ASOCIACION DE CONSUMIDORES Y USUARIOS DE CANNABIS NORTHERN UNION
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Datos de la asociación
Nº Registro:
AS/B/23438/2020
CIF:
G02979433
Fecha de constitución:
14/10/2020
Fecha de inscripción:
14/12/2020
Ámbito de actuación:
C.A. del País Vasco
Utilidad pública:
No
FinesDatos extraídos de los estatutos
- Clasificación: Cultural Específico
- Finalidad: Estudios
- a) Estudio sobre el cáñamo y sus posibles aplicaciones culturales, científicas y terapéuticas. b) Evitar el peligro para la salud de sus socios/as inherentes al mercado ilegal de cannabis mediante actividades encaminadas a la prevención y gestión de los riesgos asociados a su uso. c) Desarrollar actividades encaminadas a la reducción de los riesgos asociados al uso de cannabis. d) facilitar a los socios/as medios, en la medida de lo posible, para poder ejercer los derechos que la ley y la constitución les reconoce y denunciar las arbitrariedades que en su observación puedan cometer las distintas administraciones y poderes públicos o cualquier persona. e) Promover el debate social sobre la situación legal del cannabis y la de sus consumidores/as. f) Hacer valer los derechos de los consumidores/as de cannabis dentro del marco legislativo vigente, así como a solicitar ante las instancias pertinentes los cambios legislativos precisos para la eficaz protección de tales derechos, especialmente en lo referente al consumo y al abastecimiento. g) Preservar y conservar la biodiversidad genética de variedades de cannabis. h) Desarrollar y participar en eventos, el fin de los cuales sea mejorar las cualidades organolépticas de la planta de cannabis. 1) Ofrecer a las personas integrantes formación en prevención de riesgos en el consumo del cannabis, así como la reducción de daños por su consumo. j) El control tanto del consumo por sus integrantes como de la sustancia. k) Informar y facilitar a los usuarios/as acerca del consumo propio. l) Realizar actividades dirigidas a los Integrantes de la asociación tendentes a evitar el consumo abusivo y a facilitar un uso responsable del cannabis. m) Colaborar con la administración sanitaria en aras de un objetivo de protección de la salud y reducción de daños, de acuerdo con lo establecido en el artículo 83 de la Ley Vasca 1/2016 de atención Integral de Adicciones y Drogodependencias y de acuerdo con la Interpretación realizada del mismo articulo por la Sentencia del Tribunal Constitucional de fecha 8/03/2018 que resuelve el recurso de Inconstitucionalidad 231/2017.
Estatutos
Estos son los datos que constan en el Registro a fecha de 27/09/2025
Esta publicación de datos del registro tiene carácter meramente informativo