Subvenciones directas a los Ayuntamientos para gastos adicionales de limpieza en los centros docentes públicos de educación infantil y primaria derivados de la aplicación de determinadas medidas exigidas por los protocolos de prevención frente al COVID-19

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Descripción


Objeto

1.- El objeto del presente Acuerdo es subvencionar, con carácter excepcional y conforme a las estipulaciones establecidas en el presente Acuerdo, a Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma del País Vasco relacionados en el Anexo I.
2.- Las subvenciones tienen por finalidad contribuir a la financiación de los gastos adicionales derivados de la aplicación de medidas de limpieza en los centros educativos de Infantil y Primaria de titularidad municipal exigidas por los protocolos de prevención frente al COVID-19, siempre que sean necesarios para la correcta aplicación de dichos protocolos.

Dotación presupuestaria

2.594.875,57 Euro

La cuantía destinada a sufragar los gastos adicionales derivados de la aplicación de medidas de limpieza exigidas por los protocolos de prevención frente al Covid-19 en los centros educativos de Infantil y Primaria de titularidad municipal en el curso 2020/2021 asciende a 2.594.875,57 euros distribuido presupuestariamente en las siguientes anualidades:

- Año 2020: 1.297.437,78 €

- Año 2021: 1.297.437,78 €

Forma de pago:

El pago de la subvención se realizará en dos plazos:
- El primero ascenderá al 50 % del total concedido y se hará efectivo tras la aprobación por el Consejo de Gobierno del presente Acuerdo.
- El segundo pago, por el 50% del total concedido se realizará en el mes de julio de 2021 tras la verificación de la justificación.

A quién va dirigido


Ayuntamientos vascos

Requisitos:

  • Ser ayuntamiento o entidad local titular de los centros de educación Infantil y Primaria recogidos en el Anexo I

Organismos


Organismo que convoca

  • Gobierno Vasco

Información de contacto


Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía

Código

1109302

Justificación


Plazo para justificación: entre el 1 de junio y 30 de junio de 2021

Acceda a la aplicación de tramitación electrónica mediante el siguiente botón.

Observaciones:

  • No es necesario cumplimentar, firmar y enviar el formulario en una única sesión, sino que, si lo desea, puede guardarlo en el sistema informático de la Administración y continuar el proceso en sesiones sucesivas.
  • La Administración conservará los datos cumplimentados durante el plazo de un mes. En todo caso, la presentación de la justificación se deberá efectuar dentro de los plazos establecidos en la normativa.

Resolución y recursos


Tipo de concesión de la ayuda

No concursal

Otros trámites