Informes preceptivos de perfil lingüístico y/o fecha de preceptividad

Descripción


El artículo 23 del Decreto 86/1997 de 15 de abril dispone que, las administraciones públicas vascas deberán recabar de la Viceconsejería de Política Lingüística el preceptivo informe que prevé el artículo 97.5 de la Ley de Función Pública Vasca con carácter previo a la adopción de cualquier acuerdo relativo a la asignación de perfiles lingüísticos y preceptividades de los puestos de trabajo de sus plantillas.

 A quién va dirigido: Administraciones de la CAV:

  • La Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos.
  • El Tribunal Vasco de Cuentas Públicas.
  • El Consejo de Relaciones Laborales.
  • La Administración Foral y Local y sus Organismos Autónomos.
  • Las Juntas Generales de los Territorios Históricos.
  • El personal de administración y servicios de la Universidad del País Vasco.

La Viceconsejería emitirá dicho informe preceptivo en plazo no superior a un mes.

Organismos


Organismo que gestiona

  • Cultura y Política Lingüística > Consejero/a de Cultura y Política Lingüística

Información de contacto


Datos de contacto

Para contactar con la Dirección de Normalización Lingüística de las Administraciones Públicas:

Dirección de correo electrónico: hps-lanpostuzerrendak@euskadi.eus

Por teléfono:

  • Edorta Pascual: 945018084
  • Iñaki Villate: 945018084
  • Jon Landaluze: 945017997
  • Sonia Isasi: 945018118
  • Jose Inazio Mosteiro: 945016921

Código(s)

  • Informes preceptivos de perfil lingüístico y/o fecha de preceptividad: 1055301

Comunicación a la Administración


Se mostrarán cuatro pasos:

  1. cumplimentar la comunicación,
  2. adjuntar los documentos y formularios preparados,
  3. firmar la comunicación,
  4. enviar la comunicación y la documentación aportada.
    Cuando se ha realizado el envío, se muestra una pantalla con el acuse de recibo
  • No es necesario cumplimentar, firmar y enviar el formulario en una única sesión, sino que, si lo desea, puede guardarlo en el sistema informático de la Administración y continuar el proceso en sesiones sucesivas.
  • La Administración conservará los datos cumplimentados durante el plazo de un mes. En todo caso, la presentación de la comunicación se deberá efectuar dentro de los plazos establecidos en la normativa.

Otros trámites