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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 46, viernes 6 de marzo de 2009


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Administración de Justicia

Juzgado de Primera Instancia N.º 10 de Bilbao
1281

EDICTO dimanante del procedimiento ordinario n.º 716/07.

Juzgado de Primera Instancia n.º 10 de Bilbao (Bizkaia).

Juicio: Pro. ordinario L2 716/07.

Demandante: Andrés Herrero Herce, Nieves Hierro Herrero, Santiago Herrero Usubiaga, Rosa María Herrero Herce, María Jesús Macarrilla Herrero, María Aurora Macarrilla Herrero, María Idoya Macarrilla Herrero, María Carmen Macarrilla Herrero y Jose María Ugalde Herrero.

Abogado:

Procurador: María del Mar Ortega González, María del Mar Ortega González, María del Mar Ortega González, María del Mar Ortega González, María del Mar Ortega González, María del Mar Ortega González, María del Mar Ortega González, María del Mar Ortega González y María del Mar Ortega González.

Demandado: Herederos desconocidos de doña Encarnación Herrero López y de Alejandro Fernández López.

Sobre: juicio ordinario.

En el referido juicio se ha dictado sentencia de fecha 01-09-2008 cuyo fallo es el siguiente:

FALLO

Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por la Procuradora D.ª María del Mar Ortega González en nombre y representación de D. Santiago Herrero Usubiaga, D. Andrés Herrero Herce, D. José María Ugalde Herrero, D.ª María Nieves Hierro Herrero, D.ª María Jesús Macarrilla Herrero, D.ª María Aurora Macarrilla Herrero, D.ª María Idoya Macarrilla Herrero, D.ª María Carmen Macarrilla Herrero y D.ª Rosa María Herrero Herce, contra los herederos desconocidos de D.ª Encarnación Herrero López y de D. Alejandro Fernández López, en situación de rebeldía, debo condenar y condeno a los citados demandados a que eleven a escritura pública el documento privado de compraventa de fecha 10 de junio de 1975 de la mitad indivisa de la vivienda sita en el quinto exterior derecha de la casa señalada hoy con el número 98, anteriormente con el número 108, de la calle Santutxu de la villa de Bilbao, con apercibimiento de que de no efectuarlo se otorgará por Su Señoría en su nombre.

Todo ello con expresa imposición de costas a la parte demandada.

Modo de impugnación: mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Bizkaia (artículo 455 LECn).

El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 LECn).

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado D./D.ª herederos desconocidos de doña Encarnación Herrero López y de Alejandro Fernández López y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn), se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma.

Contra dicha resolución el demandado rebelde puede interponer recurso de apelación ante la Audiencia provincial de Bizkaia.

El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles, contados desde el siguiente a la publicación de este edicto y limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 de la LECn).

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.

En Bilbao (Bizkaia), a 30 de septiembre de 2008.

EL/LA SECRETARIO JUDICIAL.


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