Ayudas a proyectos territoriales turísticos - 2020

[PTT 2020]

Descripción


Objeto

El objeto de la presente Orden es establecer las bases reguladoras del programa de apoyo a proyectos turísticos que mejoren el atractivo y la calidad de los destinos de Euskadi, dinamizando, distribuyendo y generando nuevos flujos turísticos, para el ejercicio 2020.

 

Dotación presupuestaria

1.450.000

Prestación económica

Actuaciones subvencionables

Serán subvencionables las actuaciones que se realicen durante el ejercicio 2020 para el desarrollo de las siguientes tipologías de proyectos:

a) Proyectos territoriales turísticos que mejoren el atractivo de los destinos y la experiencia turística en Euskadi.

b) Proyectos que mejoren  competitividad  y sostenibilidad de los destinos.

Importe de las ayudas

Cuadro de ayudas PTT 2020 (PDF, 381 KB) (PDF, 381 KB)

 


 

Información adicional


 

A quién va dirigido


Ayuntamientos, organismos autónomos locales, entidades públicas empresariales locales y sociedades mercantiles de titularidad pública.

Cuadrillas y mancomunidades, agencias de desarrollo, asociaciones de desarrollo rural, consorcios turísticos, fundaciones, otras entidades y asociaciones.

Requisitos

  • Requisitos y méritos

  • Acreditar suficiente poder de representación

Organismos


Organismo que convoca

  • Turismo, Comercio y Consumo > Viceconsejería de Turismo y Comercio

Organismo que resuelve

  • Turismo, Comercio y Consumo / Viceconsejería de Turismo y Comercio > Dirección de Turismo y Hostelería

Información de contacto


.- Consultas de tipo técnico sobre la aplicación informática:

  • ZUZENEAN: 012 y 945018000
  • EJIE: ATTurismoa@ejie.eus

 

 

Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía

Código

1020607

Solicitud y aportación de documentación


No se admitirán aquellas solicitudes cuya hora de entrada en el registro correspondiente sea posterior a las 23:59:59 horas del último día de presentación de solicitudes.

 

 

 

El siguiente enlace accede directamente al servicio de tramitación electrónica. Antes de entrar, asegúrese de tener toda la documentación preparada en formato digital y de disponer de un medio de identificación electrónica admitido .

 

Resolución y recursos


Plazo de resolución

6 meses a contar desde el día siguiente de la publicación de la convocatoria de las ayudas.

Tipo de concesión de la ayuda

No concursal

Efectos del silencio

Desestimatorios

Dictada resolución

Alta o modificación de datos del tercero en el "Registro de Terceros"


Para que la Administración pueda realizar el pago de las ayudas y subvenciones, usted deberá constar en la base de datos de la Oficina de Control Económico del Departamento de Hacienda y Economía del Gobierno Vasco.

Justificación


El plazo para efectuar la justificación de la subvención finalizará el 31 de enero de 2021.

Se considerará gasto realizado el que haya sido efectivamente pagado con anterioridad a la finalización del periodo de justificación determinado en el párrafo anterior.

 

  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Otros trámites