Constituye el objeto de esta orden el establecimiento de las normas reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de apoyos financieros para la realización de inversiones de carácter industrial que contribuyan a reforzar la competitividad de las empresas industriales y a favorecer el desarrollo de la industria. La finalidad de dicho apoyo será favorecer el desarrollo de empresas y proyectos estratégicos, estimulando las iniciativas industriales innovadoras, que contribuyan a la generación de empleo y al aumento de las exportaciones.
NORI ZUZENDUA
Onuradunak:
Sociedades válidamente constituidas que no formen parte del sector público, y desarrollen o vayan a desarrollar una actividad industrial productiva encuadrada en la Sección C-Divisiones 10 a 32 de la CNAE 2009 (Industria Manufacturera).
Los proyectos, para que sean financiables, deberán tener un presupuesto financiable mínimo de 100.000 euros. Sólo se considerarán gastos financiables los imputables a los proyectos de inversión que se produzcan a partir del 1 de enero de 2017
PRESTAZIOA
Dotazioa:
400.000.000,00 euros
Muga:
El importe de la financiación a conceder será del 75 por ciento sobre el presupuesto financiable.
TRAMITEAK
Eskabideko eta dokumentazioaren ekarpeneko izapidea
"Eskabideko eta dokumentazioaren ekarpeneko" izapideak hasten du prozedura, eta horretarako, pertsona interesdunak eskabideko inprimakia aurkeztu behar du, behar den bezala beteta, eskabideak aurkezteko adierazten den epearen barruan
Trámite Solicitud
Trámite Solicitud:
Trámite Solicitud
Aurrez aurrekoa
Memoria del proyecto según el anexo de la orden de bases firmada electrónicamente con la utilidad AutoFirma o eCoFirma. Acreditación válida del poder del firmante Resguardo de constitución de garantía emitido por la Caja General de Depósitos Acreditación del cumplimiento de obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, sólo en el caso en el que el solicitante no autorice que el órgano concedente obtenga de forma directa dicha acreditación a través de certificados electrónicos Declaración de no tener trabajadores a cargo, sólo en caso de inexistencia de inscripción en la Seguridad Social Solicitud con firma mancomunada (Obligatoria para representación mancomunada) Documento público acreditativo de los fondos propios, (sólo en el caso de empresas constituidas en 2016 o 2017). Deberán presentar escritura de constitución, escritura de ampliación de capital social o cuentas anuales inscritas en registro mercantil. Memoria de las cuentas anuales (cuentas anuales del último ejercicio registrado en registro mercantil 2015 ó 2016) Informe de auditoría (solo si procede) Declaración trimestral del IVA (sólo en el caso de empresas constituidas en 2016 o 2017)
Eskabideak aurkezteko lekua
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