Programa "Juventud Vasca Cooperante" de la CAE en 2019

[Juventud Vasca Cooperante 2019]

Descripción


Objeto

Con la finalidad de fomentar el valor de la solidaridad entre las personas jóvenes del País Vasco y teniendo en cuenta las acciones de cooperación al desarrollo en diversos países que llevan a cabo las entidades de cooperación al desarrollo de Euskadi, se convoca anualmente, a través de la Dirección de Juventud y de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo, la participación de jóvenes en el programa Juventud Vasca Cooperante.

El objetivo de dicho programa es propiciar la sensibilización de jóvenes del País Vasco en acciones de cooperación al desarrollo. En el presente ejercicio, la presente convocatoria, sujeta al régimen de tramitación anticipada, continúa con el objetivo de que las personas jóvenes del País Vasco se acerquen al concepto de cooperación, así como ofrecer la posibilidad de conocer «in situ» el desarrollo de tales acciones, experiencia que se verá ampliada y completada con la celebración previa de unas jornadas informativas y orientativas.

La Orden tiene por objeto la regulación y convocatoria, para el ejercicio 2019, del Programa Juventud Vasca Cooperante, consistente en facilitar el desplazamiento de un máximo de 100 personas nacidas entre 1989 y 1997, ambos años inclusive, a determinados países y proyectos de cooperación seleccionados en virtud de lo dispuesto en la Orden de 7 de noviembre de 2018 de la Consejera de Empleo y Políticas Sociales, por la que se convocan a las entidades de cooperación al desarrollo para la presentación de proyectos para el programa Juventud Vasca Cooperante de Euskadi 2019.

El Gobierno Vasco sufragará en su totalidad los gastos del viaje de ida y vuelta hasta el punto de puesta en contacto con la Organización No Gubernamental de desarrollo en el país de destino, incluidos los derivados, en su caso, del visado de entrada del país de destino, así como de la póliza de responsabilidad civil, accidentes y asistencia en viaje contratada para cada persona seleccionada participante.

Dotación presupuestaria

175.000

A quién va dirigido


Personas físicas

Requisitos:

  • Estar empadronado o empadronada en un municipio de la Comunidad Autónoma de Euskadi con anterioridad a la publicación de las presentes bases en el BOPV u ostentar la condición política de vasco o vasca de conformidad con lo establecido en el artículo 7 del Estatuto de Autonomía.
  • Haber nacido entre 1989 y 1997, ambos inclusive.
  • Conocer el idioma internacional del país donde se desarrolle la actividad.
  • En el caso de proyectos que contemplen actividades que impliquen contacto con menores, no haber sido condenado por delitos sexuales, lo que deberá acreditarse mediante certificación negativa del Registro Central de delincuentes sexuales, o, en caso de personas extranjeras, mediante documento de similar alcance expedido por su país de origen. En caso de no existir, certificado de antecedentes penales en el que no conste ninguno referido a delitos sexuales

Requisitos

  • No hallarse la persona o entidad solicitante sancionada administrativa o penalmente con la pérdida de la posibilidad de obtención de ayudas o subvenciones públicas, o incursa en alguna prohibición legal que inhabilite para ello, con expresa referencia a las que se hayan producido por discriminación de sexo de conformidad con lo dispuesto en la Disposición final sexta de la ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres.

  • No estar incurso en cualquier procedimiento de reintegro o sancionador que, habiéndose iniciado en el marco de ayudas o subvenciones de la misma naturaleza concedidas por la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus organismos autónomos, se halle todavía en tramitación.

  • Comunicar la solicitud y, en su caso, la obtención de subvenciones, ayudas, ingresos u otros recursos para la misma finalidad, procedentes de cualquier administración o ente (tanto público como privado).

  • No podrán acceder a las ayudas previstas en esta convocatoria las personas se encuentren sancionadas administrativa o penalmente con la pérdida de la posibilidad de obtención de ayudas o subvenciones públicas, o se hallen incursas en alguna prohibición legal que inhabilite para ello, con inclusión de las que se hayan producido por discriminación de sexo, de conformidad con lo dispuesto en la Disposición Final sexta de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres (anexo II).
  • La concesión y, en su caso, el pago de la subvención quedarán condicionados a la finalización de cualquier procedimiento de reintegro o sancionador que, habiéndose iniciado en el marco de ayudas o subvenciones de la misma naturaleza concedidas por la Administración General de la Comunidad Autónoma Vasca y sus organismos autónomos, se halle todavía en tramitación. Asimismo, la concesión y, en su caso, el pago de la subvención quedarán condicionados al reingreso de la subvención recibida cuando, a la finalización de un procedimiento de reintegro, se hubiera dictado resolución en tal sentido.
  • Asimismo, deberán cumplir los requisitos que, con carácter general, se recogen en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones

Normativa


Organismos


Organismo que convoca

  • Empleo y Políticas Sociales > Viceconsejería de Empleo y Juventud

Organismo que resuelve

  • Empleo y Políticas Sociales > Viceconsejería de Empleo y Juventud

Información de contacto


Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía

Código

0125602

Solicitud y aportación de documentación


Acceda a la aplicación de tramitación electrónica mediante el siguiente botón.

Observaciones:

No es necesario cumplimentar, firmar y enviar el formulario en una única sesión, sino que, si lo desea, puede guardarlo en el sistema informático de la Administración y continuar el proceso en sesiones sucesivas.

La Administración conservará los datos cumplimentados durante el plazo de un mes. En todo caso, la presentación de la solicitud se deberá efectuar dentro de los plazos establecidos en la normativa.

Resolución y recursos


Tipo de concesión de la ayuda

Concursal

Efectos del silencio

Desestimatorios

Otros trámites