Procedimiento de inspección y sancion pesquero
Responsable del tratamiento
Dirección de Pesca y Acuicultura, Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente
Donostia-San Sebastián 1, 01010, Vitoria-Gasteiz, Álava
Teléfono: 945018000
Página web: https://euskadi.eus
Delegada de protección de datos
Donostia-San Sebastián 1, 01010, Vitoria-Gasteiz, Álava
Teléfono: 945018680
Página web: https://www.euskadi.eus/proteccion-datos
Finalidad del tratamiento
- Gestión del procedimiento de inspección y sancionador por infracción a la normativa de pesca
Base jurídica
- Tratamiento necesario para el cumplimiento de obligaciones legales aplicables.
- Tratamiento necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento.
- LEY 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
- LEY 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- LEY 6/1998, de 13 de marzo, de pesca marítima.
- LEY 3/2001, de 26 de marzo, de Pesca Marítima del Estado.
Plazo de conservación
Tiempo que es necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación.
Categorías de personas interesadas
- Ciudadanía
- Armadores y personal pesquero
Categorías de destinatarios (Comunicación de datos)
- Ministerio competente en la materia
Categorías de datos personales
- Datos de carácter identificativo
- Datos relativos a infracciones
- Datos de características personales
Transferencias internacionales
No están previstas
Medidas de seguridad
Las medidas de seguridad implantadas se corresponden con las previstas en el Anexo II (Medidas de seguridad) del Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica.