Convocatoria Ayudas Acción Humanitaria 2016 (Línea Financiación Permanente)

[pre-2016]

RESUMEN
Objeto

El objeto de la presente Resolución es convocar, para el ejercicio 2016, las ayudas a acciones humanitarias reguladas por el Decreto 31/ 2008, de 19 de febrero (BOPV nº 41, de 27 de febrero de 2008), por el que se regulan las ayudas a acciones humanitarias con cargo a la cooperación para el desarrollo.

Entidades o personas solicitantes
  • Entidades sin ánimo de lucro información detallada
    Requisitos:
    • Para acreditar suficiente poder de representación | Tener suficiente poder de representación
    • Para acreditar que la entidad está legalmente constituida o inscrita en el registro correspondiente | Estar legalmente constituida
    • Para acreditar la sede central o delegación en la CAPV | Sede Central
    • Para acreditar el cumplimiento de las obligaciones tributarias | Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias
    • Para acreditar el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social | Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social
    • En el caso de que la solicitud la presente un Consorcio de entidades | En caso de Consorcio
    • Para acreditar carecer de ánimo de lucro | Carecer de ánimo de lucro
    • Para acreditar que entre sus finalidades está la realización de acciones orientadas al desarrollo | Finalidad en los estatutos
Requisitos y méritos
  • Para acreditar que se inicia dentro del ejercicio presupuestario | Inicio dentro del ejercicio presupuestario información detallada

    Inicio dentro del ejercicio presupuestario (art.9a).

    Completar la información en la solicitud.

  • Para acreditar que se realiza a través de una entidad local | Realizarse a través de una entidad local información detallada

    Realizarse a través de una entidad local (art. 9b).

    Completar la información en la solicitud.

    Los requisitos que tiene que cumplir la entidad local son:

    - Estar legalmente constituida con, al menos, un año de antelación (art. 10a). Completar la información en la solicitud.

    - No hallarse bajo sanción penal o administrativa (art. 10b). Completar la información en la solicitud.

    - Estar al corriente de en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social (art. 10c). Completar la información en la solicitud.

    - En caso de consorcios: todas las entidades han de cumplir con los requisitos anteriores. Presentarán, además, convenio (art. 11). Completar la información en la solicitud y adjuntar convenio según modelo*.

  • Para acreditar la duración máxima del proyecto | Duración máxima información detallada

    Duración máxima (art.9c):

    i. Línea de emergencia: 6 meses, prorrogables otros 6 meses.

    ii. Línea acciones humanitarias: 12 meses, prorrogables otros 12 meses.

    Completar la información en la solicitud.

  • Para acreditar el límite de la subvención solicitada | Límite Subvención información detallada

    Subvención no superior a 200.000 € (art.9d).

    Completar la información en la solicitud y en el presupuesto según modelo*.

  • Para acreditar los principios humanitarios del proyecto | Observación de los principios humanitarios información detallada

    Observación de los principios humanitarios (art. 9e y art. 12e).

    Completar la información en la propuesta técnica según modelo*.

  • CÓMO ACREDITAR LOS REQUISITOS | CÓMO ACREDITAR LOS REQUISITOS información detallada

    En la pestaña “Solicitud y otros trámites” , tras seleccionar el canal de presentación de la solicitud, en la pestaña ""2.- Documentación que debe presentar", se especifica la información a completar en el formulario de solicitud y documentos a entregar para acreditar los requisitos de la convocatoria. También recoge las novedades en cuanto a la documentación requerida respecto a convocatorias anteriores.

  • Para acreditar la realidad sociocultural | Realidad sociocultural información detallada

    Adecuación a la realidad sociocultural (art. 23g).

    Completar la información en la propuesta técnica según modelo*.

  • Para acreditar capacidades locales | Fortalecimiento de las capacidades locales información detallada

    Fortalecimiento de las capacidades locales (art. 9k).

    Completar la información en la propuesta técnica según modelo*.

  • Para acreditar la coherencia y pertinencia | Coherencia y pertinencia información detallada

    Coherencia y pertinencia: estar orientadas a salvar la vida, aliviar el sufrimiento y proteger los derechos de las personas afectadas por desastres o crisis humanitarias (art. 12a y art. 12b).

    Completar la información en la propuesta técnica según modelo*.

  • Para acreditar en enfoque de género | Enfoque de género información detallada

    Enfoque de género (art.12d).

