Programa Clúster 2023: Ayudas de apoyo a las organizaciones dinamizadoras de clústeres de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

[Clúster 2023]

Descripción


Objeto

Regular y convocar, para el ejercicio 2023, ayudas a las organizaciones dinamizadoras de clústeres (ODCs), de la Comunidad Autónoma del País Vasco para promover la competitividad de las PYMEs y de la economía vasca, en general.

Dotación presupuestaria

3.818.000 €

Prestación económica

Modalidad y Cuantías de las ayudas

1.– Las ayudas contempladas en la presente Orden consistirán en subvenciones no reintegrables y tendrán los siguientes límites de ayuda:

  • a) Servicios de acompañamiento y actuaciones para la Internacionalización:
    • Para el conjunto de gastos internos y externos aceptados, hasta el 40 %. En caso de tratarse de proyectos y actuaciones en colaboración con BasqueTrade & Inves-tment, se incrementará hasta el 50 % del conjunto de los gastos aceptados.
    • Para los gastos externos aceptados, se aplicarán los siguientes límites por tipología de actuación:
      • Misiones comerciales directas: hasta un 50 % del importe de las bolsas de viaje establecidas  para el país de destino según se relaciona en el Anexo II, con un límite de 50.000 euros por misión.
      • Misiones comerciales inversas: hasta un 50 % de los gastos necesarios con un límite de 50.000 euros por misión
      • Los gastos de desplazamiento, estancia y manutención de las personas que participan en la misión se limitan al importe de la bolsa de viaje referida al país de origen que se relaciona en el Anexo II.
      • Ferias Internacionales: hasta un 50 % de los gastos de stand y decoración y del importe de las bolsas de viaje establecidas para el país de destino según Anexo II.
      • Elementos de promoción y difusión internacional: hasta un 50 % del importe de cada proyecto.
    • Límite de 180.000,00 euros de subvención por ODC para el total de las actuaciones de acompañamiento internacional  presentadas en la convocatoria.
  • b) Servicios de participación y acompañamiento a empresas en proyectos (excepto los de internacio¬nalización), hasta el 40 % del conjunto de gastos internos y externos aceptados.
  • c) Servicios de vigilancia, información, benchmarking y estrategia: hasta el 40 % del conjunto de gastos internos y externos aceptados.
  • d) Actividades de difusión, jornadas, encuentros y eventos (excepto internacionales)
    • Para el conjunto de gastos internos y externos aceptados, hasta el 40 %
    • Para los gastos externos aceptados, hasta un 50 % con un límite de ayuda de 8.000,00 euros por solicitud
  • e) Actividades de promoción y desarrollo clúster, captación de socios, comunicación (webs, boletines, etc.):
    • Para el conjunto de gastos internos y externos aceptados, hasta el 40 %
    • Para los gastos externos aceptados, hasta un 50 % con un límite de ayuda de 8.000,00 euros por solicitud
  • f) Servicios de dinamización de foros para definir líneas de actuación y proyectos de cooperación: hasta el 50 % del conjunto de gastos internos y externos aceptados.
  • g) Servicios de dinamización de grupos de proyecto con reto compartido (madurado anteriormente en e): hasta el 50 % del conjunto de gastos internos y externos aceptados.
  • h) Desarrollo de capacidades del equipo técnico de la asociación: hasta el 40 % del conjunto de gastos internos y externos aceptados.
  • i) Acciones piloto: hasta el 50 % del conjunto de gastos internos y externos aceptados.

