Ayudas a inversiones en eficiencia energética y en solar térmica en el sector terciario. 2019

RESUMEN
Título: 
Ayudas a inversiones en eficiencia energética y en solar térmica en el sector terciario. 2019
Objeto: 
Por ello, con el objetivo prioritario de promover acciones que persigan el ahorro y la eficiencia energética, así como el uso de energías renovables, específicamente por medio de instalaciones de uso de energía solar térmica, en instalaciones y edificios localizados en el territorio de la Comunidad Autónoma del País Vasco, se publica el presente programa de ayudas a inversiones en eficiencia energética y en solar térmica en el sector terciario.
Dotación presupuestaria: 
2.000.000,00 euros
Normativa de la convocatoria: 
  • RESOLUCIÓN, de 29 de abril de 2019 (BOPV N 88/2019)
    RESOLUCIÓN, de 29 de abril de 2019, del Director General del Ente Vasco de la Energía, por la que se procede a la aprobación, convocatoria y publicación de las bases reguladoras del programa de ayudas a inversiones en eficiencia energética y en solar térmica en el sector terciario Año 2019.
  • RESOLUCIÓN de 17 de junio de 2019 (BOPV N 120/2019)
    RESOLUCIÓN de 17 de junio de 2019, del Director General del Ente Vasco de la Energía, de modificación de la Resolución de 29 de abril de 2019 por la que se procede a la aprobación, convocatoria y publicación de las bases reguladoras del programa de ayudas a inversiones en eficiencia energética y solar térmica en el sector industrial Año 2019 (BOPV de 28-03-2019).
ORGANISMOS
Entidad convocante: 
EVE - Ente Vasco de la Energía
Órgano convocante: 
EVE - Ente Vasco de la Energía
Entidad resolutora: 
Organismos Autónomos, Entes y Sociedades Públicas
Contacto presencial: 
C/Alameda de Urquijo, 36 - 1º.Edificio Plaza Bizkaia 48011 Bilbao.
Contacto telefónico: 
Teléfono:944 035 600.Fax. 944 035 699
TRAMITACIONES
Lugares de Presentación: 
C/Alameda de Urquijo, 36 - 1º.Edificio Plaza Bizkaia 48011 Bilbao.
VolverC/Alameda de Urquijo, 36 - 1º.Edificio Plaza Bizkaia 48011 Bilbao.
Ayudas a inversiones en eficiencia energética y en solar térmica en el sector terciario. 2019
Por ello, con el objetivo prioritario de promover acciones que persigan el ahorro y la eficiencia energética, así como el uso de energías renovables, específicamente por medio de instalaciones de uso de energía solar térmica, en instalaciones y edificios localizados en el territorio de la Comunidad Autónoma del País Vasco, se publica el presente programa de ayudas a inversiones en eficiencia energética y en solar térmica en el sector terciario.
DIRIGIDO A
Colectivo beneficiario: 
a) Todas aquellas personas físicas o jurídicas, de naturaleza privada, y comunidades de propietarios, que lleven a cabo, en el territorio de la CAPV, actuaciones de las previstas en las bases 4.ª y 5.ª de este programa de ayudas. En el supuesto de Comunidades de Propietarios, tratándose de entidades que carecen de personalidad jurídica pero que están en disposición de llevar a cabo proyectos objeto de ayuda bajo este programa de ayudas, éstas deberán cumplir con las obligaciones que les vienen impuestas en tanto en la LGS (artículos 11.3 y 13.2) así como en el artículo 44 del TRLPOHGPV. b) Sociedades mercantiles, cuya titularidad sea íntegramente de uno o varios Ayuntamientos de la CAPV y su objeto social posibilite que lleven a cabo, en el territorio de la CAPV, actuaciones de las previstas en las bases 4.ª y 5.ª de este programa de ayudas. c) Toda persona jurídica que desarrolle su actividad como Empresa de Servicios Energéticos que lleven a cabo en el territorio de la CAPV actuaciones de las previstas en las bases 4.ª y 5.ª de este programa de ayudas, y exclusivamente por cuenta de los potenciales beneficiarios indicados en los apartados precedentes de esta base 2.1.
Será requisito necesario para la calificación de sujeto beneficiario, con carácter previo a la concesión de la ayuda, así como para mantenerse en dicha condición hasta la liquidación de la subvención concedida, el encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, para con la seguridad social y, en su caso, en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
PRESTACIÓN
Dotación: 
2.000.000,00 euros
Límite: 
Las actuaciones llevadas a cabo en el marco de esta convocatoria de ayudas, bien en el ámbito de la eficiencia energética, o bien dentro del sector de la energía solar térmica, tendrán una cuantía total y máxima de ayuda de cincuenta mil (50.000) euros por proyecto; asimismo, la cuantía total y máxima de ayuda por beneficiario será de cien mil (100.000) euros. En ningún caso se superarán los porcentajes establecidos para cada tipo de actuación contemplado en las bases 4.ª y 5.ª de este programa de ayudas. No obstante, cuando el tipo de inversión se tipifique como auditoria energética integral de eficiencia energética o implementación de la ISO 50001, la cuantía total y máxima de ayuda que se podrá recibir por proyecto, en el marco de esta convocatoria de ayuda, será de quince mil (15.000) euros, no pudiendo en ningún caso superarse los porcentajes establecidos para cada tipo de proyecto en el apartado f) de la base 4.ª de este programa de ayudas.
TRAMITES
De Solicitud y Aportación de Documentación
El trámite de "Solicitud y aportación de documentación", es el que inicia el procedimiento, para ello la persona interesada debe de presentar el formulario de solicitud correctamente cumplimentado dentro del plazo indicado de presentación de solicitudes
Trámite Solicitud
Trámite Solicitud
Trámite Solicitud
Presencial
Formularios:
Documentación:
  • Ver bases de la convocatoria
Lugares de Presentación Lugares de Presentación
Electrónico
Aplicaciones:


Electrónico
Aplicaciones:


ESTADO CONVOCATORIA
Plazo de presentación:
14/05/2019 - 31/10/2019
Fecha límite de presentación: 
Finalizará en el momento de producirse el agotamiento del presupuesto destinado.
Efectos del silencio: 
Desestimatorios
Recurso contra la resolución:
  • Modelo de recurso:  Recurso de Alzada
  • Órgano resolutor: 
  • Plazo de interposición: 1 mes
  • Plazo de resolución: 3 meses
  • Falta de resolución: Efecto desestimatorio
Recurso contra la desestimación por silencio:
  • Modelo de recurso:  Recurso de Alzada
  • Órgano resolutor: 
  • Plazo de interposición: 3 meses
  • Plazo de resolución: 3 meses
  • Falta de resolución: Efecto estimatorio