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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 166, martes 1 de septiembre de 2026


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OTRAS DISPOSICIONES

ELANKIDETZA-AGENCIA VASCA DE COOPERACIÓN Y SOLIDARIDAD
3757

RESOLUCIÓN de 10 de julio de 2026, del director de eLankidetza-Agencia Vasca de Cooperación y Solidaridad, por la que se resuelve la convocatoria de ayudas para la fase de identificación de programas de cooperación para el desarrollo, para el ejercicio 2026.

Por Resolución de 18 de marzo de 2026, del director de eLankidetza-Agencia Vasca de Cooperación y Solidaridad, se convocan ayudas para la fase de identificación de programas de cooperación para el desarrollo, para el ejercicio 2026 (BOPV n.º 76, de 24 de abril).

A la vista de la propuesta de concesión de las ayudas efectuada de acuerdo con lo que establece la Base 17 de la referida convocatoria y en aplicación de los criterios recogidos en su Anexo II, tras haber sido realizado el análisis técnico y la valoración de las solicitudes de ayudas por la comisión de selección de eLankidetza-Agencia Vasca de Cooperación y Solidaridad,

RESUELVO:

Primero.– Adjudicar las ayudas convocadas por Resolución de 18 de marzo de 2026, del director de eLankidetza-Agencia Vasca de Cooperación y Solidaridad, por la que se convocan ayudas para la fase de identificación de programas de cooperación para el desarrollo, para el ejercicio 2026, a las entidades recogidas en el Anexo I de esta Resolución, por el importe y en los términos que se indican en el mismo.

Segundo.– Denegar las solicitudes de ayudas a las entidades que se relacionan en el Anexo II por agotamiento de los fondos de la convocatoria.

Tercero.– Excluir las solicitudes de ayudas a las entidades que se relacionan en el Anexo III por los motivos que se indican en el mismo.

Cuarto.– Destinar a la convocatoria de ayudas a intervenciones de acción humanitaria, en su modalidad de proyectos, el remanente de seis euros no asignado de la dotación de esta convocatoria, en aplicación de lo establecido en la Base 5.3.

Quinto.– Ordenar la publicación de la presente Resolución, para su general conocimiento, en el Boletín Oficial del País Vasco.

Sexto.– Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante la Presidencia de eLankidetza-Agencia Vasca de Cooperación y Solidaridad en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco. Si transcurriesen tres meses desde la interposición del recurso de alzada sin que recaiga resolución, se podrá entender desestimado, quedando expedita la vía contencioso-administrativa.

En Vitoria-Gasteiz, a 10 de julio de 2026.

El director de eLankidetza-Agencia Vasca de Cooperación y Solidaridad,

FRANCISCO JAVIER CORTÉS FERNÁNDEZ.

ANEXO I
SOLICITUDES SUBVENCIONADAS
(Véase el .PDF)
ANEXO II
SOLICITUDES DENEGADAS POR AGOTAMIENTO DE FONDOS
(Véase el .PDF)
ANEXO III
SOLICITUDES EXCLUIDAS
(Véase el .PDF)

Análisis documental