Departamento de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes

Ayudas para la adquisición e implantación de sistemas de nuevas tecnologías y de seguridad en el sector del transporte público 2022.

[Nuevas Tecnologías 2022]

Descripción


Objeto

Fomento de la modernización del sector del transporte público de mercancías y viajeros en autobús, mediante la adqusición e implantación de sistemas de localización y gestión de flotas, elementos de seguridad, optimización de conducción, así como la instalación de Sistemas de Retención Infantil (SRI)homologados, destinados a la prestación de servicios de transporte escolar y de menores.

 

Dotación presupuestaria

150.000 €

Prestación económica

El objeto del presente programa es la concesión de ayudas a la adquisición e implantación de los siguientes sistemas (excluyéndose los contratos de leasing, renting o cualquier otro negocio jurídico diferente de la adquisición), que deberán ser realizadas durante el año 2022 y, en todo caso, antes del 30 de noviembre de 2022.

  1. Sistemas de localización y gestión de flotas (GPS o similar), conectados a un centro de control y gestión, para transporte público pesado de mercancías y de personas viajeras en vehículos de más de nueve plazas, incluido el conductor o conductora. No se subvencionarán la adquisición individualizada de elementos de localización, que no estén integrados en un sistema de control y gestión de flotas.
  2. Elementos de seguridad en los vehículos de transporte público pesado de mercancías y de personas viajeras en vehículos de más de nueve plazas, incluido el conductor o conductora, que contribuyan a una conducción segura, tales como:
  • Sistemas antitijera.
  • Registrador de accidentes.
  • Detección y auto extinguido de incendios.
  • Sistemas de cámara que registran desde la luna delantera la dinámica de conducción (dash cam), además de todas aquellas enfocadas a mejorar la visibilidad o la maniobrabilidad en la conducción.
  • Tecnologías para mitigar colisiones como el uso de sensores y radares para evitar dichas colisiones.
  • Sistemas de llamada de emergencia o de aviso automático al puesto de control en caso de accidente o emergencias.

       c. Sistemas cuyo objeto sea optimizar la conducción eficiente y reducir el consumo de combustible, tales como:

  • Económetros y sistemas de monitorización de la conducción.
  • Controladores de velocidad de crucero.

       d. Sistemas de Retención Infantil homologados por la normativa ECE R44/04 en los vehículos destinados a la prestación de servicios de transporte público regular de uso especial escolar y de menores por carretera. 

Las ayudas consistirán en el abono de una subvención correspondiente a:

  1. En el supuesto a), el 50% del coste global. En todo caso la subvención tendrá un límite máximo de 10.000 euros por persona beneficiaria.
  2. En el supuesto b), el 50% del coste global. En todo caso la subvención tendrá un límite máximo de 10.000 euros por persona beneficiaria.
  3. En el supuesto c), el 50% del coste global. En todo caso la subvención tendrá un límite máximo de 10.000 euros por persona beneficiaria.
  4. En el supuesto d), sesenta (60,00) euros por asiento equipado.

En el supuesto de que con la dotación indicada en el apartado segundo del artículo 1 de la presente Orden no alcanzase para atender a la totalidad de las solicitudes presentadas en la cuantía máxima contemplada en el apartado 1 de este artículo, dicha dotación se distribuirá entre todas las solicitudes formuladas que cumplan los requisitos exigidos, en la misma proporción que tuvieran las cantidades calculadas inicialmente para cada uno de ellos con el importe total necesario para cubrirlas en su totalidad.

 

Forma de pago:

El abono de la ayuda concedida se efectuará mediante un único pago una vez realizada la implantación de las acciones objeto de subvención y justificados documentalmente la totalidad de los gastos realizados mediante la presentación de una cuenta justificativa cuya elaboración se ajustará a lo señalado en el apartado segundo del artículo 30 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

Dicha cuenta justificativa contendrá los aspectos siguientes:

  1. Una memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las inversiones realizadas y de los resultados obtenidos.
  2. Una relación clasificada de los gastos e inversiones realizados, con identificación del acreedor y del documento, su importe, fecha de emisión y, en su caso, fecha de pago. En caso de que la subvención se otorgue con arreglo a un presupuesto estimado, se indicarán las desviaciones acaecidas.
  3. Un detalle de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la inversión subvencionada con indicación del importe y su procedencia.

A la misma se le acompañarán las correspondientes facturas definitivas o documentos acreditativos del gasto subvencionable. En todo caso se deberá aportar dicha documentación con anterioridad al 30 de noviembre de 2022.

No podrá realizarse el pago de la subvención en tanto la persona beneficiaria no se halle al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social o sea deudor por resolución de procedencia de reintegro.

A quién va dirigido


Personas físicas o jurídicas

Requisitos

  • Podrán ser beneficiarias de las ayudas reguladas en la presente Orden las personas físicas o jurídicas que en la fecha de presentación de solicitudes cumplan los siguientes requisitos:

Organismos


Organismo que convoca

  • Planificación Territorial, Vivienda y Transportes / Viceconsejería de Infraestructuras y Transportes > Dirección de Planificación del Transporte

Organismo que resuelve

  • Planificación Territorial, Vivienda y Transportes / Viceconsejería de Infraestructuras y Transportes > Dirección de Planificación del Transporte

Información de contacto


GOBIERNO VASCO

Departamento de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes

Dirección de Planificación del Transporte

C/ Donostia-San Sebastián, 1

01010

Vitoria-Gasteiz

Teléfono: 945019714

e-mail: DT-Trans@euskadi.eus

Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía

Código

0034907

Solicitud y aportación de documentación


Para solicitar la subvención, hay que presentar el formulario de solicitud, junto con la documentación que se describe en las Instrucciones de aportación de documentación. La tramitación sólo puede iniciarse y continuar por canal telemático.

 

  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Resolución y recursos


Plazo de resolución

Seis meses a partir de la fecha de publicación en el BOPV de la Orden de convocatoria.

Tipo de concesión de la ayuda

No concursal

Efectos del silencio

Desestimatorios

Otros trámites