Subvenciones para actividades de gestión del conocimiento para la intervención social. CONVOCATORIA 2020.

[jak_2020]

Descripción


Objeto

En esta línea subvencional podrán recibir financiación actividades orientadas a la producción y adquisición de conocimiento útil para la intervención social, tales como programas formativos, proyectos de investigación, elaboración y difusión de publicaciones, actividades relacionadas con la documentación o eventos de carácter técnico, como cursos y seminarios.

Dotación presupuestaria

450.000

Prestación económica

El Departamento de Empleo y Políticas Sociales podrá financiar hasta un 80% del presupuesto aprobado de la actividad. Ninguna ayuda, individualmente considerada, podrá superar en esta línea subvencional los 22.200 euros.

No se podrá destinar más del 10% del importe de la ayuda concedida a sufragar los costes indirectos de la actividad subvencionada.

No se podrá destinar más del 10% del importe de la ayuda concedida a sufragar los gastos de viajes y dietas derivados del desarrollo de la actividad.

 

Forma de pago:

El pago será fraccionado, abonándose el 70% de la ayuda concedida en el momento de la concesión, y el 30% restante previa presentación de los documentos justificativos del gasto realizado.

A quién va dirigido


Entidades sin ánimo de lucro

Requisitos:

  • Estar legalmente constituida

  • Tener su sede social o delegación en la Comunidad Autónoma del País Vasco

  • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias

  • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social.

  • Carecer de ánimo de lucro

Normativa


Organismos


Organismo que convoca

  • Empleo y Políticas Sociales / Consejero/a de Empleo y Políticas Sociales > Dirección de Servicios

Organismo que resuelve

  • Empleo y Políticas Sociales / Viceconsejería de Políticas Sociales > Dirección de Servicios Sociales

Información de contacto


Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía

Código

0083206

Solicitud y aportación de documentación


Junto al formulario de solicitud debe de aportar la siguiente documentación:

a) Balance de gastos e ingresos de la entidad en 2019.

b) En el supuesto de que la entidad solicitante no estuviera inscrita en el sistema de Seguridad Social, Declaración responsable de que la entidad se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social o con los sistemas alternativos de la Seguridad Social.

c) En caso de que la entidad no esté registrada o quiera modificar los datos bancarios existentes en el Registro de terceros del Departamento de Hacienda y Finanzas: formulario según modelo establecido en:  http://www.euskadi.eus/gobierno-vasco/-/alta-modificacion-datos-terceros/

Resolución y recursos


Plazo de resolución

Cinco meses contados a partir de la publicación de la Orden.

Tipo de concesión de la ayuda

Concursal

Efectos del silencio

Desestimatorios

Justificación


Las entidades beneficiarias deben justificar el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la ejecución de la actividad que determine la concesión de la subvención, antes del 28 de febrero de 2021.

Las entidades beneficiarias deberán presentar el Anexo II-A (Memoria de la actividad) y el Anexo II-B de esta Orden (Memoria económica de la actividad), convenientemente cumplimentados.

Otros trámites