Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente

2014. Subvenciones a Ayuntamientos, Mancomunidades, otras Entidades Locales, Organismos Autónomos Locales, Agencias de Desarrollo Local y Sociedades Mercantiles Locales que realicen acciones que promuevan el desarrollo sostenible. Acciones que promuevan la conservación, restauración o mejora de la diversidad biológica de la CAPV

[herrijasangarriak_bio]

Descripción


Objeto

Serán subvencionables aquellas acciones que directamente promuevan la conservación, restauración o mejora de la biodiversidad, mediante las siguientes acciones:

1) La restauración, mejora o gestión para la conservación de hábitats naturales de interés comunitario o regional. Se priorizarán las acciones que se lleven a cabo sobre hábitats cuyo interés para la conservación sea más alto o su estado de conservación sea más deficiente, tales como los bosques de ribera, bosques autóctonos, marismas, etc. Este aspecto deberá ser adecuadamente justificado en la memoria del proyecto.

2) Los proyectos de protección y conservación de especies de flora y fauna silvestre protegida a escala comunitaria o regional. Se priorizarán aquellos proyectos que además contribuyan a mejorar la conectividad ecológica del territorio.

3) Los proyectos de erradicación de especies de flora exótica invasora, que incluyan la restauración de habitas naturales que se encuentren degradados.

4) La creación y restauración de charcas y humedales para la fauna.

5) Actuaciones que contribuyan a la conectividad ecológica del territorio.

En particular, tendrán la consideración de prioritarias aquellas actuaciones que, incluidas en cualquiera de los apartados anteriores, estén además contempladas en los documentos de medidas de conservación (o planes de gestión) de los espacios Natura 2000 (disponibles en la dirección www.euskadi.net/natura2000).

También será objeto de subvención, la redacción de proyectos conducentes a la obtención de las licencias y permisos necesarios para la ejecución de aquellas actuaciones que, incluidas en cualquiera de los apartados anteriores, precisen de autorización administrativa.

Podrán ser asimismo objeto de subvención las actuaciones de limpieza de residuos de riberas y cauces siempre y cuando se realicen en el marco de convenios de colaboración suscritos entre el ayuntamiento solicitante y la Agencia Vasca del Agua. Estos convenios recogerán una serie de requisitos de obligado cumplimiento para la conservación y protección de la biodiversidad.

No serán objeto de subvención las solicitudes que se limiten exclusivamente a la redacción de estudios sobre adquisición de conocimiento y publicaciones o acciones de sensibilización.

Tampoco serán objeto de subvención las actuaciones cuya ejecución venga motivada por la imposición de medidas correctoras o compensatorias establecidas en la autorización administrativa de cualquier tipo de obra o proyecto.

Dotación presupuestaria

550.000 eur
Prestación económica

La cuantía de la subvención deberá respetar los siguientes importes máximos:

 

Actuaciones contempladas en los planes de gestión de los espacios Natura 2000

Resto de Actuaciones

Entidades locales o áreas supramunicipales mayores de 7.000 habitantes.

70% de los gastos subvencionables.

50% de los gastos subvencionables.

Entidades locales o áreas supramunicipales menores de 7.000 habitantes.

90% de los gastos subvencionables.

70% de los gastos subvencionables.

El importe máximo de la subvención es de 100.000 euros por cada proyecto salvo para la redacción de proyectos conducentes a la obtención de las licencias y permisos, en cuyo caso el importe máximo de la subvención es de 10.000 euros.

En el caso concreto de los proyectos de limpieza de residuos en riberas y cauces, el importe máximo de la subvención será de 10.000 euros.

Criterios de adjudicación y cuantificación de las subvenciones:

a) Lugar de realización de la actividad, hasta un máximo de 35 puntos:

a.a.– Terrenos situados dentro de espacios naturales protegidos, según lo dispuesto en la Ley de Conservación de la Naturaleza de la CAV (Red Natura 2000, Parques Naturales o Biotopos Protegidos) hasta un máximo de 35 puntos.

a.b.– Terrenos incluidos en los humedales de los grupos II y III del PTS de zonas húmedas de la CAPV, hasta un máximo de 30 puntos.

a.c.– Terrenos no incluidos en los epígrafes anteriores, pero que alberguen hábitat o especies de flora y fauna silvestres de interés comunitario o regional, incluidas en los anexos de las Directivas aves y hábitat o en el catálogo vasco de especies amenazadas de flora y fauna silvestre, hasta un máximo de 25 puntos.

a.d.– Áreas relevantes para la conectividad ecológica, hasta un máximo de 20 puntos.

En caso de coincidir varias calificaciones sobre un mismo ámbito de actuación, se valorará la que corresponde a la mayor puntuación.

b) Calidad técnica y viabilidad del proyecto en términos de su contribución a la conservación, restauración y mejora de la biodiversidad hasta un máximo de 15 puntos.

c) Medidas contempladas en los documentos de las ZEC, designadas o en fase de tramitación hasta un máximo de 20 puntos.

d) Calidad técnica y proyección del plan de seguimiento hasta un máximo de 10 puntos.

e) Potencialidad del impacto social de las actividades de comunicación y difusión hasta un máximo de 5 puntos.

f) Viabilidad técnica, económica y financiera de la actuación hasta un máximo de 15 puntos.

Forma de pago:

a) Un primer anticipo de pago del 20% del importe subvencionado, una vez resuelta la ayuda, conforme a lo establecido en el artículo 20.

b) Un segundo anticipo de pago del 20% del importe subvencionado, con anterioridad al 31 de octubre de 2015.

