Departamento de Gobernanza Pública y Autogobierno

Subvenciones a centros municipales de enseñanzas musicales (2022).

[MUSIKA-UDAL]

Descripción


Objeto

Convocar subvenciones para contribuir a la financiación de los costes referidos al curso académico 2021-2022 de los conservatorios de titularidad municipal, que imparten enseñanzas regladas de música (enseñanzas elementales y enseñanzas profesionales), y de las escuelas de música municipales, reguladas por el Decreto 289/1992, de 27 de octubre.

Dotación presupuestaria

13.675.803 (euro)

Prestación económica

Forma de pago:

El abono de las subvenciones concedidas al amparo de la presente Orden se realizará mediante un único pago, por el total de la ayuda concedida, tras la firma del convenio señalado en el artículo 9, y una vez transcurrido el plazo señalado en el apartado 1 del artículo 19.

A quién va dirigido


Entidades locales

Podrán participar en la presente convocatoria las entidades locales titulares de centros de enseñanza musical de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Requisitos:

  • Ser entidad titular de los siguientes centros de enseñanzas musicales de la Comunidad Autónoma del País Vasco, existentes a la entrada en vigor de la LEY 2/2016, de 7 de abril, de Instituciones Locales de Euskadi.

  • Acreditar suficiente poder de representación
  • Acreditar el cumplimiento de las obligaciones tributarias

  • Estar al corriente de las obligaciones con la Seguridad Social

Requisitos

  • Comunicar la solicitud y, en su caso, la obtención de subvenciones, ayudas, ingresos u otros recursos para la misma finalidad, procedentes de cualquier administración o ente (tanto público como privado).

  • No hallarse la persona o entidad solicitante sancionada administrativa o penalmente con la pérdida de la posibilidad de obtención de ayudas o subvenciones públicas, o incursa en alguna prohibición legal que inhabilite para ello, con expresa referencia a las que se hayan producido por discriminación de sexo de conformidad con lo dispuesto en la Disposición final sexta de la ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres.

  • No hallarse comprendida la entidad solicitante en ninguna de las circunstancias prevenidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones para la obtención de la condición de beneficiaria.
  • Quedan excluidas las empresas con deudas a la UE sujetas a una orden de recuperación de ayudas pendiente, tras una decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado interior así como las empresas en crisis, de acuerdo con la definición de las Directrices sobre ayudas estatales de salvamento y de reestructuración de empresas no financieras en crisis (DO, C 249, 31.07.2014).

Organismos


Organismo que convoca

  • Educación > Consejero/a de Educación

Organismo que resuelve

  • Educación > Viceconsejería de Educación

Información de contacto


Zuzenean: Atención a la ciudadanía

Si tiene problemas en la tramitación electrónica puede contactar con el centro de atención a personas usuarias a través del teléfono 945 01 68 38.

Código

1041007

Solicitud y aportación de documentación


  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Resolución y recursos


Plazo de resolución

La Viceconsejera de Educación dictará y notificará resolución en el plazo máximo de seis meses, contados a partir de la publicación de la presente Orden.

Efectos del silencio

Desestimatorios

Dictada resolución

Convenio


PLAZO SUSCRIPCIÓN CONVENIO: 

Aceptar la subvención concedida y suscribir el convenio señalado en el artículo 9 en el plazo de diez días tras la fecha de la publicación de la resolución en el Tablón Electrónico de Anuncios de la Sede Electrónica del Gobierno Vasco https://www.euskadi.eus/tablon-electronico-anuncios. De no ser así, se entenderá que la persona o entidad titular beneficiaria renuncia a la subvención concedida.

  1. Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
  2. Prepare la documentación en formato digital.
  3. Acceda a Mi carpeta.

Otros trámites