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RESOLUCIÓN de 2 de noviembre de 2023, de la Directora de Infraestructuras del Transporte, por la que se aprueba el «Proyecto constructivo de acceso y penetración al puerto de Pasaia».
Existe un objetivo compartido por el Gobierno Vasco y el Puerto de Pasaia de incrementar el tráfico ferroviario y minimizar el tráfico de camiones en las carreteras, que se ha traducido en un acuerdo para trasladar bobinas, procedentes de Europa hacia el Puerto, utilizando las vías ferroviarias hasta Durango, desde donde se transportarán a sus destinos finales.
Actualmente, la línea de ferrocarril Donostia-Hendaia de Euskotren discurre en su trazado junto a las instalaciones del Puerto de Pasaia siendo posible plantear una conexión ferroviaria que permitiría acceder y penetrar a las instalaciones del Puerto, entre las actuales estaciones de Herrera y Pasaia.
La línea actual discurre, junto a las instalaciones del Puerto de Pasaia, en un tramo descubierto, entre la salida del soterramiento de la estación de Herrera y la entrada al túnel bajo la antigua N-1, de unos 150 m de longitud aproximada que facilita la conexión. Se trata de una vía sobre balasto.
Por otra parte, de la red ferroviaria del puerto, las vías que forman parte de este proyecto son las siguientes:
– Vía de acceso al haz técnico: vía en placa que va desde la actual topera, situada frente al almacén 1, hasta la entrada del haz técnico del puerto, con un trazado prácticamente paralelo al del paseo del Puerto de Pasaia (antigua N-1). Tiene una longitud de 690 m aproximados.
– Vía de acceso a la nave de Algeposa: vía desviada de la anterior que discurre en placa y ancho ibérico y que permite a su vez la derivación hacia el muelle Buenavista. Tiene una longitud aproximada de 380 m.
El objeto del proyecto es el de definir, a nivel de proyecto constructivo, todas las actuaciones necesarias para posibilitar la conexión de la red general de ETS (Red Ferroviaria Vasca-Euskal Trenbide Sarea) con la actual red ferroviaria del Puerto de Pasaia implementando además del ancho métrico y el ancho internacional en parte de la red.
El Proyecto tiene un presupuesto de ejecución material que asciende cuatro millones seiscientos cincuenta y un mil cuarenta y cuatro euros con cincuenta y nueve céntimos (4.651.044,59), que significa un presupuesto base de licitación con IVA de seis millones seiscientos noventa y siete mil treinta y nueve euros con once céntimos (6.697.039,11), y un presupuesto para conocimiento de la Administración sin IVA de cinco millones quinientos treinta y cuatro mil setecientos cuarenta y tres euros con siete céntimos (5.534.743,07).
El plazo de ejecución estimado para las obras es de veinte (20) meses.
Los Servicios Técnicos de Euskal Trenbide Sarea (ETS) han verificado que este proyecto responde a su objeto y cumple los requisitos exigidos por la Ley de Contratos del Sector Público y por el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, por cuanto recoge los aspectos suficientes y necesarios para su ejecución por contrata; así mismo han revisado el proyecto a nivel formal y ratifica que cumple con lo estipulado en la Ley de Contratos del Sector Público y el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas en cuanto a la inclusión de los documentos necesarios y la normativa vigente en relación a su contenido, las firmas y aspectos formales, las bases e hipótesis de cálculo necesarias y el contenido relacionado en el artículo 233.1 de la Ley de Contratos del Sector Público.
Este órgano es competente para la elaboración y aprobación de los proyectos de la red de Ferrocarril, según lo dispuesto en el artículo 16.2.b) del Decreto 11/2021, de 19 de enero de 2021, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes.
Vistas las disposiciones citadas, y demás concordantes y de general aplicación,
Primero.– Aprobar el «Proyecto Constructivo de acceso y penetración al puerto de Pasaia» con un presupuesto base de licitación, IVA incluido, de seis millones seiscientos noventa y siete mil treinta y nueve euros con once céntimos (6.697.039,11), y con un plazo de ejecución estimado para las obras de veinte (20) meses.
Segundo.– La aprobación de este proyecto Constructivo conlleva la declaración de utilidad pública o interés social de las obras, la necesidad de ocupación y la declaración de urgencia de la ocupación de los bienes y derechos afectados relacionados en el anexo correspondiente del propio Proyecto Constructivo.
Esta resolución no es definitiva en vía administrativa y contra ella los interesados pueden interponer recurso de alzada ante el Viceconsejero de Infraestructuras y Transportes, dentro del plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación o publicación, dirigiendo el escrito de interposición bien a este órgano, bien al Viceconsejero de Infraestructuras y Transportes.
Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos (2) meses, ante la sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, sin perjuicio de poder efectuar requerimiento previo en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Lo que se hace público para general conocimiento.
En Vitoria-Gasteiz, a 2 de noviembre de 2023.
La Directora de Infraestructuras del Transporte,
MARÍA DOLORES DE JUAN DE MIGUEL.