El libramiento de este segundo pago está condicionado a la remisión previa, por parte de la entidad beneficiaria, del formulario para el libramiento del segundo pago de la subvención debidamente cumplimentado que se encontrará disponible en la sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi. Este documento recogerá el grado de ejecución la actuación subvencionada y su remisión a la Viceconsejería de Medio Ambiente se realizará a través de la sede electrónica «Mis Gestiones»: https://euskadi.net

c) Un tercer pago en el ejercicio 2016 del 60% del importe subvencionado, tras la presentación y análisis de la documentación justificativa

Información adicional

A quién va dirigido


  • Ayuntamientos de la CAPV información detallada
    Requisitos:
    • Para acreditar pertenencia a red de ayuntamientos de la Comunidad autónoma del país vasco | Ser ayuntamiento de la comunidad autómona del país vasco
    • Haber sido designadas por los alcaldes y alcaldesas de los municipios participantes para la realización de la actuación para la que se solicita la subvención
    • Disponer de capacidad financiera suficiente para cubrir el gasto no subvencionado
  • Mancomunidades información detallada
    Requisitos:
    • Para acreditar el cumplimiento de las obligaciones tributarias | Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias
    • Para acreditar el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social | Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social
    • Para acreditar suficiente poder de representación | Tener suficiente poder de representación
    • Haber sido designadas por los alcaldes y alcaldesas de los municipios participantes para la realización de la actuación para la que se solicita la subvención
  • Comarcas u otras entidades locales información detallada
    Requisitos:
    • Haber sido designadas por los alcaldes y alcaldesas de los municipios participantes para la realización de la actuación para la que se solicita la subvención
  • Organismos Autónomos Locales información detallada
    Requisitos:
    • Haber sido designadas por los alcaldes y alcaldesas de los municipios participantes para la realización de la actuación para la que se solicita la subvención
  • Agencias de Desarrollo Local información detallada

    Entidades dedicadas fundamentalmente a las tareas de intermediación y de promoción y apoyo al desarrollo económico.

    Requisitos:
    • Para acreditar el cumplimiento de las obligaciones tributarias | Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias
    • Para acreditar suficiente poder de representación | Tener suficiente poder de representación
    • Para acreditar que la entidad está legalmente constituida o inscrita en el Registro correspondiente | Estar legalmente constituida
    • Para acreditar el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social | Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social
    • Haber sido designadas por los alcaldes y alcaldesas de los municipios participantes para la realización de la actuación para la que se solicita la subvención
  • Sociedad anónima información detallada
    Requisitos:
    • Para acreditar el epígrafe del Impuesto de Actividades Económicas | Estar inscrito en el epígrafe de actividades económicas
    • Para acreditar que las entidades están legalmente constituidas o inscritas en el registro correspondiente | Estar legalmente constituida
    • Para acreditar el cumplimiento de las obligaciones tributarias | Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias
    • Para acreditar suficiente poder de representación | Tener suficiente poder de representación
    • Para acreditar el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social | Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social
    • Que su capital social sea de titularidad pública
    • Que sus socios sean mayoritariamente ayuntamientos
    • Haber sido designadas por los alcaldes y alcaldesas de los municipios participantes para la realización de la actuación para la que se solicita la subvención
  • Sociedad de responsabilidad limitada información detallada
    Requisitos:
    • Para acreditar el epígrafe del Impuesto de Actividades Económicas | Estar inscrito en el epígrafe de actividades económicas
    • Para acreditar que las entidades están legalmente constituidas o inscritas en el registro correspondiente | Estar legalmente constituida
    • Para acreditar el cumplimiento de las obligaciones tributarias | Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias
    • Para acreditar suficiente poder de representación | Tener suficiente poder de representación
    • Para acreditar el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social | Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social
    • Haber sido designadas por los alcaldes y alcaldesas de los municipios participantes para la realización de la actuación para la que se solicita la subvención
    • Que su capital social sea de titularidad pública
  • Requisitos generales

    • Para acreditar la existencia o no de otras fuentes de financiación, en caso de que sean compatibles | Comunicar la solicitud y, en su caso, la obtención de subvenciones, ayudas, ingresos u otros recursos para la misma finalidad, procedentes de cualquier administración o ente (tanto público como privado).

    • Para acreditar la descripción técnica del proyecto presentado | Acreditar características del proyecto presentado

    • Para acreditar el presupuesto del proyecto presentado | Acreditar características del proyecto presentado

    • No estar incurso en cualquier procedimiento de reintegro o sancionador que, habiéndose iniciado en el marco de ayudas o subvenciones de la misma naturaleza concedidas por la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus organismos autónomos, se halle todavía en tramitación.

    • No hallarse la persona o entidad solicitante sancionada administrativa o penalmente con la pérdida de la posibilidad de obtención de ayudas o subvenciones públicas, o incursa en alguna prohibición legal que inhabilite para ello, con expresa referencia a las que se hayan producido por discriminación de sexo de conformidad con lo dispuesto en la Disposición final sexta de la ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres.

    Normativa


    Organismos


    Organismo que convoca

    • Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda / Viceconsejería de Medio Ambiente > Dirección de Medio Natural y Planificación Ambiental

    Organismo que resuelve

    • Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda > Viceconsejería de Medio Ambiente

    Información de contacto


    IHOBE line 900 15 08 64

    Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía

    Solicitud y aportación de documentación


    Resolución y recursos


    Plazo de resolución

    Seis meses desde la fecha de inicio de presentación de solicitudes

    Tipo de concesión de la ayuda

    Concursal

    Efectos del silencio

    Desestimatorios

    Dictada resolución

    Aportación de documentación requerida


    Justificación