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RESOLUCIÓN de 29 de septiembre de 2026, del director de Farmacia, por la que se acuerda el inicio del procedimiento para la autorización de creación del botiquín ubicado en el barrio de Amarotz del municipio de Tolosa (Gipuzkoa).
Visto el expediente de transmisión de la oficina de farmacia de Dña. Marta Olarreaga Aramburu, sita en la calle Martín José Iraola, 10 del municipio de Tolosa (Gipuzkoa) y sobre la base de los siguientes:
Primero.– Mediante Resolución de 5 de enero de 2021, la Viceconsejera de Financiación y Administración Sanitarias acuerda la procedencia de iniciar un nuevo procedimiento administrativo en relación con la pretensión de instalar un botiquín en el barrio Amarotz del municipio de Tolosa (Gipuzkoa).
Segundo.– La creación de dicho botiquín se autorizó mediante resolución del director de Farmacia a fecha 8 de enero de 2021. El 22 de septiembre de 2021, el director de Farmacia dictó resolución por la que se selecciona a Dña. Marta Olarreaga Aramburu, con oficina de farmacia sita en la calle Martín José Iraiola, 10 del municipio de Tolosa (Gipuzkoa), como farmacéutica responsable del botiquín a instalar en el barrio de Amarotz de Tolosa (Gipuzkoa).
Tercero.– Con fecha 10 de junio de 2022, se concede la autorización de funcionamiento de botiquín sito en la calle Amarotz, 9 del barrio de Amarotz, del municipio de Tolosa (Gipuzkoa) solicitada por Dña. Marta Olarreaga Aramburu.
Cuarto.– Tramitado y concluido el oportuno procedimiento de transmisión de la oficina de farmacia sita en la calle Martín José Iraola, 10 del municipio de Tolosa (Gipuzkoa), con fecha 24 de agosto de 2026, se ha concedido autorización de funcionamiento de dicha oficina de farmacia que fue de Dña. Marta Olarreaga Aramburu en favor de Dña. Amaia Mendizabal Olaizola y se han declarado extinguidas las autorizaciones de creación y de funcionamiento del botiquín del barrio de Amarotz del municipio de Tolosa (Gipuzkoa), manteniéndolo, no obstante, abierto al público de manera provisional, mientras se lleva a cabo el procedimiento de creación y adjudicación del botiquín.
Primero.– En virtud de lo establecido en los artículos 8.1 y concordantes del Decreto 166/1999, de 16 de marzo, por el que se establece el procedimiento para la transmisión de oficinas de farmacia, así como en el artículo 16 del Decreto 319/2024, de 29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Salud, corresponde al director de Farmacia dictar la presente Resolución.
Segundo.– El Decreto 26/2023, de 21 de febrero, de procedimiento de autorización, condiciones y régimen de funcionamiento de los botiquines, prevé entre las causas de extinción de la autorización de un botiquín, la transmisión de la oficina de farmacia a la que está vinculado. De esta forma, la responsabilidad sobre el botiquín no varía por el mismo mecanismo que la oficina de farmacia a la que está vinculado, sino que lo que procede en estos casos, siempre que las circunstancias que dieron lugar a su instalación no hayan variado, es convocar una nueva autorización de botiquín mediante el acuerdo de inicio del procedimiento a que se refiere el artículo 12 del mencionado Decreto, es decir: que los botiquines no se transmiten, sino que se autorizan. En el caso del municipio de Tolosa, la extinción de la «autorización del botiquín» no significa que deba cuestionarse su procedencia, dado que no se ha producido una alteración de los supuestos de hecho que motivaron su instalación, por lo que solo cabe constatar de nuevo esa procedencia, manteniendo la vigencia del acuerdo que la declaraba.
Por todo ello, vistos los preceptos legales citados y los de general aplicación,
Primero.– Mantener la procedencia de la instalación del botiquín en el barrio de Amarotz del municipio de Tolosa (Gipuzkoa).
Segundo.– Acordar el inicio del procedimiento para la autorización de creación del citado botiquín.
Tercero.– Procédase a dar traslado a todos los farmacéuticos titulares de oficinas de farmacia del municipio, al objeto de, si lo consideran oportuno, presentar solicitud de autorización de creación de botiquín, quedando sujeta esta convocatoria a las siguientes características:
– Municipio de instalación:
Tolosa (Gipuzkoa).
– Zona Farmacéutica:
De tipo B1, denominación Tolosa y que comprende el municipio de Tolosa, excepto las entidades Aldaba y Bedaio de la ZS. 3.4.01 y ZF 3.C.TA.13.
– Posibles locales de ubicación:
B.º Amarotz, 9.
– Título disponibilidad del local:
Las personas interesadas podrán solicitar información sobre las condiciones de uso del local al Servicio de Ordenación Farmacéutica, a través del teléfono 945 019 269 o del correo electrónico ordfarma-san@euskadi.eus
– Documentación necesaria:
La prevista en el artículo 12.3 del Decreto 26/2023, de 21 de febrero.
– Plazo de presentación:
1 mes a partir del día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del País Vasco de la presente Resolución.
Cuarto.– Notifíquese a las personas interesadas la presente Resolución, con indicación de que no agota la vía administrativa y que contra ella podrán interponer recurso ordinario ante la Viceconsejería de Administración y Financiación Sanitarias, en el plazo de un mes a partir de la recepción de su notificación, así como cualquier otro que estimen oportuno.
En Vitoria-Gasteiz, a 29 de septiembre de 2026.
El director de Farmacia,
JON IÑAKI BETOLAZA SAN MIGUEL.