El objeto de estas ayudas es regular la concesión de primas individuales a pescadores menores de 40 años para la compra del primer barco con las siguientes condiciones:
a) tener menos de 40 años con 5 de experiencia como pescador o titulación de Formación Profesional equeivalente y que adquiera pro primera vez la propiedad parcial o total de una embarcación de pesca de eslora menor de 24 metros entre perpendiculares y de entre 5 y 30 años de antigüedad.
b) la prima no podrá superar el 15% del coste de adquisición de la propiedad ni podrá exceder de 50.000€.
La prima no podrá superar el 15% del coste de adquisición de la propiedad ni exceder de 50.000 euros.
Los criterios objetivos son:
- Esfuerzos financieros efectuados por la persona beneficiaria: 50%
- Amplitud del proyecto de inversión del joven pescador: 50%
de la Consejera de Medio Ambiente, Planificación Territorial, Agricultura y Pesca, por la que se convocan para el ejercicio 2012 las ayudas al sector pesquero y acuícola de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
Oficinas de atención al público:
Horario de atención al público:
La Administración Pública del país Vasco pone a disposición de la ciudadanía el teléfono 012.
El objeto de estas ayudas es regular la concesión de primas individuales a pescadores menores de 40 años para la compra del primer barco con las siguientes condiciones:
a) tener menos de 40 años con 5 de experiencia como pescador o titulación de Formación Profesional equeivalente y que adquiera pro primera vez la propiedad parcial o total de una embarcación de pesca de eslora menor de 24 metros entre perpendiculares y de entre 5 y 30 años de antigüedad.
b) la prima no podrá superar el 15% del coste de adquisición de la propiedad ni podrá exceder de 50.000€.
a) Las inversiones y gastos subvencionables deben realizarse en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
b) En el supuesto de personas físicas, que tengan vecindad administrativa en la CAPV en los dos años anteriores, ninterrumpidamente, al momento de la solicitud de la ayuda.
c) En el supuesto de personas jurídicas, que su sede social radique en el ámbito territorial de la CAPV.
d) Las inversiones y gastos subvencionables no pueden estar comenzados al momento de presentar la solicitud de ayuda, debiendo comprobarse dicha situación mediante Acta de Inspección Previa levantada por el servicio correspondiente del Departamento de Medio Ambiente, Planificación Territorial, Agricultura y Pesca. En aquellos supuestos en los que el objeto de la inspección no se encuentre localizado dentro de la CAPV, se aceptará como acta previa el informe realizado por una Sociedad de Clasificación reconocida.
e) El solicitante de la ayuda deber estar al corriente de las obligaciones fiscales y con la Seguridad Social.
La prima no podrá superar el 15% del coste de adquisición de la propiedad ni exceder de 50.000 euros.
Los criterios objetivos son:
- Esfuerzos financieros efectuados por la persona beneficiaria: 50%
- Amplitud del proyecto de inversión del joven pescador: 50%
Para una tramitación más rápida del expediente se recomienda enviar la solicitud vía telemática (mediante el botón “enviar” en la propia solicitud). Para ello se aconseja tener instalada la versión Adobe Reader 8.1.2. Esto no excluye de enviar la hoja de solicitud firmada y sellada, junto a la documentación requerida, a la Dirección de Pesca y Acuicultura del Departamento de Medio Ambiente, Planificación Territorial, Agricultura y Pesca del Gobierno Vasco.
30 de marzo de 2012