El objeto de esta orden ministerial es la convocatoria, en régimen de concurrencia competitiva, de la concesión de las subvenciones para acciones relativas al desarrollo de nuevos mercados y campañas de promoción de los productos de la pesca y de la acuicultura, cuando éstas sean promovidas por beneficiarios que cumplan los requisitos exigidos en el apartado tercero de esta orden.
NORI ZUZENDUA
Onuradunak:
Podrán ser beneficiarios de las subvenciones reguladas en la presente orden, las entidades sin ánimo de lucro, representativas del sector extractivo y comercial pesquero y de la acuicultura, solas o asociadas al efecto, de ámbito nacional o suprautonómico que presenten una acción incluida entre las expresadas en el Anexo I del Real Decreto 994/2013, de 13 de diciembre y siempre que la misma haya tenido lugar durante el plazo que establece la presente orden ministerial.
PRESTAZIOA
Dotazioa:
280.000,00 euros
TRAMITEAK
Eskabideko eta dokumentazioaren ekarpeneko izapidea
"Eskabideko eta dokumentazioaren ekarpeneko" izapideak hasten du prozedura, eta horretarako, pertsona interesdunak eskabideko inprimakia aurkeztu behar du, behar den bezala beteta, eskabideak aurkezteko adierazten den epearen barruan
Trámite Solicitud
Trámite Solicitud:
Trámite Solicitud
Aurrez aurrekoa
a) Memoria técnica y económica de las acciones a realizar, que incluya: 1.º Descripción de las acciones a realizar anualmente con su valoración económica, adjuntando al efecto sus correspondientes presupuestos, detallados y desglosados por acción, todo ello de acuerdo con lo previsto en el artículo 31.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y justificación del presupuesto elegido, en caso de no ser el económicamente más ventajoso. 2.º Calendario previsto de realización. 3.º Plan de financiación, con indicación de la aportación de recursos propios y ajenos, acreditando procedencia y aplicación de los fondos destinados a la acción objeto de subvención. 4.º Resumen de las acciones a realizar, de los presupuestos presentados y del calendario de realización según modelo que recogerá la orden de la convocatoria de las subvenciones. b) Declaración, según modelo que se establecerá en la correspondiente convocatoria, sobre cualquier tipo de ayuda ya solicitada o concedida, procedente de cualquier Administración o ente público o privado, nacional, supranacional o internacional, destinada a la financiación total o parcial de las acciones para las que se solicite la subvención; así como el compromiso de que, en el supuesto de que se perciba cualquier otra ayuda para el mismo fin después de haber sido presentada la solicitud, se comunicará inmediatamente este hecho al órgano competente para resolver. c) En el caso de que la acción se realice por varios promotores asociados al efecto, se presentará el documento que refleje la formalización de acuerdo entre los mismos, en el que se señale un representante, que actuará de interlocutor con la Administración, y al cual se le designará como perceptor de la subvención. En el documento se recogerá expresamente los compromisos de ejecución asumidos por cada miembro de la agrupación según se dispone en el artículo 11.3 segundo párrafo de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. d) Fotocopia compulsada de los Estatutos de constitución de la entidad o entidades solicitantes, debidamente legalizados, y relación nominal de los miembros componentes de sus órganos ejecutivos y de dirección en el momento de la solicitud. e) Declaración del representante de la entidad de cumplir los requisitos señalados en el articulo 20.tres de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del impuesto sobre el valor añadido. f) Certificación bancaria acreditativa de la titularidad de la cuenta donde se abonará la subvención. g) Declaración del cumplimiento de las condiciones previstas en el artículo 10 del Reglamento (UE) n.º 508/2014, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de mayo de 2014, según modelo que se establecerá en la correspondiente convocatoria.
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