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DECRETO 171/2026, de 13 de octubre, por el que se declara de interés social a Koopera Servicios Sociales y Formación, S. Coop. de Iniciativa Social.
El artículo 74 de la Ley 12/2008, de 5 de diciembre, de Servicios Sociales, establece que podrán ser declaradas de interés social las entidades sin ánimo de lucro dedicadas a la prestación de servicios sociales, que cumplan las condiciones que se determinen reglamentariamente, en reconocimiento de su trayectoria y contribución del Tercer Sector de Acción Social al desarrollo de los servicios sociales en la Comunidad Autónoma.
El Decreto 424/2013, de 7 de octubre, sobre la declaración de interés social de las entidades sin ánimo de lucro de servicios sociales, regula los requisitos y el procedimiento aplicables para la obtención de la declaración de interés social.
A su amparo, Koopera Servicios Sociales y Formación, S. Coop. de Iniciativa Social ha solicitado la declaración mencionada por entender que las actividades que desarrolla de acción social la hacen merecedora del reconocimiento como entidad de interés social.
Tal y como informa la Dirección de Promoción del Tercer Sector Social y la Acción Comunitaria, Koopera Servicios Sociales y Formación, S. Coop. de Iniciativa Social es una entidad constituida en el año 2015. Tiene como objeto los siguientes fines fundacionales:
a) Promover la integración social de personas y colectivos que sufran cualquier clase de exclusión social, posibilitando la inclusión sociolaboral de personas que presenten especiales dificultades de acceso al mercado laboral.
b) Promover la creación y crecimiento de empresas de inserción y de iniciativa social.
c) Prestar servicios asistenciales y sociales a la comunidad mediante la realización de actividades educativas, culturales, sanitarias u otras de naturaleza social.
d) Potenciar al máximo los recursos, tanto públicos como privados, existentes en la actualidad en la red pública de los servicios sociales con la finalidad de rentabilizar al máximo esta estructura en su calidad de dinamizadora y coordinadora de la acción social.
e) Promover la economía social y solidaria.
f) incidir explícitamente en la creación de empleo, denunciando los factores desencadenantes del paro, apoyando iniciativas concretas, concienciando a la población en general, promoviendo la solidaridad, incidiendo en unas relaciones laborales más justas, introduciendo elementos que posibiliten cambios en el modelo y en la mentalidad económica actual.
g) Facilitar la sensibilización, colaboración y participación social del voluntariado y de la sociedad en general en la resolución de los problemas sociales del entorno.
h) Buscar un desarrollo social global e integral, mediante la cooperación para el desarrollo con otros pueblos y el impulso de prácticas de comercio justo y solidario.
i) Defender el medio ambiente y promover el desarrollo ecológico.
Cuenta con una trayectoria histórica de prestación de servicios sociales en la Comunidad Autónoma del País Vasco, ya que ha acreditado el desarrollo de su actividad en esta Comunidad ininterrumpidamente desde 2019. El ámbito territorial en el que desarrolla principalmente sus funciones comprende el Territorio Histórico de Bizkaia.
De conformidad con lo dispuesto en el citado Decreto 424/2013, de 7 de octubre la declaración de interés social se realizará mediante Decreto acordado en Consejo de Gobierno, a propuesta de la consejera del departamento competente en materia de servicios sociales que ha instruido el oportuno expediente.
En su virtud, a propuesta de la consejera de Bienestar, Juventud y Reto Demográfico, previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su sesión celebrada el 13 de octubre de 2026,
Artículo 1.– Declarar de interés social a Koopera Servicios Sociales y Formación, S. Coop. de Iniciativa Social por considerar que contribuye al desarrollo de los servicios sociales en la Comunidad Autónoma del País Vasco mediante el desarrollo de sus actividades de acción social.
Artículo 2.– Reconocer a Koopera Servicios Sociales y Formación, S. Coop. de Iniciativa Social los derechos inherentes a esta declaración previstos en el artículo 74 de la Ley 12/2008, de 5 de diciembre, de Servicios Sociales.
Dado en Vitoria-Gasteiz, a 13 de octubre de 2026.
El lehendakari,
IMANOL PRADALES GIL.
La consejera de Bienestar, Juventud y Reto Demográfico,
NEREA MELGOSA VEGA.