
El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico
ANUNCIO relativo a la Oferta de Empleo Público 2022, dentro del proceso de estabilización regulado por la Ley 20/2021, del 28 de diciembre.
Visto que el artículo 2 de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público dispone lo siguiente:
«Adicionalmente a lo establecido en los artículos 19.uno.6 de la Ley 3/2017, de 27 de junio de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017 t 19.uno 9 de la Ley 6/2018, de 3 de julio de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, se autoriza una tasa adicional para la estabilización de empleo temporal que incluirá las plazas de naturaleza estructural, que estén o no dentro de las relaciones de puestos de trabajo, plantillas u otra forma de organización de recursos humanos que estén contempladas en las distintas Administraciones Publicas y estando dotadas presupuestariamente hayan estado ocupadas de forma temporal e ininterrumpidamente al menos en los tres años anteriores a 31 de diciembre de 2020.
Las ofertas de empleo que articulen los procesos de estabilización contemplados en el apartado 1, así como el nuevo proceso de estabilización, deberán aprobarse y publicarse en los respectivos diarios oficiales antes del 1 de junio de 2022 y serán coordinados por las Administraciones Públicas competentes»
Resultando que la D.A. 6 de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público dispone lo siguiente:
Las Administraciones Publicas convocaran con carácter excepcional y de acuerdo con lo previsto en el artículo 61.6 y 7 del TREBEP, por el sistema de concurso, aquellas plazas que, reuniendo los requisitos establecidos en el artículo 2.1, hubiera estado ocupadas con carácter temporal de forma ininterrumpida con anterioridad a 1 de enero de 2016.
En virtud de lo dispuesto en el artículo 21.1 g de la Ley 7/1985, la Alcaldía ostenta las atribuciones de aprobar la oferta de empleo público, por lo que, consensuado con el Pleno de la Corporación municipal,
Primero.– Aprobar la oferta pública de empleo extraordinaria para la reducción de la temporalidad en el empleo público en los siguientes términos:
Segundo.– Ordenar su publicación en el Boletín Oficial de Bizkaia y en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento y la página web.
Tercero.– Notificar la presente Resolución a las personas interesadas.
En Ibarrangelu, a 22 de mayo de 2022.
El Alcalde,
JESUS MARIA ZILUAGA ACEBO.