Ayudas económicas al comercio. Basauri 2019

RESUMEN
Título: 
Ayudas económicas al comercio. Basauri 2019
Objeto: 
Es objeto de las presentes bases, la regulación de la convocatoria en régimen de concesión directa, de las ayudas económicas que el Ayuntamiento de Basauri otorga con el fin de colaborar en la reforma y mejora de la competitividad de los comercios minoristas del municipio.
Dotación presupuestaria: 
30.000,00 euros
Normativa de la convocatoria: 
  • Convocatoria 2019 (BOB N 33/2019)
    Extracto del Decreto 502/2019, de 4 de febrero de 2019, de la Alcaldía por el que se convoca las ayudas económicas al comercio 2019, del Área de Promoción económica, Departamento de Comercio del Ayuntamiento de Basauri.
Normativa reguladora: 
  • Bases reguladoras (BOB N 20/2019)
    Aprobación de las Bases reguladoras para la concesión de ayudas al comercio 2019.
ORGANISMOS
Entidad convocante: 
Ayuntamiento de Basauri
Órgano convocante: 
Ayuntamiento de Basauri
Entidad resolutora: 
Administración Local (ayuntamientos)
Contacto presencial: 
Kareaga Goikoa 52. Basauri
Contacto telefónico: 
94 466 63 00
TRAMITACIONES
Lugares de Presentación: 
Kareaga Goikoa 52. Basauri
VolverKareaga Goikoa 52. Basauri
Ayudas económicas al comercio. Basauri 2019
Es objeto de las presentes bases, la regulación de la convocatoria en régimen de concesión directa, de las ayudas económicas que el Ayuntamiento de Basauri otorga con el fin de colaborar en la reforma y mejora de la competitividad de los comercios minoristas del municipio.
DIRIGIDO A
Colectivo beneficiario: 
Las personas físicas o jurídicas o comunidades de bienes que acometan la reforma o modernización de establecimientos comerciales a partir del 1 de enero de 2019, o aquellos que durante el año 2018 su solicitud de ayudas no hubiera sido atendida, por falta de consignación presupuestaria, pero siempre y cuando a la solicitud se le hubiera acompañado en plazo la totalidad de la documentación requerida en estas bases.
PRESTACIÓN
Dotación: 
30.000,00 euros
Límite: 
El Ayuntamiento de Basauri cofinanciará el 40% de los gastos y/o inversiones hasta un máximo de 1.000,00 euros por solicitud con carácter general
TRAMITES
De Solicitud y Aportación de Documentación
El trámite de "Solicitud y aportación de documentación", es el que inicia el procedimiento, para ello la persona interesada debe de presentar el formulario de solicitud correctamente cumplimentado dentro del plazo indicado de presentación de solicitudes
Trámite Solicitud
Trámite Solicitud
Trámite Solicitud
Presencial
Formularios:
Formulario
Documentación:
  • a) Una pequeña memoria descriptiva de las de las inversiones, reformas o adquisiciones llevada a cabo. b) Declaración jurada relativa al cumplimiento de los requisitos que definen a la pequeña empresas, tal y como se contempla en el artículo 3 de estas bases. A este respecto, cumplimentarán el documento que se contiene como Anexo II de las Bases. c) Certificado original expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social, acreditativo de encontrarse al corriente de pago de las cuotas derivadas del Régimen General y/o del Régimen Especial de Trabajadores Autónomas de la Seguridad Social. d) Certificados originales expedidos por todas las Administraciones públicas con las que la empresa tenga obligaciones de carácter tributario, en el que se acredite que la misma está al corriente de dichas obligaciones, e) Fotocopia del documento que acredite la representación que ostenta la persona solicitante, en el caso de Sociedades, así como Fotocopia del CIF de la Sociedad y del DNI o permiso de trabajo de la persona física. f) Ficha de tercero, en la que se harán constar todos los datos bancarios del comercio o empresa solicitante. Esta ficha deberá presentarse sellada por la entidad financiera en la que esté la cuenta de la empresa. g) Declaración, según Anexo III, de otras solicitudes de financiación que haya realizado o tenga intención de realizar la empresa para sufragar los costes de los conceptos considerados como subvencionables en estas bases. h) Declaración responsable de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones recogidas en el artículo 10 de la ordenanza municipal reguladora de la concesión de subvenciones, según Anexo IV. i) Original y copias de las facturas y justificantes de pagos acreditativos de los gastos incurridos que sean subvencionables y realmente satisfechos. j) Licencia de obras y justificante del abono de la tasa para aquéllas que realicen obras de acondicionamiento.
Lugares de Presentación Lugares de Presentación
ESTADO CONVOCATORIA
Plazo de presentación:
16/02/2019 - 31/12/2019
Efectos del silencio: 
Desestimatorios
Recurso contra la resolución:
  • Modelo de recurso:  Recurso de Alzada
  • Órgano resolutor: 
  • Plazo de interposición: 1 mes
  • Plazo de resolución: 3 meses
  • Falta de resolución: Efecto desestimatorio
Recurso contra la desestimación por silencio:
  • Modelo de recurso:  Recurso de Alzada
  • Órgano resolutor: 
  • Plazo de interposición: 3 meses
  • Plazo de resolución: 3 meses
  • Falta de resolución: Efecto estimatorio