Convocatoria para la realización de diferentes Proyectos de Formación hacia la Excelencia educativa en el curso 2018-2019.

[BIKAINTASUNERANTZ]

Descripción


Objeto

Conceder subvenciones a los centros privados concertados y centros de titularidad pública, pero no dependientes del Departamento de Educación, que imparten cualquiera de los distintos niveles y tipos de enseñanza no universitaria, excepto aquellos que imparten exclusivamente ciclos formativos, que realicen alguna de las siguientes modalidades de formación hacia la excelencia educativa durante el curso 2018-2019:

  • Proyectos integrales de innovación.
  • Proyectos de enriquecimiento curricular.
  • Proyectos de formación para la innovación educativa

Dotación presupuestaria

480.000 (euro)

Prestación económica

Dicha dotación queda desglosada, en función de las modalidades de proyectos financiables y territorios históricos en que se materialicen, del siguiente modo:

a) 104.000 euros para proyectos integrales de innovación, distribuidos territorialmente en 16.000 euros en Álava, 50.000 euros en Bizkaia y 38.000 euros en Gipuzkoa

b) 25.000 euros para proyectos de enriquecimiento curricular.

c) 351.000 euros para proyectos de formación para la innovación educativa, distribuidos territorialmente en 57.000 euros en Álava, 167.000 euros en Bizkaia y 127.000 euros en Gipuzkoa.

Forma de pago:

El abono de las subvenciones a los centros beneficiarios se realizará en dos pagos:

a) El primero, por el 70% de la cuantía que corresponda a cada proyecto de participación seleccionado, que se abonará tras la notificación de la resolución de adjudicación y si no mediara renuncia expresa.

b) Un segundo libramiento, que se realizará en el 2019, por el importe resultante de la liquidación efectuada tras la justificación de la subvención concedida en los términos previstos en el apartado siguiente.

A quién va dirigido


Centros privados concertados de enseñanza no universitaria de la Comunidad Autónoma de Euskadi

Requisitos:

  • Ser un centro privado concertado de enseñanza no universitaria excepto ciclos formativos.
  • Para acreditar que el centro educativo está legalmente constituido e inscrito en el registro correspondiente | Estar legalmente constituido y autorizado

  • Tener suficiente poder de representación

  • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias

  • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social

Centros públicos de enseñanza no universitaria de la Comunidad Autónoma de Euskadi

Requisitos:

  • Ser un centro de titularidad pública no dependiente del Departamento de Educación, de enseñanza no universitaria excepto ciclos formativos.
  • Tener suficiente poder de representación

  • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias

  • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social

Requisitos

  • No se han obtenido subvenciones, ayudas, ingresos u otros recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera administraciones o entes tanto públicos como privados.
  • No estar incurso en cualquier procedimiento de reintegro o sancionador que, habiéndose iniciado en el marco de ayudas o subvenciones de la misma naturaleza concedidas por la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus organismos autónomos, se halle todavía en tramitación.

  • No hallarse la persona o entidad solicitante sancionada administrativa o penalmente con la pérdida de la posibilidad de obtención de ayudas o subvenciones públicas, o incursa en alguna prohibición legal que inhabilite para ello, con expresa referencia a las que se hayan producido por discriminación de sexo de conformidad con lo dispuesto en la Disposición final sexta de la ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres.

  • No encontrarse el centro en alguna de las situaciones descritas en el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley General de Subvenciones.
  • Cumplimentar los datos del proyecto en la aplicación.

Organismos


Organismo que convoca

  • Educación > Consejero/a de Educación

Organismo que resuelve

  • Educación / Viceconsejería de Educación > Dirección de Innovación Educativa

Información de contacto


Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía

Código

1015205

Solicitud y aportación de documentación


  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Resolución y recursos


Plazo de resolución

La Directora de Innovación Educativa, a la vista de propuesta formulada por la comisión de evaluación, resolverá la convocatoria en un plazo de seis meses desde la publicación de la Orden en el Boletín Oficial del País Vasco.

Efectos del silencio

Desestimatorios

Dictada resolución

Justificación


Para justificar que cumple las condiciones impuestas y que consigue los objetivos previstos, deberá presentar la documentación necesaria en los lugares señalados con anterioridad al 15 de junio de 2019.

  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Otros trámites