Centros de afianzamiento idiomático. Centros concertados (2022)

[EGB]

Descripción


Objeto

Ofrecer al alumnado que vive un ambiente erdaldun en casa y en la calle, la oportunidad de conocer y, lo que es más, de vivir en euskera, experimentando una vivencia inolvidable, dando a su proceso de aprendizaje y a su relación afectiva con la lengua un impulso eficaz. Lo que se quiere conseguir, principalmente, es que quienes estén dando sus primeros pasos en euskera puedan superar los impedimentos que les dificultan desenvolverse en esa lengua, que adquieran confianza y seguridad en sí mismos haciéndoles ver que son capaces de comunicarse en euskera y que refuercen su fluidez verbal. 

Prestación en forma de servicios

Concesión de plazas en estancias de afianciamiento idiomático.

A quién va dirigido


Centros concertados de enseñanza no universitaria de la Comunidad Autónoma del País Vasco

Requisitos:

  • Estar legalmente constituido y autorizado

  • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias

  • Tener suficiente poder de representación

  • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social

  • Ser un centro concertado

Requisitos

  • Comunicar la solicitud y, en su caso, la obtención de subvenciones, ayudas, ingresos u otros recursos para la misma finalidad, procedentes de cualquier administración o ente (tanto público como privado).

  • No estar incurso en cualquier procedimiento de reintegro o sancionador que, habiéndose iniciado en el marco de ayudas o subvenciones de la misma naturaleza concedidas por la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus organismos autónomos, se halle todavía en tramitación.

  • No hallarse la persona o entidad solicitante sancionada administrativa o penalmente con la pérdida de la posibilidad de obtención de ayudas o subvenciones públicas, o incursa en alguna prohibición legal que inhabilite para ello, con expresa referencia a las que se hayan producido por discriminación de sexo de conformidad con lo dispuesto en la Disposición final sexta de la ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres.

Normativa


Organismos


Organismo que convoca

  • Educación / Viceconsejería de Educación > Dirección de Aprendizaje e Innovación Educativa

Organismo que resuelve

  • Educación / Viceconsejería de Educación > Dirección de Aprendizaje e Innovación Educativa

Información de contacto


Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía

Código

0036610

Solicitud y aportación de documentación


  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Resolución y recursos


Plazo de resolución

La resolución se publicará en el Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica del Gobierno Vasco, y tendrá efectos de notificación a partir del día siguiente.

Tipo de concesión de la ayuda

No concursal

Dictada resolución

Otros trámites