    Completar la información en la propuesta técnica según modelo*.

  • Para acreditar los proyectos de acción humanitaria | Protección de Derechos Humanos información detallada

    Protección de los Derechos Humanos (art.12f).

    Completar la información en la propuesta técnica según modelo*.

  • Para acreditar el Impacto medioambiental | Medidas para evitar impacto medioambiental información detallada

    Medidas para evitar impacto medioambiental (art. 9l y art.12g).

    Completar la información en la propuesta técnica según modelo*.

     

     

  • Para acreditar los Indicadores cuantitativos-cualitativos | Contiene indicadores cuantitativos-cualitativos información detallada

    Contienen indicadores cuantitativos-cualitativos (art.12c).

    Completar la información en la propuesta técnica según modelo*.

  • Para acreditar los documentos vinculados con los presupuestos | Documentos vinculados con los requisitos presupuestarios información detallada

    Documentos vinculados con los requisitos presupuestarios:

    i. Facturas pro-forma (art.37) y documentos acreditativos de las valorizaciones (art.40).

    ii. Memoria justificativa del personal expatriado (art.34.5).

    iii. Memoria justificativa del uso de recibos (art.38).

    Adjuntar la información en sus anexos correspondientes (Anexo de facturas proforma, valorizaciones; Anexo memoria personal expatriado; Anexo memoria de uso de recibos).

Dotación presupuestaria
1.200.000
SOLICITUD Y OTROS TRÁMITES
Trámites específicos
Debe realizar estos trámites cuando la Administración así se lo solicita.
  • Comunicación de modificación

    Usted tiene la obligación de comunicar a la entidad concedente la modificación de cualquier circunstancia, tanto objetiva como subjetiva que hubiese sido tenida en cuenta para la concesión de la subvención.

    Nota: En el Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre, apartado 2.e del artículo 50, se establecen las obligaciones de los beneficiarios de subvenciones y ayudas públicas.

    Documentación que debe presentar
  • Justificación

    1.– En el plazo de cuatro meses desde la fecha final del proyecto la entidad adjudicataria deberá presentar un informe final. Este consta de dos partes:

    a) La parte narrativa o de ejecución: se trata de un informe descriptivo en el que se indica el cumplimiento de los indicadores sobre resultados y objetivos planteados en la matriz de planificación, así como el impacto del mismo sobre la población.

    b) La parte financiera: en este informe se incluirán los justificantes de los gastos en los que se ha incurrido y las copias de las transferencias realizadas a la entidad local.

    2.– En el informe financiero final deberá justificarse el 100% del total de los costes del proyecto.

    Para justificar que cumple las condiciones impuestas y que consigue los objetivos previstos, deberá presentar la documentación necesaria en los lugares señalados.

    Documentación que debe presentar
  • Aceptación de la ayuda

    Si está conforme con la ayuda concedida, puede aceptarla rellenando el formulario. La Administración proseguirá con los trámites necesarios para el pago.

    Documentación que debe presentar
Otros trámites
Estos trámites son opcionales. Puede realizarlos por iniciativa propia o cuando la Administración le comunica que tiene esa opción.
  • Subsanación de la documentación

    Si la solicitud no reúne los requisitos establecidos en la norma de la convocatoria, el órgano competente le requerirá que la subsane en el plazo de 10 días. De no hacerlo, la Administración supondrá que ha desistido de su solicitud.

    Usted puede aportar: 

    • Los documentos que le ha requerido la Administración, si se le ha notificado un requerimiento de subsanación.
    • Los documentos que estime necesarios, aunque la Administración no se los haya solicitado.

    Documentación que debe presentar
  • Ampliación de plazo

    Puede solicitar la ampliación del plazo para subsanar o aportar la documentación requerida, siempre y cuando no se trate de un procedimiento de concurrencia competitiva.

    Más información: Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (artículo 49)

    Documentación que debe presentar
  • Desistimiento

    Usted tiene derecho a desistir de su solicitud en cualquier momento antes de que se dicte la resolución.

    Aunque desista, seguirá conservando los derechos que le amparan y podrá hacerlos valer en otro procedimiento.

    Más información: Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (artículos 90 y 91)

    Documentación que debe presentar
  • Renuncia

    ¿Cuándo puedo renunciar a la continuación de un procedimiento?

