Creación de Empresas Innovadoras (Segunda convocatoria). Bizkaia 2019

RESUMEN
Título: 
Creación de Empresas Innovadoras (Segunda convocatoria). Bizkaia 2019
Objeto: 
Facilitar la puesta en marcha de nuevos proyectos empresariales innovadores, que aporten al tejido empresarial de Bizkaia actividades de diversificación y de nuevas tecnologías, con alto valor añadido y potencial de crecimiento. Facilitar el acceso de las personas emprendedoras a la información y las ayudas relacionadas con la puesta en marcha de una nueva empresa, canalizando toda la información sobre ayudas, apoyo y acompañamiento necesario para ello. Impulsar el intraemprendimiento a través de procesos estructurados que permitan a las empresas extender sus capacidades mediante la creación de nuevas unidades de negocio, fomentando el talento emprendedor de las personas que conforman la organización Acelerar el crecimiento de las empresas en términos de generación de actividad económica mediante el apoyo a proyectos de alto potencial de crecimiento adaptado a sus necesidades concretas. Desarrollar actuaciones que incidan sobre el contexto social, cultural, económico y del conocimiento, así como sensibilizar en el ámbito académico y en el tecnológico, buscando incrementar la creación de nuevas empresas. Fomentar la colaboración con los diferentes agentes del sistema de apoyo a la actividad emprendedora y del sistema de innovación y ciencia como elementos motores de nuevas ideas y proyectos susceptibles de convertirse en nuevas empresas innovadoras.
Dotación presupuestaria: 
1.429.692,00 euros
Normativa de la convocatoria: 
  • Decreto Foral de la Diputación Foral de Bizkaia 190/2018 (BOB N 8/2019)
    Decreto Foral de la Diputación Foral de Bizkaia 190/2018, de 26 diciembre, por el que se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria para el año 2019 del Programa de Creación de Empresas Innovadoras.
  • ORDEN FORAL 9179/2019, de 3 de mayo (BOB N 91/2019)
    ORDEN FORAL 9179/2019, de 3 de mayo, del diputado foral de Desarrollo Económico y Territorial, por la que se establece una segunda convocatoria de ayudas, para el año 2019, del programa de creación de empresas innovadoras.
ORGANISMOS
Entidad convocante: 
Departamento de Desarrollo Económico y Territorial
Órgano convocante: 
Departamento de Desarrollo Económico y Territorial
Entidad resolutora: 
Diputación Foral Bizkaia
Contacto presencial: 
C/Obispo Orueta 6. 48009 Bilbao
Contacto telefónico: 
Teléfono: 944 068 000
TRAMITACIONES
Lugares de Presentación: 
C/Obispo Orueta 6. 48009 Bilbao
VolverC/Obispo Orueta 6. 48009 Bilbao
Creación de Empresas Innovadoras (Segunda convocatoria). Bizkaia 2019
Facilitar la puesta en marcha de nuevos proyectos empresariales innovadores, que aporten al tejido empresarial de Bizkaia actividades de diversificación y de nuevas tecnologías, con alto valor añadido y potencial de crecimiento. Facilitar el acceso de las personas emprendedoras a la información y las ayudas relacionadas con la puesta en marcha de una nueva empresa, canalizando toda la información sobre ayudas, apoyo y acompañamiento necesario para ello. Impulsar el intraemprendimiento a través de procesos estructurados que permitan a las empresas extender sus capacidades mediante la creación de nuevas unidades de negocio, fomentando el talento emprendedor de las personas que conforman la organización Acelerar el crecimiento de las empresas en términos de generación de actividad económica mediante el apoyo a proyectos de alto potencial de crecimiento adaptado a sus necesidades concretas. Desarrollar actuaciones que incidan sobre el contexto social, cultural, económico y del conocimiento, así como sensibilizar en el ámbito académico y en el tecnológico, buscando incrementar la creación de nuevas empresas. Fomentar la colaboración con los diferentes agentes del sistema de apoyo a la actividad emprendedora y del sistema de innovación y ciencia como elementos motores de nuevas ideas y proyectos susceptibles de convertirse en nuevas empresas innovadoras.
DIRIGIDO A
Colectivo beneficiario: 
Podrán acceder a la subvención de los gastos del área 1 (desarrollo de proyectos empresariales innovadores): Personas físicas de Bizkaia promotoras de nuevas empresas innovadoras. Nuevas empresas innovadoras de Bizkaia, sin alta en IAE o con primera fecha de alta igual o posterior al 1 de enero de 2017. Empresas existentes de Bizkaia, con al menos 7 puestos de trabajo a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, promotoras de nuevas empresas innovadoras. Empresas existentes de Bizkaia, con al menos 7 puestos de trabajo a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, promotoras de nuevas unidades de negocio, resultado de proyectos de intraemprendimiento diseñados conjuntamente con Beaz, SAU. Podrán acceder a la subvención de los gastos del área 2 (nuevas empresas innovadoras): Nuevas empresas innovadoras de Bizkaia, con primera fecha de alta en el IAE igual o posterior al 1 de enero de 2017, que tengan al menos 2 puestos de trabajo a jornada completa equivalente a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
a) Estar empadronada o tener su domicilio social, fiscal y un centro de producción en el Territorio Histórico de Bizkaia. b) En el caso de ser necesario un determinado número de empleos para cumplir la condición de entidad beneficiaria, deberá tener al menos 2 empleos a jornada completa equivalente adscritas al centro de producción de Bizkaia y que desarrollen su trabajo en Bizkaia. Se considerará perteneciente a la plantilla, además de las personas contratadas, el personal autónomo adscrito a la actividad de la empresa que, por su condición, no pueda estar dado de alta en el Régimen General de la Seguridad Social. En este sentido, para ser considerado personal autónomo adscrito a la actividad de la empresa, se deberá disponer de nómina o de recibo de autónomos pagado por la empresa. c) En el caso de empresas, estar constituidas como sociedad mercantil o cooperativa. d) Encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias, frente a la Seguridad Social y por reintegro de subvenciones. e) No haber sido sancionada, administrativa o penalmente, por incurrir en discriminación por razón de sexo. f) No estar incursa en ninguna de las circunstancias que establece el artículo 12 de la Norma Foral 5/2005, de 31 de mayo.
PRESTACIÓN
Dotación: 
1.429.692,00 euros
TRAMITES
De Solicitud y Aportación de Documentación
El trámite de "Solicitud y aportación de documentación", es el que inicia el procedimiento, para ello la persona interesada debe de presentar el formulario de solicitud correctamente cumplimentado dentro del plazo indicado de presentación de solicitudes
Trámite Solicitud
Trámite Solicitud
Trámite Solicitud
Electrónico
Aplicaciones:


Electrónico
Aplicaciones:


ESTADO CONVOCATORIA
Plazo de presentación:
17/06/2019 - 13/09/2019
Plazo de resolución: 
El plazo máximo para la resolución de las solicitudes formuladas será de seis (6) meses desde la fecha de finalización del plazo de entrega de solicitudes.
Efectos del silencio: 
Desestimatorios
Recurso contra la resolución:
  • Modelo de recurso:  Recurso de Alzada
  • Órgano resolutor: 
  • Plazo de interposición: 1 mes
  • Plazo de resolución: 3 meses
  • Falta de resolución: Efecto desestimatorio
Recurso contra la desestimación por silencio:
  • Modelo de recurso:  Recurso de Alzada
  • Órgano resolutor: 
  • Plazo de interposición: 3 meses
  • Plazo de resolución: 3 meses
  • Falta de resolución: Efecto estimatorio