Consulta

Consulta simple

Servicios


Último boletín RSS

Boletin Oficial del País Vasco

N.º 46, viernes 6 de marzo de 2009


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

Administración de Justicia

Juzgado de Primera Instancia N.º 3 de Irun
1286

EDICTO dimanante del procedimiento 345/08 seguido sobre reclamación de cantidad.

Juzgado de Primera Instancia n.º 3 de Irun (Gipuzkoa).

Juicio: Juicio verbal L2 345/08.

Demandante: Sociedad Vascongada de Publicaciones, S.A.

Abogado: Laskibar Gartzia, Asier.

Procurador: Jesús Gurrea Frutos.

Demandado: Jesús Belinchon Díaz.

Sobre: reclamación de cantidad.

En el referido juicio se ha dictado sentencia cuyo fallo es el siguiente:

FALLO

Que, con estimación íntegra de la demanda interpuesta por Sociedad Vascongada de Publicaciones, S.A. contra don Jesús Belinchon Díaz:

1.- Condeno al demandado a abonar a la entidad actora la cantidad de 1.058,66 euros en concepto de principal y costes de cobro.

2.- Condeno al demandado a abonar a la demandante la suma que resulte de aplicar el tipo de interés previsto en el artículo 7.2 de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, de medidas de lucha contra la morosidad en las relaciones comerciales, a las siguientes cantidades:

2.1.- A la suma de 489,64 euros, desde el día 11 de agosto de 2004, hasta el momento del íntegro abono de la misma y

2.2.- A la suma de 556,34 euros desde el día 11 de septiembre de 2004 hasta la fecha del completo abono de esta misma.

Y todo ello, con expresa imposición a la parte demandada de las costas procesales causadas.

Así, por esta mi sentencia, de la que se llevará testimonio literal a los autos originales y se notificará a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Gipuzkoa que, en su caso, habrá de prepararse ante este Juzgado, en el plazo de los cinco días siguientes desde su notificación, lo pronuncio, mando y firmo, Maria Aurora Gabino Amantegui, Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 3 de Irun.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado D. Jesús Belinchon Díaz y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn), se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial del País Vasco.

Contra dicha resolución el demandado rebelde puede interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Gipuzkoa.

El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles, contados desde el siguiente a la publicación de este edicto y limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 de la LECn).

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.

En Irun, a 5 de febrero de 2009.

EL/LA SECRETARIO JUDICIAL.


Análisis documental