Proyectos de actuación que permita abordar la coeducación y la prevención de la violencia de género durante los cursos 2018-2019, 2019-2020 y 2020-2021 (L2. Educación Inclusiva y Atención a la Diversidad)

[HEZKIDETZA-50]

Descripción


Objeto

Seleccionar un máximo de 50 centros concertados entre los que imparten Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato de la CAPV para que realicen un proyecto de actuación en el ámbito de la coeducación y la prevención de la violencia de género que abarque los cursos 2018-2019, 2019-2020 y 2020-2021, que les permita abordar la coeducación y la prevención de la violencia de género de manera global, sistemática e integrada en su centro educativo.

Dotación presupuestaria

100.000 (euro)

Prestación económica

A cada centro seleccionado se le hará una asignación económica de dos mil (2.000) euros para hacer frente a los gastos de actividades formativas del profesorado, de la comunidad escolar y actuaciones de coordinación y de difusión del proyecto. Aunque el proyecto tenga una duración de tres cursos escolares,se tendrán en cuenta exclusivamente los gastos efectuados el primer curso.

Forma de pago:

La subvención se hará efectiva en dos pagos:

  1. El primer pago, por un importe del 60% se efectuará una vez de que se haya aceptado la subvención concedida.
  2. El restante, por un importe del 40% del total, se hará efectivo tras la presentación antes del 30 de junio de 2019 del documento «Coeducación – Justificación subvención» (Anexo IV) debidamente cumplimentado, acompañado de las correspondientes facturas y recibos.

A quién va dirigido


Centros privados concertados de enseñanza no universitaria de la Comunidad Autónoma de Euskadi

Requisitos:

  • Ser centro concertado de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato de la CAPV.
  • Para acreditar el cumplimiento de las obligaciones tributarias | Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias.

  • Para acreditar el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social | Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social.

Requisitos

  • Para acreditar la existencia o no de otras fuentes de financiación, en caso de que sean compatibles | Comunicar la solicitud y, en su caso, la obtención de subvenciones, ayudas, ingresos u otros recursos para la misma finalidad, procedentes de cualquier administración o ente (tanto público como privado).

  • No estar incurso en cualquier procedimiento de reintegro o sancionador que, habiéndose iniciado en el marco de ayudas o subvenciones de la misma naturaleza concedidas por la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus organismos autónomos, se halle todavía en tramitación.

  • No hallarse la persona o entidad solicitante sancionada administrativa o penalmente con la pérdida de la posibilidad de obtención de ayudas o subvenciones públicas, o incursa en alguna prohibición legal que inhabilite para ello, con expresa referencia a las que se hayan producido por discriminación de sexo de conformidad con lo dispuesto en la Disposición final sexta de la ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres.

  • Que no se encuentren en alguna de las situaciones descritas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • La concesión y, en su caso, el pago de las subvenciones a los beneficiarios de estas quedará condicionado a la terminación de cualquier procedimiento de reintegro o sancionador que, habiéndose iniciado en el marco de ayudas o subvenciones de la misma naturaleza concedidas por la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus organismos autónomos, se halle todavía en tramitación.

  • Quedan excluidos los centros que ya fueron subvencionados en convocatorias anteriores, en la convocatoria que subvencionaba proyectos integrales durante los cursos 2014-2015, 2015-2016 y 2016-2017, en la convocatoria que subvencionaba proyectos de actuación durante los cursos 2014-2015, 2015-2016 y 2016-2017, en la convocatoria que subvencionaba proyectos de actuación durante los cursos 2015-2016, 2016-2017 y 2017-2018 y en la convocatoria que subvencionaba proyectos de actuación durante los cursos 2016-2017, 2017-2018 y 2018-2019 siempre y cuando no hubieran renunciado a la misma.
  • Realizar la descripción técnica del proyecto

Organismos


Organismo que convoca

  • Educación > Consejero/a de Educación

Organismo que resuelve

  • Educación > Viceconsejería de Educación

Información de contacto


Código

1015404

Solicitud y aportación de documentación


  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Resolución y recursos


Plazo de resolución

La Viceconsejera de Educación dictará resolución y se notificará de manera electrónica a los interesados en el plazo de seis meses a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente Orden.

Efectos del silencio

Desestimatorios

Dictada resolución

Primera justificación (2018-2019)


Antes del 30 de junio de 2019.

  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Segunda justificación (2019-2020)


Antes del 30 de junio de 2020.

  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Tercera justificación (2020-2021)


Antes del 30 de junio de 2021.

  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Justificación final


A partir del 30 de junio hasta el 31 de agosto de 2021.

  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Otros trámites