Subvenciones para la realización de proyectos de innovación y emprendimiento a desarrollar en el curso 2025-2026

[ProyPVFP]

Descripción


Objeto

La presente convocatoria tiene por objeto la financiación de la liberación total o parcial de personal docente de los centros privados concertados para el desarrollo, en el curso académico 2025-2026, de proyectos de innovación que deberán estar alineados con el 6º Plan Vasco de Formación Profesional.

A su vez, posibilitarán la transferencia del conocimiento adquirido en los mismos al alumnado, al resto de centros de Formación Profesional del País Vasco, así como a las empresas, en especial a las Pymes.

Dotación presupuestaria

770.000 (euro)

Prestación económica

Se destinará un importe de 462.000 euros (60% del presupuesto disponible) para el ámbito de Digitalización: Ámbito Innovación Tecnológica y Sistemas Inteligentes, y un importe de 308.000 euros (40% del presupuesto disponible) para el de Sostenibilidad: Ámbito Biociencias y Sostenibilidad.

 

Forma de pago:

1.– El abono de las subvenciones concedidas se efectuará fraccionadamente mediante tres libramientos, que se materializarán de la siguiente forma:

a) El primer libramiento será por el 20% del importe de la subvención concedida a cada una de las personas beneficiarias, una vez transcurrido el plazo indicado en el artículo 20.1, sin haber mediado renuncia y previa presentación antes del 24 de octubre de 2025 del Anexo II, Certificación de dedicación horaria del personal docente liberado y sustituto. Junto con la certificación se adjuntará el DAE (Documento de Actividades Educativas), en su versión cerrada debidamente cumplimentado y firmado por la Directora o el Director del centro en el que quede reflejado como «Proyectos de Innovación y Emprendimiento» la liberación del personal docente titular y sustituto dedicada al proyecto subvencionado.

b) El segundo libramiento será por el 60% del importe de la subvención concedida a cada una de las personas beneficiarias en el ejercicio 2026, coincidiendo con el 50 % del desarrollo del proyecto y previo informe de evaluación positiva de la Viceconsejería de Formación Profesional y previa presentación de la relación de gastos de personal docente sustituto a fecha de 1 de abril de 2026 (Anexo III).

c) El tercer libramiento se realizará por la cantidad restante, el 20%, una vez finalizado el proyecto subvencionado, tras la justificación de todos los gastos incurridos y el cumplimiento de todos los apartados del artículo anterior.

2.– En el caso de los proyectos en colaboración seleccionados, tanto la concesión como el abono de las cantidades correspondientes se realizará de forma individual a cada una de las entidades que colaboran en la concepción y desarrollo de este.

A quién va dirigido


Centros concertados de enseñanza no universitaria de la Comunidad Autónoma del País Vasco

Personas físicas o jurídicas titulares de los centros privados que, en el curso académico 2025-2026, tengan concertados ciclos formativos de Formación Profesional en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Requisitos:

  • Tener suficiente poder de representación

Requisitos

  • Duración y periodo de cobertura.

  • Proyectos individuales o de colaboración.

  • Ser centro privado concertado que imparte ciclos formativos de Formación Profesional en el curso académico 2025-2026.
  • No hallarse sancionada administrativa o penalmente con la pérdida de la posibilidad de obtención de ayudas o subvenciones públicas o no estar incursa en alguna prohibición legal que le inhabilite para ello, con mención expresa a las que se hayan producido por discriminación de sexo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 23 del Decreto Legislativo 1/2023, de 16 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres y Vidas Libres de Violencia Machista contra las Mujeres.
  • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias

  • Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones frente a la Seguridad Social.

  • Hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones

  • No encontrarse incursa en ninguna de las circunstancias que establece el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • En el caso de proyectos en colaboración, será necesario que concurran los requisitos exigidos en todos sus miembros.
  • Comunicar la solicitud y, en su caso, obtención de subvenciones, ayudas, ingresos u otros recursos para la misma finalidad, procedentes de cualquier administración o ente público y privado, indicando, en caso afirmativo, la cuantía y el nombre de la entidad concedente.

  • Aceptar la subvención concedida. En este sentido si en el plazo de 10 días tras la fecha de notificación de la concesión de la subvención la persona o entidad beneficiaria no renuncia expresamente a la misma, se entenderá que esta queda aceptada.

Organismos


Organismo que convoca

  • Educación / Viceconsejería de Formación Profesional > Dirección de Transformación Digital y Aprendizajes Avanzados

Organismo que resuelve

  • Educación / Viceconsejería de Formación Profesional > Dirección de Transformación Digital y Aprendizajes Avanzados

Información de contacto


Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía

Código

0120413

Solicitud y aportación de documentación


Se mostrarán cuatro pasos:

  1. cumplimentar el formulario de la solicitud
  2. adjuntar los documentos y formularios preparados
  3. firmar la solicitud
  4. enviar la solicitud y la documentación aportada.
    Cuando se ha realizado el envío, se muestra una pantalla con el acuse de recibo
  • No es necesario cumplimentar, firmar y enviar el formulario en una única sesión, sino que, si lo desea, puede guardarlo en el sistema informático de la Administración y continuar el proceso en sesiones sucesivas.
  • La Administración conservará los datos cumplimentados durante el plazo de un mes. En todo caso, la presentación de la solicitud se deberá efectuar dentro de los plazos establecidos en la normativa.

Resolución y recursos


Plazo de resolución

Seis meses a contar desde la publicación de la orden de convocatoria

Tipo de concesión de la ayuda

Concursal

Efectos del silencio

Desestimatorios

Certificación de dedicación horaria del personal docente y sustituto.


Presentación antes del 25 de octubre de 2024.

Junto con la certificación se adjuntará el Documento de Actividades Educativas, DAE, en su versión cerrada debidamente cumplimentado y firmado por la Directora o el Director del Centro en el que quede reflejado como «Proyectos de Innovación y Emprendimiento» la liberación del personal docente titular y sustituto dedicada al proyecto subvencionado.

  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Relación de gastos de personal docente sustituto


  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Justificación final


Las personas beneficiarias deberán presentar la justificación antes del 5 de septiembre de 2025.

  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Otros trámites