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RESOLUCIÓN de 31 de julio de 2026, del viceconsejero de Alimentación y Desarrollo Rural, por la que se conceden las ayudas solicitadas al amparo de la Orden de 15 de octubre de 2025, de la consejera de Alimentación, Desarrollo Rural, Agricultura y Pesca, por la que se convocan, para el año 2025, ayudas a la diversificación subsectorial agraria en el ámbito de la innovación ligada a calidad o transformación productiva.
Mediante la Orden de 15 de octubre de 2025, de la consejera de Alimentación, Desarrollo Rural, Agricultura y Pesca, se convocaron para el ejercicio 2025 ayudas a la diversificación subsectorial agraria en el ámbito de la innovación ligada a calidad o transformación productiva (BOPV n.º 207, de 29 de octubre de 2025).
Según lo establecido en la Base 11.2 de la precitada Orden de convocatoria, la Comisión de valoración emitirá, sobre la base de los criterios objetivos de valoración y cuantificación de las ayudas establecidas, informe en el que se concrete el resultado de la evaluación efectuada, estableciéndose en la Base 13 que la persona titular de la Dirección de Agricultura y Ganadería formulará propuesta de resolución teniendo en cuenta el informe de la Comisión de Valoración.
La directora de Agricultura y Ganadería emitió una propuesta de resolución definitiva de aprobación de esta convocatoria de ayuda.
La citada norma reguladora establece que la concesión y denegación de las ayudas se efectuará mediante resolución del viceconsejero de Alimentación y Desarrollo Rural en base a la propuesta de resolución elevada por el órgano gestor de la ayuda.
Vista la propuesta de resolución definitiva de la directora de Agricultura y Ganadería, teniendo en cuenta la misma, se ha adoptado la siguiente resolución.
Primero.– Conceder las ayudas previstas en la Orden de 15 de octubre de 2025 a los solicitantes y por los importes recogidos en el Anexo I y denegar las ayudas recogidas en el Anexo II.
Segundo.– El pago de la ayuda concedida, se realizará según se establece en la base 15 de la Orden de 15 de octubre de 2025.
Tercero.– Contra la presente Resolución se podrá interponer recurso de alzada ante la consejera de Alimentación, Desarrollo Rural, Agricultura y Pesca en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En Vitoria-Gasteiz, a 31 de julio de 2026.
El viceconsejero de Alimentación y Desarrollo Rural,
RAÚL PÉREZ IRACHETA.