Subvención Proyectos de Investigación en Prevención de Riesgos Laborales 2015

OSALAN - Instituto Vasco de Seguridad y Salud Laborales

RESUMEN
Objeto

Concesión de subvenciones para proyectos de investigación en materia de Prevención de Riesgos Laborales iniciados durante el ejercicio de 2015; incluidas las acciones correspondientes a los proyectos de investigación que se ejecuten en el marco del proyecto europeo SAF€RA en el mismo periodo.

Las áreas de mayor interés son las relacionadas con los  planes de gestión de Osalan, especialmente en los siguientes ámbitos:

  • El ámbito de la siniestralidad laboral: La prevención de los accidentes de trabajo viales producidos in itinere y en misión.
  • Tecnologías preventivas innovadoras en el ámbito de seguridad del trabajo. No se subvencionarán los que estén siendo comercializados ni los que no ofrezcan una mejora demostrable para la seguridad y salud de los trabajadores frente a los ya existentes.
  • Diseño de procedimientos novedosos que propicien la sustitución de agentes químicos peligrosos en el ámbito laboral por otros que no lo sean o lo sean en menor grado.
  • El ámbito de las nuevas tecnologías: Prevención de riesgos en el uso de las nanopartículas.
  • Proyectos de prevención en ergonomía laboral: Trastornos musculoesqueléticos de origen laboral que afectan a las extremidades superiores y/o movimientos repetitivos.
  • Proyectos de prevención en psicosociología laboral: El estrés laboral y/o el “burnout” en las organizaciones.
  • Proyectos que fomenten la calidad en la gestión de prevención de riesgos laborales en la Pyme.
  • Proyectos que fomenten la calidad en la gestión de la prevención de riesgos laborales en el sector primario, sobre todo en pesca, agricultura, ganadería, selvicultura, forestalismo, etc.
  • Proyectos que impulsen la vigilancia de la salud colectiva.
  • Proyectos de investigación en el cáncer relacionado con el trabajo.

No obstante, las solicitudes de subvenciones para proyectos de investigación relacionados con las áreas de interés no implican priorización sobre solicitudes de subvenciones para proyectos de investigación en otras áreas, relacionadas con la prevención de riesgos laborales.

En relación con los proyectos de investigación que se pretendan ejecutar en el marco del proyecto europeo SAF€RA, el tema de la convocatoria 2015 es: "Innovando en Seguridad e Innovaciones Seguras" que incluye como subtemas:

  • Gestión de Riesgos Emergentes
  • Nuevas Tecnologías para Seguridad
Entidades o personas solicitantes
  • Personas físicas información detallada
    Requisitos:
    • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social
    • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias
    • Tener residencia en la Comunidad Autónoma del País Vasco

      Las personas físicas que soliciten subvenciones tienen que estar empadronadas en cualquier municipio de la Comunidad Autónoma del País Vasco con anterioridad al 1 de enero de 2014

  • Empresas información detallada
    Requisitos:
    • Tener suficiente poder de representación

      En las sociedades mercantiles (SA y SL), así como en las cooperativas, asociaciones y fundaciones, el representante legal debe justificar suficiente poder de representación.

    • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias
    • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social
    • Estar legalmente constituida
  • Administraciones públicas
  • Asociaciones información detallada
    Requisitos:
    • Estar legalmente constituida
    • Tener suficiente poder de representación

      En las sociedades mercantiles (SA y SL), así como en las cooperativas, asociaciones y fundaciones, el representante legal debe justificar suficiente poder de representación.

    • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias
    • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social
  • Fundaciones información detallada
    Requisitos:
    • Estar legalmente constituida
    • Tener suficiente poder de representación

      En las sociedades mercantiles (SA y SL), así como en las cooperativas, asociaciones y fundaciones, el representante legal debe justificar suficiente poder de representación.

    • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias
    • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social
  • Universidades con sede en la Comunidad Autónoma de Euskadi información detallada
    Requisitos:
    • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias

      La Administración comprobará de oficio el cumplimiento de este requisito.

    • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social

      La Administración comprobará de oficio el cumplimiento de este requisito.

    • Tener suficiente poder de representación

      En las sociedades mercantiles (SA y SL), así como en las cooperativas, asociaciones y fundaciones, el representante legal debe justificar suficiente poder de representación.

Requisitos y méritos
  • Plazo de ejecución de los Proyectos información detallada

    El plazo máximo para la ejecución de los proyectos de investigación, desarrollo e innovación valorados por Osalan será de un año y para los valorados y aprobados por el Proyecto Europeo SAF€RA será el establecido de acuerdo con las condiciones de su concesión, en cualquier caso no podrá superar los tres años.

