Programa de incentivos a la movilidad eficiente y sostenible (Programa MOVES). 2019

RESUMEN
Título: 
Programa de incentivos a la movilidad eficiente y sostenible (Programa MOVES). 2019
Objeto: 
Actuación 1. Adquisición de vehículos de energías alternativas. - Vehículos de GLP / Autogás o bifuel. - Vehículos de gas natural (GNC, GNL) o bifuel. - Vehículos eléctricos puros (BEV). - Vehículos híbridos enchufables (PHEV). - Vehículos eléctricos de autonomía extendida (EREV). - Vehículos de pila de combustible o hidrógeno (FCV, FCHV). Actuación 2. Implantación de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos. Actuación 3. Implantación de sistemas de préstamos de bicicletas eléctricas.
Dotación presupuestaria: 
2.120.089,97 Euros
Normativa de la convocatoria: 
  • RESOLUCIÓN de 21 de marzo de 2019 (BOPV N 63/2019)
    RESOLUCIÓN de 21 de marzo de 2019, del Director General del Ente Vasco de la Energía, por la que se procede a la aprobación, convocatoria y publicación de las bases reguladoras del programa de incentivos a la movilidad eficiente y sostenible (Programa MOVES) ¿ Año 2019.
  • RESOLUCIÓN de 12 de abril de 2019 (BOPV N 81/2019)
    RESOLUCIÓN de 12 de abril de 2019, del Director General del Ente Vasco de la Energía, de modificación de la Resolución de 21 de marzo de 2019, por la que se procede a la aprobación, convocatoria y publicación de las bases reguladoras del Programa de incentivos a la movilidad eficiente y sostenible (Programa MOVES).
ORGANISMOS
Entidad convocante: 
EVE - Ente Vasco de la Energía
Órgano convocante: 
EVE - Ente Vasco de la Energía
Entidad resolutora: 
Organismos Autónomos, Entes y Sociedades Públicas
Contacto presencial: 
C/Alameda de Urquijo, 36 - 1º.Edificio Plaza Bizkaia 48011 Bilbao.
Contacto telefónico: 
Teléfono:944 035 600.Fax. 944 035 699
TRAMITACIONES
Lugares de Presentación: 
C/Alameda de Urquijo, 36 - 1º.Edificio Plaza Bizkaia 48011 Bilbao.
VolverC/Alameda de Urquijo, 36 - 1º.Edificio Plaza Bizkaia 48011 Bilbao.
Programa de incentivos a la movilidad eficiente y sostenible (Programa MOVES). 2019
Actuación 1. Adquisición de vehículos de energías alternativas. - Vehículos de GLP / Autogás o bifuel. - Vehículos de gas natural (GNC, GNL) o bifuel. - Vehículos eléctricos puros (BEV). - Vehículos híbridos enchufables (PHEV). - Vehículos eléctricos de autonomía extendida (EREV). - Vehículos de pila de combustible o hidrógeno (FCV, FCHV). Actuación 2. Implantación de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos. Actuación 3. Implantación de sistemas de préstamos de bicicletas eléctricas.
DIRIGIDO A
Colectivo beneficiario: 
Actuaciones 1 y 2: a) Los profesionales autónomos con residencia en la CAPV, en cuyo caso habrán de estar dados de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores. b) Las personas físicas mayores de edad con residencia en la CAPV no incluidas en el apartado anterior. c) Las Comunidades de propietarios de la CAPV. d) Las personas jurídicas, válidamente constituidas en España en el momento de presentar la solicitud de ayuda, y otras entidades, con o sin personalidad jurídica, cuyo Número de Identificación Fiscal (NIF) comience por las letras A, B, C, D, E, F, G, J, N, R o W, y que residan o tengan su domicilio social y fiscal en la CAPV. e) El sector público, que comprende, según el artículo 2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, la Administración General del Estado que realice la actividad objeto de ayuda en la CAPV, la administración de la CAPV, las entidades que integran la administración local y el sector público institucional de la CAPV, integrado por cualesquiera organismos públicos y entidades de derecho público vinculados o dependientes de las administraciones públicas, las entidades de derecho privado vinculadas o dependientes de las administraciones públicas y las universidades públicas de la CAPV. Actuación 3: a) Los profesionales autónomos con residencia en la CAPV, en cuyo caso habrán de estar dados de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores. b) Las personas jurídicas, válidamente constituidas en España en el momento de presentar la solicitud de ayuda, y otras entidades, con o sin personalidad jurídica, cuyo Número de Identificación Fiscal (NIF) comience por las letras A, B, C, D, E, F, G, J, N, R o W, y que residan o tengan su domicilio social y fiscal en la CAPV. c) El sector público que comprende, según el artículo 2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, la Administración General del Estado que realice la actividad objeto de ayuda en la CAPV, la administración de la CAPV, las entidades que integran la administración local y el sector público institucional de la CAPV, integrado por cualesquiera organismos públicos y entidades de derecho público vinculados o dependientes de las administraciones públicas, las entidades de derecho privado vinculadas o dependientes de las administraciones públicas y las universidades públicas de la CAPV.
Será requisito necesario para la calificación de sujeto beneficiario, con carácter previo a la concesión de la ayuda, así como para mantenerse en dicha condición hasta la liquidación de la subvención concedida, el encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, para con la seguridad social y, en su caso, en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
PRESTACIÓN
Dotación: 
2.120.089,97 Euros
TRAMITES
De Solicitud y Aportación de Documentación
El trámite de "Solicitud y aportación de documentación", es el que inicia el procedimiento, para ello la persona interesada debe de presentar el formulario de solicitud correctamente cumplimentado dentro del plazo indicado de presentación de solicitudes
Trámite Solicitud
Trámite Solicitud
Trámite Solicitud
Presencial
Documentación:
  • Ver convocatoria https://www.eve.eus/CMSPages/GetFile.aspx?guid=73d43223-6bfa-4e5f-aad3-1da082add72f
Lugares de Presentación Lugares de Presentación
Electrónico
Aplicaciones:
Solicitud
Información y solicitud


Electrónico
Aplicaciones:


ESTADO CONVOCATORIA
Plazo de presentación:
02/04/2019 - 31/12/2019
Efectos del silencio: 
Desestimatorios
Recurso contra la resolución:
  • Modelo de recurso:  Recurso de Alzada
  • Órgano resolutor: 
  • Plazo de interposición: 1 mes
  • Plazo de resolución: 3 meses
  • Falta de resolución: Efecto desestimatorio
Recurso contra la desestimación por silencio:
  • Modelo de recurso:  Recurso de Alzada
  • Órgano resolutor: 
  • Plazo de interposición: 3 meses
  • Plazo de resolución: 3 meses
  • Falta de resolución: Efecto estimatorio