 (BOE N 289/2017)
    Extracto de la Resolución de 21 de noviembre de 2017, de la Dirección General de E.P.E. Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), M.P. por la que se establece la Convocatoria del Programa de Ayudas para la adquisición de vehículos de energías alternativas (Plan MOVALT Vehículos).
  • Extracto de la Resolución de 5 de diciembre de 2017 (BOE N 306/2017)
    Extracto de la Resolución de 5 de diciembre de 2017, de la Dirección General de E.P.E. Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE) M.P., por la que se modifica la Convocatoria del Programa de Ayudas para la adquisición de vehículos de energías alternativas (Plan MOVALT Vehículos)
Normativa reguladora:
  • Resolución de 14 de noviembre de 2017 (BOE N 277 /2017)
    Resolución de 14 de noviembre de 2017, del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía, por la que se publica la de 7 de noviembre de 2017, del Consejo de Administración, por la que se establecen las bases reguladoras de convocatoria de ayudas para la adquisición de vehículos de energías alternativas (Plan Movalt vehículos).
ORGANISMOS
Entidad convocante:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Órgano convocante:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Entidad resolutora:
Gobierno Central
Contacto presencial:
Instituto para la Diversificación y ahorro de la Energía. C/ Madera, 8 28004 Madrid
Contacto telefónico:
Tel. 913 14 66 73
TRAMITACIONES
Lugares de Presentación:
Instituto para la Diversificación y ahorro de la Energía. C/ Madera, 8 28004 Madrid
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Ayudas para la adquisición de vehículos de energías alternativas. Plan MOVALT Vehículos 2017
Promover la adquisición de vehículos de energías alternativas: eléctricos, de gas licuado del petróleo (GLP/Autogás), de gas natural comprimido (GNC) y licuado (GNL), propulsados por pila de combustible y las motocicletas eléctricas, fomentando con ello la sostenibilidad en el sector del transporte, la disminución de las emisiones de CO2 y contaminantes y la mejora de calidad del aire, así como el ahorro y la diversificación de la energía en el sector del transporte y la consiguiente reducción de la dependencia del petróleo
DIRIGIDO A
Colectivo beneficiario:
a) Los profesionales autónomos, en cuyo caso habrán de estar dados de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores. b) Las personas físicas mayores de edad esidentes en España no incluidas en el anterior apartado a). c) Las empresas privadas, válidamente constituidas en España en el momento de presentar la solicitud, y otros tipos de personas jurídicas tal que su Número de Identificación Fiscal (NIF) comience por las letras A, B, C, D, E, F, G, J, N, R o W. d) Las Entidades Locales y las entidades públicas vinculadas o dependientes de ellas, siempre que cumplan con lo dispuesto, en relación al plazo máximo de pago a proveedores, en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, para lo cual deberán aportar certificación de la intervención local sobre el periodo medio de pago a proveedores, que no podrá superar en más de 30 días el plazo máximo establecido al efecto. e) Las Administraciones de las Comunidades Autónomas y las entidades públicas vinculadas o dependientes de ellas, siempre que cumplan con lo dispuesto en el artículo 20.3 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, y restante legislación aplicable. f) Otras entidades públicas vinculadas o dependientes de la Administración General del Estado.