    En cualquier momento una vez que se haya dictado la resolución.

    ¿Qué sucede con mis derechos?

    Si renuncia, pierde los derechos que le amparan en este procedimiento.

    Más información: Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (artículos 90 y 91)

    Documentación que debe presentar
  • Aportación de documentación

    Usted puede aportar los documentos que estime necesarios, aunque la Administración no se los haya solicitado.

    Documentación que debe presentar
  • Ampliar información

    Si la solicitud o comunicación necesita ampliar información, el órgano competente le requerirá que aporte nueva documentación en el plazo de 15 días. De no hacerlo, la Administración continuará con la tramitación de su solicitud o comunicación.

    Usted puede aportar:

    • Los documentos que le ha requerido la Administración, si se le ha notificado una ampliación de documentación.
    • Los documentos que estime necesarios, aunque la Administración no se los haya solicitado.
    Documentación que debe presentar
  • Requerimiento

    Si la solicitud o comunicación necesita ampliar información, el órgano competente le requerirá que la aporte nueva documentación en el plazo de 10 días. De no hacerlo, la Administración continuará con la tramitación de su solicitud o comunicación.

    Usted puede aportar:

    • Los documentos que le ha requerido la Administración, si se le ha notificado un requerimiento de aportación de documentación.
    • Los documentos que estime necesarios, aunque la Administración no se los haya solicitado.
    Documentación que debe presentar
  • Modificación de los datos de notificación y comunicación

    Puede modificar sus datos de notificación y comunicación, el idioma y el canal de tramitación siempre y cuando el expediente esté abierto.

    Documentación que debe presentar
RESOLUCIÓN Y RECURSOS
Plazo de resolución
plazo
Tipo de concesión de la ayuda
No concursal
Efectos del silencio
Desestimatorios
Dictada resolución
Recursos
  • Recurso de alzada

    El recurso de alzada es un recurso de carácter administrativo por el que se pide a un órgano administrativo que revise y enmiende un acto dictado por otro órgano dependiente jerárquicamente.

    ¿Contra qué actos se interpone?

    • Actos que no pongan fin a la vía administrativa.
    • Actos de trámite que deciden directa o indirectamente en el fondo del asunto o impiden la continuación del procedimiento.

    ¿Ante qué órgano se interpone?

    • Ante el mismo órgano que dictó el acto recurrido o su superior jerárquico.

    ¿Qué plazo tiene usted para interponerlo?

    • 1 mes, si el acto recurrido es expreso.
    • 3 meses, si el acto recurrido es presunto.

    ¿Qué plazo tiene la Administración para resolverlo?

    • 3 meses.

    Si en ese plazo la Administración no le notifica la resolución:

    • El recurso se entenderá estimado, si el acto recurrido es presunto.
    • El recurso se entenderá desestimado, si el acto recurrido es expreso.

    ¿Qué recursos puede usted interponer posteriormente?

    • Recurso contencioso-administrativo, por vía judicial.
    • Recurso extraordinario de revisión, excepcionalmente.

    Más información: Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (título VII. de la revisión de los actos en vía administrativa).

    Documentación que debe presentar
  • Recurso potestativo de reposición

    El potestativo de reposición es un recurso de carácter administrativo por el que se pide a un órgano administrativo que revise y enmiende un acto dictado por él mismo.

    ¿Contra qué actos se interpone?

    Actos que pongan fin a la vía administrativa.

    ¿Ante qué órgano se interpone?

    El mismo órgano que dictó el acto recurrido.

    ¿Qué plazo tiene usted para interponerlo?

    • 1 mes, si el acto recurrido es expreso.
    • 3 meses, si el acto recurrido es presunto.

    ¿Qué plazo tiene la Administración para resolverlo?

    1 mes.

    Si en ese plazo no se le notifica la resolución, se entiende desestimado el recurso.

    ¿Qué recursos puede usted interponer posteriormente?

    Recurso contencioso-administrativo, por vía judicial.

    Más información: Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (título VII. de la revisión de los actos en vía administrativa)

    Documentación que debe presentar
CONTACTO
Datos de contacto

Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo.

  Dirección: Navarra, 2, 01007, Vitoria-Gasteiz

  Tfno: 945 018 087

  Fax: 945 019 451 

  E-mail: agencia @elankidetza.eus

  Página Web: www.elankidetza.euskadi.eus

 

 

 

Código
1002002