Gauzatu 2018 - Implantaciones Exteriores: Ayudas para el impulso a la creación y desarrollo de implantaciones de empresas vascas en el exterior.

[Gauzatu2018]

Descripción


Objeto

Apoyar la consolidación de la empresa vasca, aumentando la inversión productiva en el mercado exterior como fórmula para incrementar su competitividad y, por lo tanto, su viabilidad futura.

Dotación presupuestaria

5.000.000 €

Prestación económica

Actuaciones subvencionables

A los efectos de la presente norma se entienden por proyectos de implantación productiva, en el exterior aquellos acometidos por las empresas beneficiarias y consistentes en la apertura de una nueva planta productiva en un país extranjero, o adquisición de sociedades extranjeras, siempre que la participación de la empresa vasca en los mismos sea mayoritaria, salvo imperativo legal del país destino de la inversión. Quedan excluidas las inversiones dirigidas a los sectores inmobiliario, financiero, de seguros y de defensa.

Se apoyará un solo proyecto por empresa y país, es decir, se limita el apoyo a un nuevo proyecto de una PYME en un determinado país. Para el cálculo de las ayudas no se tendrán en cuenta, en ningún caso, los impuestos, sean de la índole que sean, que puedan afectar a dichos proyectos. En ningún caso se entenderá susceptible de apoyo la inversión de sustitución.

Respecto a los proyectos consistentes en la apertura de nuevas plantas productivas será susceptible de apoyo la adquisición de activos fijos nuevos que se incorporen al activo de la implantación objeto de ayuda.

Los proyectos susceptibles de apoyo deberán alcanzar, como mínimo, una inversión de 120.000,00 euros, debiendo materializarse la inversión en un período máximo de 36 meses. La inversión mínima se computará en proporción a la participación de la empresa vasca en el proyecto.

Dotación

Las ayudas a conceder en concepto de anticipos reintegrables podrán ascender hasta el 30% de la inversión susceptible de apoyo, con un límite que, en ningún caso, podrá superar el importe de 1.000.000,00 euros.

A quién va dirigido


Pequeñas y Medianas Empresas (PYMEs)

Requisitos

  • Requisitos:

Organismos


Organismo que convoca

  • Desarrollo Económico e Infraestructuras / Viceconsejería de Industria > Dirección de Internacionalización

Organismo que resuelve

  • Desarrollo Económico e Infraestructuras > Viceconsejería de Industria

Información de contacto


Consultas Técnicas de la APLICACIÓN INFORMÁTICA

Tel.: 012 / 945 01 80 00 (Solicitar la ayuda de informáticos del programa Gauzatu Implantaciones Exteriores y Tramitagune)


Contacto telefónico:

Gobierno Vasco - Dirección de Internacionalización

Tfno.: Isabel Rodriguez  945 01 99 82 / Iker Arruabarrena 945 01 99 83

Sociedad para la Promoción y Reconversión Industrial (SPRI)

Tfno.: Maria Aguirrezabal 94 403 70 37 / Imanol Cuétara 94 403 70 40

Código

0605504

Solicitud y aportación de documentación


El plazo de presentación de solicitudes se iniciará a las 9.00 horas del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco y finalizará a las 12.00 del día 30 de abril de 2018.

No se admitirán aquellas solicitudes cuya hora de entrada en el registro correspondiente sea posterior a las 12:00 horas del último día de presentación de solicitudes.

El trámite de "Solicitud y aportación de documentación", es el que inicia el procedimiento, para ello la persona interesada debe de presentar el formulario de solicitud correctamente cumplimentado dentro del plazo indicado de presentación de solicitudes.

Tramitación

La tramitación se realizará por medios electrónicos , de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

A tener en cuenta para realizar la solicitud

La persona usuaria accederá al canal electrónico y se autenticará a través de Xlnets para acceder al formulario de solicitud. Mediante su número de identificación se obtendrán aquellas representaciones que la persona usuaria tenga vigentes en el Registro de Representantes para el procedimiento del formulario a cumplimentar. Una vez realizada la validación la persona usuaria accederá a la pantalla “Solicitud electrónica”.

Opciones para realizar la solicitud:

  1. Titular
    • Si accede a la solicitud mediante la opción de ‘Titular’, ésta se presentará en nombre del Titular de la tarjeta. Si se pulsa ‘Siguiente’ los ‘Datos personales’ que se cargarán automáticamente serán los referentes a la persona usuaria que está realizando la solicitud electrónica
  2. Representante

 

Resolución y recursos


Plazo de resolución

6 meses a contar desde el día siguiente de la publicación de la convocatoria de las ayudas.

Tipo de concesión de la ayuda

No concursal

Efectos del silencio

Desestimatorios