Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente

Medidas flexibilizadoras en el marco de los programas GAUZATU-INDUSTRIA, GAUZATU-IMPLANTACIONES EXTERIORES, INDARTU, BIDERATU, BIDERATU BERRIA y BIDERATU COVID-19, consistentes en aplazamientos de reintegros y ampliación de periodos de ejecución en la realización de inversiones y/o empleo.

[Medidas flexibilizadoras 2021]

Descripción


Objeto

Adoptar medidas flexibilizadoras de aplazamientos de las fechas de reintegros y ampliación de los plazos de ejecución en la realización de inversiones y/o empleo, para evitar tensiones de liquidez y problemas de solvencia, a las empresas beneficiarias de los programas de ayudas Gauzatu-Industria, Gauzatu-Implantaciones Exteriores, Indartu, Bideratu, Bideratu Berria y Bideratu Covid-19.

Se contemplan las siguientes medidas flexibilizadoras:

  • Actuaciones de aplazamiento de las cuotas de reintegros de las ayudas reintegrables.
  • Actuaciones de ampliación del periodo de realización de inversión y empleo.

Prestación económica

Modalidad de las ayudas

  • Modificación en el calendario de reintegros al objeto de:
    • Posponer el reintegro de las cuotas correspondientes a los meses de julio 2021 y febrero 2022 y reajustar el calendario de los reintegros subsiguientes, a contar desde la entrada en vigor de esta Orden. (Programas Gauzatu-Industria, Bideratu y Bideratu Berria).
    • Posponer el reintegro de la cuota correspondiente a febrero 2022 y reajustar el calendario de los reintegros subsiguientes, a contar desde la entrada en vigor de esta Orden. (Programa Gauzatu-Implantaciones Exteriores).
    • Proponer una carencia adicional de un año, respecto a lo establecido en la Orden reguladora del programa, sobre el inicio de los reintegros de las cuotas en periodo voluntario.(Programa Bideratu Covid-19).
  • Ampliación del periodo de realización de inversión y empleo:
    • Ampliación adicional de hasta 6 meses del periodo de inversión y generación o mantenimiento del empleo, a partir de la fecha de finalización del mismo, incluida la prórroga ordinaria si la hubiera. (Programas Gauzatu-Industria e Indartu).
    • Aplazamiento hasta 31 de diciembre de 2022, sin perjuicio de la aprobación de posteriores prórrogas que se puedan otorgar de acuerdo a las disposiciones que regulan cada una de las correspondientes concesiones de ayudas. (Programa Gauzatu-Implantaciones Exteriores)
    • Aplazamiento adicional de hasta 24 meses del plazo establecido inicialmente, 31 de diciembre de 2020, para alcanzar el cumplimiento del empleo y de las medidas contempladas en el plan, requeridas en la norma, trasladándose, como máximo, hasta el 31 de diciembre de 2022 el nuevo periodo de ejecución. (Programa Bideratu Covid-19).

Características de las ayudas

La solicitud de aplazamiento de las cuotas de reintegros de las ayudas reintegrables y/o ampliación del periodo de realización de inversión y empleo, deberá presentarse, siempre con carácter previo al vencimiento de los plazos inicialmente previstos en la resolución de concesión, y prórrogas, si hubiera, cualquiera que sea su convocatoria, que deberá ser estimada expresamente por el órgano que concedió la subvención.

  • Modificación en el calendario de reintegros:
    • Se aplazan los reintegros de las cuotas de julio 2021 y febrero 2022 al final del periodo del calendario establecido en la concesión de la subvención, o de sus prórrogas, si las hubiere. (Programas Gauzatu-Industria, Indartu, Bideratu y Bideratu Berria).
    • Se aplazan los reintegros de la cuota de febrero 2022 al final del periodo del calendario establecido en la concesión de la subvención, o de sus prórrogas, si las hubiere. (Programas Gauzatu-Implantaciones Exteriores).
    • Carencia adicional de un año, iniciándose los reintegros en el año 2023 y finalizando en el año 2027.  (Programa Bideratu Covid-19).
  • Prórrogas de inversión y empleo: Se podrá ampliar el periodo de inversión y generación o mantenimiento del empleo, siempre que la fase de ejecución asociada a la concesión, incluida la prórroga ordinaria, si hubiere, no esté finalizada.

A quién va dirigido


Empresas

Requisitos

  • Empresas Beneficiarias y Excluidas

Organismos


Organismo que convoca

  • Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente > Consejero/a de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente

Organismo que resuelve

  • Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente > Viceconsejería de Industria

Información de contacto


GOBIERNO VASCO - Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente

Dirección de Industria y Transición Energética

C/ Donostia-San Sebastián, 1

01010 Vitoria-Gasteiz

Teléfono: 945 01 82 63, e-mail: d-industria@euskadi.eus

Teléfono: 945 01 99 49, e-mail: ro-murillas@euskadi.eus

Teléfono: 945 01 82 14, e-mail: agus-garcia@euskadi.eus

SPRI- Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial

Alameda de Urquijo, 36- Edif. Plaza Bizkaia, 4ª planta

48011 – Bilbao

Tfno.: 944037040

e-mail: icuetara@spri.eus;

e-mail: maguirrezabal@spri.eus

BTI-AGENCIA VASCA DE INTERNACIONALIZACIÓN

Alameda de Urquijo, 36- Edif. Plaza Bizkaia, 4ª planta

48011 – Bilbao

Tfno.: 944037178

e-mail: iarruabarrena@basquetrade.eus

Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía

Solicitud y aportación de documentación


El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco y finalizará a las 12:00 horas del día 30 de diciembre de 2021.

No se admitirán aquellas solicitudes cuya hora de entrada en el registro correspondiente sea posterior a las 12:00 horas del último día de presentación de solicitudes.

Solicitud Telemática

  • Las solicitudes relativas a las convocatorias 2017 a 2020, se efectuarán por medios electrónicos habituales de cada convocatoria.

  • Las solicitudes relativas a las convocatorias 2012 a 2016, se dirigirán a las entidades que se indicaban en cada una de las convocatorias por canal electrónico.

  • Las solicitudes relativas a los aplazamientos de reintegros del programa Gauzatu-Industria se dirigirán a las siguientes direcciones electrónicas:

 

  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Resolución y recursos


Plazo de resolución

1 mes desde la presentación de la solicitud de aplazamiento. En los casos en los que el plazo de reintegro venciera estando pendiente de resolución una solicitud instada, el citado plazo quedará suspendido hasta que se dicte la oportuna resolución

Tipo de concesión de la ayuda

No concursal

Efectos del silencio

Desestimatorios