2.– Los recursos económicos de esta convocatoria se distribuyen en cuatro bolsas, cuyas dotaciones son las siguientes:

  • Bolsa para actuaciones de incorporación de los ODS-Objetivos Desarrollo Sostenible- Agenda 2030. Dotación: 150.000 euros.
  • Bolsa para actuaciones de acompañamiento internacional. Dotación: 950.000 euros.
  • Bolsa para actuaciones de Tecnología y Transiciones. Dotación:  1.650.000 euros.
  • Bolsa para actuaciones de Innovación y Estrategia. Dotación. 1.068.000 euros

a) Para fijar la subvención que reciba cada ODC de cada una de las bolsas se tendrá en cuenta:

  • Por una parte, la distribución de la dotación de cada bolsa entre las ODC solicitantes. Para esta distribución se aplicarán los porcentajes de los parámetros establecidos en el Anexo III. Los parámetros de cada una de las bolsas se aplicarán a las ODC si realizan actuaciones que encajen en dicha bolsa.
  • Por otra parte, se tendrán en cuenta las actuaciones propuestas por las ODC. Los gastos subvencionables de estas actuaciones se fijarán a partir de los siguientes criterios:
    • Los gastos aceptados en las actuaciones presentadas para cada bolsa.
    • Los límites de ayudas establecidos en los párrafos 1 y 2 de este artículo.
    • El orden de prioridad de las actuaciones indicado en la solicitud.

b) Tras considerar la distribución de las dotaciones de cada bolsa y las actuaciones propuestas por las ODC, se generará una de estas dos situaciones:

  • La asignación que le corresponde a una ODC en una bolsa concreta tras la aplicación de los parámetros del Anexo III alcanza el gasto de las actuaciones aceptadas que encajan en dicha bolsa. En esta situación, se le concederá a la ODC la cantidad total de las actuaciones aceptadas que encajan en dicha bolsa.
  • La asignación que le corresponde a una ODC en una bolsa concreta tras la aplicación de los parámetros del Anexo III no alcanza el gasto de las actuaciones aceptadas que encajan en dicha bolsa. En esta situación, se le concederá a la ODC la dotación asignada.

c) Si tras asignar la dotación de una bolsa se genera un sobrante, este sobrante se repartirá, en una segunda ronda, entre las ODC a las que no se les sufrague inicialmente el total del gasto de las actuaciones aceptadas en dicha bolsa. En este supuesto, en rondas sucesivas y en base a los mismos criterios, el sobrante se repartirá entre las ODC que se encuentren en esta situación.

d) Si no se agota el sobrante, este se incorporará a la bolsa de Innovación y Estrategia, la cual se repartirá en último lugar.

La subvención que se concederá a cada ODC será la suma de las cantidades asignadas en cada una de las Bolsas al final de las rondas de adjudicación.

3.– El límite máximo de ayuda a percibir por cada beneficiaria no podrá superar los 450.000,00 euros.

A quién va dirigido


Las  organizaciones dinamizadoras de clúster (ODC) de la CAPV.

  • Las asociaciones sin ánimo de lucro y con personalidad jurídica propia (asociación), o
  • Las federaciones de dichas asociaciones (federación), con personalidad jurídica propia y,
  • Las agrupaciones de asociaciones (agrupación), con o sin personalidad jurídica propia.

Las ODCs deberán desarrollar su actividad económica en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Requisitos

  • Requisitos: Información detallada

Organismos


Organismo que convoca

  • Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente > Consejero/a de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente

Organismo que resuelve

  • Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente / Viceconsejería de Industria > Dirección de Industria y Transición Energética

Información de contacto


GOBIERNO VASCO - Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente

Dirección de Industria y Transición Energética

c/ Donostia-San Sebastián, 1

01010 Vitoria-Gasteiz

Teléfono: 945 01 82 63, e-mail: d-industria@euskadi.eus, clusters@euskadi.eus

Teléfono: 945 01 99 49, e-mail: ro-murillas@euskadi.eus

SPRI- Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial

Alameda de Urquijo, 36- Edif. Plaza Bizkaia, 4ª planta

48011 – Bilbao

Teléfono: 944 037 000, e-mail: dfernandez@spri.eus 

Código

1012911

Solicitud y aportación de documentación


Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial del País Vasco y finalizará el día 15 de febrero de 2023

  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Resolución y recursos


Plazo de resolución

6 meses

Tipo de concesión de la ayuda

Concursal

Efectos del silencio

Desestimatorios