    En ambos casos, el plazo comenzará a contar desde el día siguiente de la publicación de la Resolución de adjudicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

  • No estar incurso en cualquier procedimiento de reintegro o sancionador que, habiéndose iniciado en el marco de ayudas o subvenciones de la misma naturaleza concedidas por la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus organismos autónomos, se halle todavía en tramitación. información detallada

    No es necesario aportar documentación para acreditar este requisito.

  • No hallarse la persona o entidad solicitante sancionada administrativa o penalmente con la pérdida de la posibilidad de obtención de ayudas o subvenciones públicas, o incursa en alguna prohibición legal que inhabilite para ello, con expresa referencia a las que se hayan producido por discriminación de sexo de conformidad con lo dispuesto en la Disposición final sexta de la ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres. información detallada

    No es necesario aportar documentación para acreditar este requisito.

  • Concierto Servicio de Prevención Ajeno información detallada

    En relación con la organización preventiva de la entidad, si alguna o todas las especialidades preventivas están concertadas con un servicio de prevención ajeno, deberá adjuntar un certificado del servicio de prevención ajeno indicando las especialidades preventivas concertadas y periodo de validez.

  • Que no ha sido condenada o sancionada por delitos o infracciones administrativas muy graves, contra la seguridad y salud laboral en los cinco últimos años. información detallada

    No es necesario aportar documentación para acreditar este requisito.

  • Comunicar la solicitud y, en su caso, la obtención de subvenciones, ayudas, ingresos u otros recursos para la misma finalidad, procedentes de cualquier administración o ente (tanto público como privado). información detallada

    Marque en la solicitud la correspondiente declaración responsable. En caso de declarar no haber recibido otras ayudas, no es necesario aportar ninguna documentación.

    Si dispone de otras fuentes de financiación o se han solicitado, debe de aportarse el formulario "Otras fuentes de financiación" junto con la solicitud.

Dotación presupuestaria
500.000 euros
Prestación económica

Se destina un total de 500.000 euros, 250.000 euros como crédito de pago para 2015 y 250.000 euros como crédito de compromiso para 2016.

Del total de 500.000 euros de presupuesto, se reservan 100.000 euros para hacer frente al compromiso de cooperación en el proyecto europeo SAF€RA y 400.000 euros para los proyectos de investigación, desarrollo e innovación en materia de prevención de riesgos laborales aprobados por Osalan.

La cuantía podrá verse actualizada en el supuesto de que se aprueben modificaciones presupuestarias de conformidad con la legislación vigente, que se realizarán con carácter previo a la resolución de las solicitudes presentadas. De esta circunstancia se dará publicidad mediante Resolución de la Directora General de Osalan. La subvención máxima por proyecto y año de duración será de 50.000 euros.

La cuantía destinada a subvencionar proyectos de investigación en el marco del programa europeo SAF€RA podrá ser utilizada para subvencionar el resto de proyectos de investigación, si finalizado el plazo para participar en dicho programa no se han presentado solicitudes o finalmente ninguno de los proyectos presentados es aprobado por SAF€RA.

Forma de pago:

Se realizará un pago a cuenta en el momento de la concesión, que ascenderá al 50% del importe de la subvención concedida.

El abono de la cantidad restante de la subvención otorgada se hará efectivo una vez realizada la acción subvencionable en las condiciones y forma establecidas en la Resolución de concesión, previa presentación, a través de https://euskadi.net/misgestiones, en el plazo máximo de 20 días hábiles una vez finalizado el periodo establecido para su ejecución, de la siguiente documentación:

  • Memoria justificativa de las actuaciones llevadas a cabo.
  • Resumen ejecutivo del proyecto
  • Facturas, o documentos de pago que acrediten la efectiva realización del gasto subvencionado correspondientes gastos que figuren en el presupuesto aprobado.
  • Relación de ingresos derivados de matrícula, venta de documentación y demás fuentes de financiación.
Normativa aplicable
BOPV Nº 046 de 9 de marzo de 2015 Normativa de la convocatoria
Organismo que convoca
  • OSALAN - Instituto Vasco de Seguridad y Salud Laborales > Dirección General de OSALAN
Organismo que resuelve
  • OSALAN - Instituto Vasco de Seguridad y Salud Laborales > Dirección General de OSALAN
SOLICITUD Y OTROS TRÁMITES
  • Solicitud y aportación de documentación

    El plazo de presentación de las solicitudes será de un mes a contar desde que la resolución de la convocatoria surta efectos.

    Documentación que debe presentar
Trámites específicos
Debe realizar estos trámites cuando la Administración así se lo solicita.
  • Aceptación de la ayuda

    Si está conforme con la ayuda concedida, puede aceptarla rellenando el formulario. La Administración proseguirá con los trámites necesarios para el pago.

