Ayudas de formación a personas jóvenes investigadoras y tecnólogas para 2017, en el entorno científico-tecnológico y empresarial del sector agropesquero y alimentario vasco

[Becas a personas jóvenes investigadoras y tecnólogas ]

Descripción


Objeto

*NOTA: se recomienda utilizar el modelo de solicitud electrónico que encontrarás en le pestaña "SOLICITUD Y OTROS TRÁMITES"

Fomentar la formación de jóvenes investigadores y tecnólogos en áreas científico-tecnológicas, mercados, marketing y organización empresarial de los sectores agrario, alimentario y pesquero de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Facilitar, mediante la realización de tesis doctorales o del desarrollo de un proyecto de investigación, desarrollo tecnológico e innovación, la cualificación y especialización de jóvenes titulados en temas prioritarios para el sector agropesquero y alimentario vasco, estableciéndose dos programas de ayudas:

a) Programa de ayudas a jóvenes investigadores/as en formación

b) Programa de ayudas de formación de jóvenes tecnólogos/as

Dotación presupuestaria

1.066.520 €
Prestación económica

El presupuesto global máximo destinado a la financiación de estas ayudas, con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi, asciende a la cantidad total de 1.066.520 euros, de los cuales, 331.630 euros se corresponden con créditos de pago para 2017, y los restantes 734.890 euros, con créditos de compromiso para los ejercicios 2018 a 2020.

El gasto derivado de la adscripción a la Seguridad Social prevista en el Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre, asciende a la cantidad total de 242.285,88 euros, de los que 63.571,47 euros corresponden a crédito de pago para 2017 y 178.714,41 euros a crédito de compromiso.

A quién va dirigido


  • Beneficiarios de las becas para personas jóvenes investigadoras y tecnólogas para 2017 información detallada

    Las personas solicitantes de las becas deberán tener acreditados los requisitos que se exponen a continuación a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

    La fecha de finalización de los estudios para obtener el título requerido deberá ser junio de 2012 o fecha posterior.

    Requisitos:
    • Ser ciudadana de la Unión Europea o extranjera residente en la Comunidad Autónoma del País Vasco.
    • Residir en la Comunidad Autónoma del País Vasco. A estos efectos se exigirá estar empadronada en un municipio de la Comunidad Autónoma del País Vasco con antigüedad, al menos, desde el 1 de enero de 2016. Se admitirán, no obstante, aquellas personas solicitantes que, habiendo estado empadronadas en la CAPV, no cumplan este requisito por motivos de la realización de estudios fuera de la Comunidad.
    • Para el Programa de ayudas de formación a personal investigador (becas predoctorales), estar en posesión de alguna de las titulaciones que se especifican en el Anexo I y reunir los requisitos para solicitar la admisión en el doctorado (conforme al artículo 6 del Real Decreto 99/2011, de 28 de enero, por el que se regulan las enseñanzas oficiales de doctorado).
    • Para el Programa de Becas de Formación de Tecnólogas y Tecnólogos, estar en posesión de alguna de siguientes titulaciones que se especifican en el Anexo I para cada proyecto I, dentro del marco general de los requisitos de titulación que establece el artículo 5-1.c) del Decreto 185/2007, de 23 de octubre: título universitario de grado superior o grado medio, ciclo formativo de grado superior o formación profesional de segundo ciclo (FPII).
    • Haber finalizado los estudios para obtener dicho título en junio de 2012 o fecha posterior.
    • En el caso de ayudas de Formación de Jóvenes técnólogas y tecnólogos, no haber disfrutado de otra de similares características del Departamento competente en materia de agricultura, pesca y alimentación.
    • No encontrarse sancionada penal ni administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas, ni hallarse incursa en prohibición legal alguna que la inhabilite para ello, con inclusión de las que se hayan producido por discriminación de sexo, de conformidad con lo dispuesto en la Disposición Final Sexta de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres.
  • Organismos


    Organismo que convoca

    • Desarrollo Económico e Infraestructuras / Viceconsejería de Agricultura, Pesca y Política Alimentaria > Dirección de Calidad e Industrias Alimentarias

    Organismo que resuelve

    • Desarrollo Económico e Infraestructuras / Viceconsejería de Agricultura, Pesca y Política Alimentaria > Dirección de Calidad e Industrias Alimentarias

    Información de contacto


    Javier Latorre Guinea
    Teléfono: 945 01 82 51
    Fax: 945 01 97 01
    E-mail: j-latorre@euskadi.eus

    Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía

    Código

    1029102

    Solicitud de becas para personas jóvenes investigadoras y tecnólogas para 2017


    Alta o modificación de datos de tercero en el Registro del Departamento de Hacienda y Finanzas del Gobierno Vasco