Planes de normalización del uso del euskera en las administraciones públicas
- Organismo:
- Cultura y Política Lingüística
Descripción
Comunicar a la Viceconsejería de Política Lingüística del Gobierno Vasco los planes de normalización del uso del euskera de las entidades del Sector Público Vasco durante el primer año del Periodo de Planificación.
¿A quién va dirigido? A todas las entidades del Sector Público Vasco:
· Sector público de la CAV
· Sector público foral
· Sector público local
En efecto, el artículo 187 de la LEY 11/2022, de Empleo Público Vasco, establece que:
1.– El euskera y el castellano son las lenguas oficiales en las administraciones públicas vascas y éstas deberán garantizar el uso de ambas lenguas en sus relaciones, tanto internas como externas.
2.– Las administraciones públicas vascas procurarán la adecuada capacitación lingüística del personal a su servicio y el uso del euskera en su ámbito de actuación, para lo cual adoptarán las medidas necesarias.
3.– A tal efecto, las administraciones públicas vascas y las instituciones y organismos de ellas dependientes aprobarán, de acuerdo con los criterios establecidos al efecto por el Gobierno Vasco, los correspondientes instrumentos de planificación lingüística en los que se fijarán los objetivos, las medidas a adoptar y los cauces a seguir para cada Periodo de Planificación.
Asimismo, las entidades podrán solicitar un informe a la Viceconsejería de Política Lingüística sobre el plan de euskera aprobado. La Viceconsejería emitirá el informe en el plazo máximo de un mes.
Para ello, las entidades deberán remitir a la Viceconsejería de Política Lingüística del Gobierno Vasco el certificado de aprobación del plan de euskera.
Normativa aplicable
Organismos
Organismo que gestiona
- Cultura y Política Lingüística > Viceconsejería de Política Lingüística
Información de contacto
Datos de contacto
Para contactar con la Dirección de Normalización Lingüística de las Administraciones Públicas:
Dirección de correo electrónico: erabileraplanak@euskadi.eus
Por teléfono:
- Julene Moyano: 945018350.
- Jon Landaluze: 945017997
- Jose Inazio Mosteiro: 945016921.
Código(s)
- Planes de normalización del uso de euskera en las administraciones públicas: 1048005
Comunicación a la Administración
Se mostrarán cuatro pasos:
- cumplimentar la comunicación,
- adjuntar los documentos y formularios preparados,
- firmar la comunicación,
- enviar la comunicación y la documentación aportada.
Cuando se ha realizado el envío, se muestra una pantalla con el acuse de recibo
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Para realizar la Comunicación a la Administración, deberá:
- disponer de un medio de identificación electrónica,
- preparar toda la documentación necesaria, escanearla en formato PDF (o en uno de los formatos admitidos) y guardarla en el ordenador,
- rellenar los formularios, si los hubiera, y guardarlos en el ordenador,
- acceder al servicio electrónico.
Observaciones:
- Es un derecho de la ciudadanía, no presentar documentos no exigidos por las normas aplicables al procedimiento de que se trate, o que ya se encuentren en poder de la Administración actuante (Artículo 53 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas). Para poder ejercer este derecho, en el apartadoDocumentación aportada anteriormente de la solicitud, cumplimentará la información de los documentos entregados.
- El seguimiento del estado del expediente se podrá realizar a través de Mi carpeta.
Otros trámites
- Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida en formato digital.
- Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
Para solicitar la modificación de los datos de notificación y comunicación, rellene el formulario que encontrará en la aplicación de tramitación electrónica.
Se pueden modificar los datos de notificación y comunicación, el idioma y el canal de tramitación siempre y cuando el expediente esté abierto.
- Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida en formato digital.
- Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
Para aportar o subsanar la documentación, rellene el formulario que encontrará en la aplicación de tramitación electrónica.
Si la solicitud no reúne los requisitos establecidos en la norma de la convocatoria, el órgano competente le requerirá que la subsane en el plazo de 10 días. De no hacerlo, la Administración supondrá que ha desistido de su solicitud.
Usted puede aportar:
- Los documentos que le ha requerido la Administración, si se le ha notificado un requerimiento de subsanación.
- Los documentos que estime necesarios, aunque la Administración no se los haya solicitado.
Más información: Artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas