Grupo D: Medios de comunicación exclusivamente digitales: medios de comunicación exclusivamente en euskera, que solo se emiten online.

[HEDABIDEAK -2019- Grupo D]

Descripción


Objeto

Consolidación, desarrollo, eficiencia y normalización de los medios de comunicación en euskera.

Dotación presupuestaria

1.350.000

Prestación económica

El importe señalado se distribuirá de la siguiente forma:

 Medios de comunicación exclusivamente digitales: medios de comunicación exclusivamente en euskera, que solo se emiten online. 1.350.000,00 euros, distribuidos de la siguiente manera: 450.000,00 euros durante el año 2019; 450.000,00 euros durante el año 2020; 450.000,00 euros durante el año 2021.

Forma de pago:

El pago de las subvenciones concedidas al amparo de esta Orden se realizará en 4 partes, de la siguiente forma:

a) El 55% de lo correspondiente al año 2019, al dar a conocer la resolución (en el plazo de dos meses, a partir de la aprobación de la subvención).

b) El segundo abono correspondiente al año 2019 (45%) y el primero del año 2020 (55%), tras verificarse que el año 2019 se cumplió con el objeto de la subvención y tras la presentación de la justificación correspondiente al proyecto subvencionado, en el plazo de dos meses, en base a lo establecido en los puntos 1, 2 y 3 del artículo 22. El plazo para la presentación de la justificación finaliza el 31 de marzo de 2020.

c) El segundo abono correspondiente al año 2020 (45%) y el primero del año 2021 (55%), tras verificarse que el año 2020 se cumplió con el objeto de la subvención y tras la presentación de la justificación correspondiente al proyecto subvencionado, en el plazo de dos meses, en base a lo establecido en los puntos 1, 2 y 3 del artículo 22. El plazo para la presentación de la justificación finaliza el 31 de marzo de 2021.

d) El segundo abono correspondiente al año 2021 (45%), tras verificarse que el año 2021 se cumplió con el objeto de la subvención y tras la presentación de la justificación correspondiente al proyecto subvencionado, en el plazo de dos meses, en base a lo establecido en el punto 4 del artículo 22. El plazo para la presentación de la justificación finaliza el 30 de julio de 2022.

 

A quién va dirigido


Personas Jurídicas Privadas

Requisitos:

  • Para acreditar poder suficiente de representación | Tener suficiente poder de representación

  • Para acreditar que las entidades están legalmente constituidas y/o inscritas en el Registro correspondiente | Estar legalmente constituida

  • Para acreditar el cumplimiento de las obligaciones tributarias | Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias

  • Para acreditar el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social | Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social

Empresario individual o autónomo

Requisitos:

  • Para acreditar la identidad de la persona física | Identidad de la persona física
  • Para acreditar el cumplimiento de las obligaciones tributarias | Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias

  • Para acreditar el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social | Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social

Requisitos

  • .- La entidad privada solicitante no estará constituida por capital mayoritariamente público y, además, ni su patrimonio fundacional ni la participación en órganos de gobierno o dirección será mayoritariamente pública.
  • No tener ninguna sanción administrativa ni penal que le impida percibir subvenciones o ayudas públicas, ni tener ningún tipo de prohibición que le prive de la capacidad de recibir ayudas.
  • No hallarse sancionado/a por discriminación de sexo, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres.
  • No haber accedido a ninguna subvención que la Unión Europea haya declarado ilegal e incompatible con el mercado común.
  • No ser una empresa en crisis, de acuerdo con la definición de las Directrices sobre ayudas estatales de salvamento y de reestructuración de empresas no financieras en crisis.
  • No ser beneficiario/a de la convocatoria correspondiente a 2019 de subvenciones a la normalización lingüística desarrollada al amparo del convenio marco suscrito entre la Viceconsejería de Política Lingüística del Gobierno Vasco y Euskararen Erakunde Publikoa / Office Public de la Langue Basque.
  • No ser beneficiario/a de las convocatorias correspondientes a 2019 de subvención destinada al mismo objeto, concedidas por las Diputaciones Forales. Si durante el periodo 2020-2021 recibiera subvención alguna, renunciaría a lo adjudicado bajo el amparo de esta Orden.
  • Ser titular de los derechos de explotación vinculados a la propiedad intelectual del proyecto a desarrollar.
  • Para acreditar el presupuesto del proyecto presentado para tres años | Los proyectos deberán tener un presupuesto de ingresos y gastos equilibrado y un nivel de financiación propio mínimo.

  • Requisitos del proyecto para participar en la convocatoria

  • Licencia para la prestación del servicio de televisión (imprescindible su presentación junto con el impreso de solicitud).

Organismos


Organismo que convoca

  • Gobierno Vasco

Organismo que resuelve

  • Cultura y Política Lingüística > Viceconsejería de Política Lingüística

Información de contacto


Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía

Código

0245510

Solicitud y aportación de documentación


  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón
    No será necesario disponer de un medio de identificación electrónica.
  4. Una vez dentro, podrá rellenar el formulario principal del trámite y adjuntar toda la documentación preparada previamente.
  5. Imprima el formulario y preséntelo en alguno de los lugares indicados.

Resolución y recursos


Plazo de resolución

Seis meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de la orden en el Boletín Oficial del País Vasco

Tipo de concesión de la ayuda

No concursal

Efectos del silencio

Desestimatorios

Dictada resolución

Justificación


Para justificar que cumple las condiciones impuestas y que ha conseguido los objetivos previstos, deberá presentar la documentación necesaria en los lugares señalados.

  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Alta o modificación de datos de tercero en el Registro del Departamento de Hacienda y Finanzas del Gobierno Vasco


Para que la Administración pueda realizar el pago de las ayudas y subvenciones, deberá usted constar en la base de datos de la Oficina de Control Económico del Departamento de Hacienda y Finanzas del Gobierno Vasco.

  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
  1. Rellene e imprima los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida.
  3. Presente toda la documentación en alguno de los lugares indicados.
Alta de datos / Tercero interesado
  • Seleccionar este formulario, en el caso de cuentas bancarias en entidades adheridas a la pasarela de validación de datos bancarios.

  • Seleccionar este formulario en el caso de pagos internacionales.

    INTERNACIONAL (pdf , 116.6 KB)

Otros trámites