PRESTACIÓN
Dotación:
20.000.000,00 euros
TRAMITES
De Solicitud y Aportación de Documentación
El trámite de "Solicitud y aportación de documentación", es el que inicia el procedimiento, para ello la persona interesada debe de presentar el formulario de solicitud correctamente cumplimentado dentro del plazo indicado de presentación de solicitudes
Trámite Solicitud
Trámite Solicitud:
Trámite Solicitud
Presencial
Documentación:
  • a) Fotocopia del DNI o NIE del particular o persona física o de la tarjeta de identificación fiscal donde conste el NIF de la persona jurídica (en vigor a la fecha de formalización de la solicitud). b) En el caso de profesionales autónomos, certificado de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores expedido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria. c) En el caso de las entidades locales y de empresas vinculadas a ellas, certificación de la intervención local sobre el periodo medio de pago a proveedores. d) En el caso de entidades públicas vinculadas o dependientes de la Administración General del Estado, Administraciones de las Comunidades Autónomas, entidades locales, y las entidades públicas vinculadas o dependientes de ellas, deberán presentar documento que acredite la facultad de representación del firmante de la solicitud, así como declaración que acredite su adscripción al sector público, especificando si se refiere a la Administración General del Estado, a una Comunidad Autónoma o a una entidad local. e) Para las empresas: i. Certificado del Registro Mercantil o, en su defecto, poder notarial. En cualquiera de los casos, deberá aparecer el firmante de la solicitud de la ayuda como representante legal de la empresa. ii. Fotocopia del DNI del representante de la empresa. iii. Fotocopia del certificado de inscripción en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores. f) Fotocopia de la ficha técnica (tarjeta ITV) del vehículo adquirido. g) Fotocopia del permiso de circulación del vehículo adquirido o fotocopia del permiso de circulación provisional emitido por la Dirección General de Tráfico. En los casos en que se emita Permiso temporal para vehículos cuya matrícula comience con la letra P, se exigirá la aportación de fotocopia del permiso de circulación definitivo en el plazo de subsanación establecido en el base octava.j de la presente resolución. Además, en los casos de vehículos eléctricos y de pila de combustible de hasta nueve meses de antigüedad, se aportará el permiso de circulación del vehículo a nombre del concesionario, punto de venta o fabricante/importador que realice la venta del vehículo al beneficiario de la ayuda. h) Cuando se supere un importe de 3.000 euros en la ayuda o ayudas que pudieran ser otorgadas a un mismo solicitante o interesado, éste estará obligado a aportar certificado de estar al corriente de las obligaciones tributarias expedido a tal efecto por la Agencia Estatal de Administración Tributaria y de estar al corriente de las obligaciones frente a la Seguridad Social, conforme con lo previsto por el artículo 22 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio. i) En el caso de renting o leasing operativo, además de los documentos anteriores, se adjuntará fotocopia del contrato de renting o leasing operativo, que establezca una duración mínima de dos años y donde figure como arrendatario del mismo el solicitante de ayuda o potencial beneficiario. Dicho contrato deberá haber sido suscrito con fecha posterior a la fecha de registro de la solicitud de ayuda y tendrá que contemplar, expresamente, que el arrendatario será el beneficiario de la ayuda del presente programa, así como la aplicación del total de la ayuda otorgada a la reducción de las cuotas o renta del arrendamiento a satisfacer por parte de dicho arrendatario, especificando el importe correspondiente a dichas cuotas antes de la aplicación de la ayuda y el mismo importe después de su aplicación. j) Fotocopia de la factura de venta del vehículo, debiendo ser la fecha de la misma posterior a la fecha de registro de la reserva de ayuda. No serán admisibles las autofacturas.
Lugares de Presentación Lugares de Presentación
Electrónico
Aplicaciones:
Solicitud


Electrónico
Aplicaciones:


ESTADO CONVOCATORIA
Plazo de presentación:
13/12/2017 - 30/06/2018
Efectos del silencio:
Desestimatorios
Recurso contra la resolución:
  • Modelo de recurso:  Recurso de Alzada
  • Órgano resolutor:    .
  • Plazo de interposición: 1 mes.
  • Plazo de resolución: 3 meses.
  • Falta de resolución: Efecto desestimatorio.
Recurso contra la desestimación por silencio:
  • Modelo de recurso:  Recurso de Alzada
  • Órgano resolutor:  .
  • Plazo de interposición: 3 meses.
  • Plazo de resolución: 3 meses.
  • Falta de resolución: Efecto estimatorio.
Trámites de solicitud