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RESOLUCIÓN 9 de octubre de 2026, del director general de la Agencia Vasca del Agua, por la que se resuelve el trámite de información pública y se aprueba definitivamente el «Proyecto constructivo del colector general de saneamiento Muxika-Ebar Ajangiz» y su estudio de impacto ambiental.
Mediante Resolución del director general de la Agencia Vasca del Agua de 13 de junio de 2025, fue aprobado inicialmente el «Proyecto constructivo del colector general de saneamiento Muxika-Ebar Ajangiz», así como de su estudio de impacto ambiental, y se sometió a información pública.
El anuncio de información pública del proyecto fue publicado el 26 de junio de 2025 en el Boletín Oficial del País Vasco. Terminado el periodo de información pública no se han presentado alegaciones, si bien se han recibido tres respuestas a las consultas realizadas a las administraciones públicas afectadas, de conformidad con lo indicado en el artículo 37 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental. Se ha dado respuesta a todas ellas desde la Agencia Vasca del Agua y no ha sido necesario realizar ninguna modificación al proyecto.
Mediante Resolución de 28 de septiembre de 2026, el director de Administración Ambiental formuló favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del citado proyecto.
Asimismo, el proyecto ha sido supervisado e informado, acreditándose que es correcto técnicamente y que cumple con lo establecido en la normativa específica en la materia y con lo dispuesto en el artículo 233 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público y demás disposiciones legales vigentes.
En virtud de la delegación de funciones conferida por el Consejo de Administración de la Agencia del Agua en su sesión de 29 de junio de 2010, adoptada en aplicación de lo previsto en el artículo 13.f) de la Ley 1/2006, de 23 de junio, de Aguas, en relación con el 15.m) de la misma ley y el 10.3.m) de los Estatutos de la Agencia, le corresponde al director general la aprobación del presente proyecto.
En base a todo lo expuesto, procede resolver el trámite de información pública del proyecto, así como aprobarlo definitivamente.
Por ello, vistas las disposiciones citadas, y las demás concordantes y de general aplicación.
Primero.– Resolver el trámite de información pública del «Proyecto constructivo del colector general de saneamiento Muxika-Ebar Ajangiz» así como de su estudio de impacto ambiental.
Segundo.– Aprobar definitivamente el citado proyecto.
Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la persona titular de la Viceconsejería de Medio Ambiente, de conformidad con el artículo 6.4 de la Ley 1/2006, de 23 de junio, de Aguas, en relación con el artículo 17.3 del Decreto 410/2024, de 3 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Industria, Transición Energética y Sostenibilidad, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación o publicación, de acuerdo con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
En Vitoria-Gasteiz, a 9 de octubre de 2026.
El director general de la Agencia Vasca del Agua,
ASIER LOPEZ ETXEBARRIA.