    Documentación que debe presentar
  • Alta o modificación de datos de tercero en el Registro del Departamento de Hacienda y Finanzas del Gobierno Vasco

    Para que la Administración pueda realizar el pago de las ayudas y subvenciones, deberá usted constar en la base de datos de la Oficina de Control Económico del Departamento de Hacienda y Finanzas del Gobierno Vasco.

    Documentación que debe presentar
  • Justificación

    Para justificar que cumple las condiciones impuestas y que consigue los objetivos previstos, deberá presentar la documentación necesaria en los lugares señalados.

    Documentación que debe presentar
  • Comunicación de modificación

    Usted tiene la obligación de comunicar a la entidad concedente la modificación de cualquier circunstancia, tanto objetiva como subjetiva que hubiese sido tenida en cuenta para la concesión de la subvención.

    Nota: En el Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre, apartado 2.e del artículo 50, se establecen las obligaciones de los beneficiarios de subvenciones y ayudas públicas.

    Documentación que debe presentar
Otros trámites
Estos trámites son opcionales. Puede realizarlos por iniciativa propia o cuando la Administración le comunica que tiene esa opción.
  • Subsanación de la documentación

    Si la solicitud no reúne los requisitos establecidos en la norma de la convocatoria, el órgano competente le requerirá que la subsane en el plazo de 10 días. De no hacerlo, la Administración supondrá que ha desistido de su solicitud.

    Usted puede aportar: 

    • Los documentos que le ha requerido la Administración, si se le ha notificado un requerimiento de subsanación.
    • Los documentos que estime necesarios, aunque la Administración no se los haya solicitado.

    Documentación que debe presentar
  • Ampliación de plazo

    El plazo máximo para la ejecución de los proyectos aprobados por Osalan es de un año, a contar desde el día siguiente de la publicación de la Resolución de adjudicación en el Boletin Oficial del País Vasco. En casos excepcionales, y por motivos debidamente justificados y acreditados ante la Comisión de Valoración, cabe la posibilidad de prorrogar el plazo de finalización del proyecto, que en todo caso no podrá superar la fecha de 31 de octubre de 2016. Con la solicitud de ampliación de plazo se debe aportar la documentación que justifique y acredite dicha solicitud.

    Documentación que debe presentar
  • Desistimiento

    Usted tiene derecho a desistir de su solicitud en cualquier momento antes de que se dicte la resolución.

    Aunque desista, seguirá conservando los derechos que le amparan y podrá hacerlos valer en otro procedimiento.

    Más información: Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (artículos 90 y 91)

    Documentación que debe presentar
  • Renuncia

    ¿Cuándo puedo renunciar a la continuación de un procedimiento?

    En cualquier momento una vez que se haya dictado la resolución.

    ¿Qué sucede con mis derechos?

    Si renuncia, pierde los derechos que le amparan en este procedimiento.

    Más información: Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (artículos 90 y 91)

    Documentación que debe presentar
RESOLUCIÓN Y RECURSOS
Plazo de resolución
El plazo máximo para dictar y notificar resolución expresa sobre las solicitudes presentadas al amparo de esta Resolución será de seis meses a contar desde que la misma surta efectos. Transcurrido dicho plazo sin que se haya dictado y notificado resolución expresa, las solicitudes se podrán entender desestimadas a los efectos de lo establecido en el artículo 44 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sin perjuicio de la obligación de la Administración de resolver expresamente.
Tipo de concesión de la ayuda
Concursal
Efectos del silencio
Desestimatorios
Dictada resolución
Resolución de adjudicación BOPV.pdf (PDF , 273.52 KB) [17/08/2015]
Recursos
  • Recurso potestativo de reposición

    El potestativo de reposición es un recurso de carácter administrativo por el que se pide a un órgano administrativo que revise y enmiende un acto dictado por él mismo.

    ¿Contra qué actos se interpone?

    Actos que no pongan fin a la vía administrativa.

    ¿Ante qué órgano se interpone?

    El mismo órgano que dictó el acto recurrido, en esta convocatoria ante la Directora General de Osalan

    ¿Qué plazo tiene usted para interponerlo?

    • 1 mes, si el acto recurrido es expreso.
    • 3 meses, si el acto recurrido es presunto.

    ¿Qué plazo tiene la Administración para resolverlo?

    1 mes.

    Si en ese plazo no se le notifica la resolución, se entiende desestimado el recurso.

    ¿Qué recursos puede usted interponer posteriormente?

    Recurso contencioso-administrativo, por vía judicial.

    Más información: Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (título VII. de la revisión de los actos en vía administrativa)

    Documentación que debe presentar
CONTACTO
Datos de contacto

OSALAN - Instituto Vasco de Seguridad y Salud Laborales

José Antonio Biain Santiago

Teléfono: 944.032.187

E-mail: osalantpr25ba@euskadi.eus

 

Código
0048502