Besaldi
Besaldi
Besaldi, nuestro órgano público independiente de evaluación de las políticas de empleo e inclusión es creado inicialmente en la Ley 14/2022, de 22 de diciembre, del Sistema Vasco de Garantía de Ingresos y para la Inclusión (Titulo IX. Evaluación del sistema vasco de garantía de ingresos y para la inclusión y Órgano de Evaluación, investigación e innovación en materia de inclusión).
Posteriormente es modificado por la : Ley 15/2023, de 21 de diciembre, de Empleo (Disposición final primera- Modificación de la Ley 14/2022, de 22 de diciembre, del Sistema Vasco de Garantía de ingresos y para inclusión).
El titular del Órgano y su suplente son nombrados por el Decreto 14/2024, de 13 de febrero, por el que se nombra a la persona titular del Órgano de evaluación, investigación e innovación en materia de inclusión.
Adopta el uso de la marca “Besaldi” mediante la Resolución 1/2024, de 13 de septiembre de 2024, del titular del Órgano de evaluación de las políticas de empleo e inclusión sobre el uso de la marca “Besaldi”.
Besaldi se ubica departamentalmente en el Decreto 323/2024, de 5 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Economía, Trabajo y Empleo .
El Órgano de evaluación de las políticas de empleo e inclusión se crea como órgano unipersonal, requiriéndose para ser su titular un reconocido prestigio y una experiencia mínima de quince años de ejercicio profesional en materias de análisis y evaluación de las políticas públicas.
El nombramiento del titular y su suplente requiere también el informe favorable del Consejo Vasco de Políticas Públicas de Empleo y del Consejo Vasco de Inclusión.
El titular del Órgano (considerado alto cargo) no puede solicitar ni aceptar instrucciones y sólo puede ser removido de su puesto por las siguientes causas: fallecimiento, expiración de su mandato (que es de cinco años, prorrogables), renuncia formalizada por escrito, incumplimiento grave de sus obligaciones. condena a pena privativa de libertad o a inhabilitación absoluta o especial para empleo o cargo público o incapacidad sobrevenida para el ejercicio de su función.
La Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi garantiza los medios personales y materiales que el Órgano precise para su funcionamiento.
Fecha de última modificación: